Ymbentario 
 y aprecio 
 de los generos 
 de la tienda 
 En la villa de Puerto Real, en el dia veinte y 
 cinco del mes de noviembre de mil 
 setecientos setenta y siete años, dn Pedro Pas
qual de Armenta, teniente de alguacil 
 mayor por su magd de ella, en uso de 
 la sumision que le está conferida, acompañado de dn Blas Lozano de Ayllon, padre 
 general de menores de esta dha villa, de Ma
nuel de Yglesias Calderon y Juan de Honto
ria de su vecindario y de mi el esno de su magd, 
 se dirigió a las casas de la morada de Maria 
 Maestre, viuda de Joseph Gener para proce
der a la practica del inventario de los biens 
 que quedaron por su fallecimiento; y estando 
 en ellas se principiò a formalizar por lo 
 respectivo a los generos comestibles que exis
tian en la pieza que sirve de tienda, a cuyo 
 fin se reconocieron estos por los dhos Ma
nuel de Yglesias Calderon y Juan de 
 Hontoria, ynteligentes elegidos al intento; 
 y en su consequencia se inventariaron y 
 apreciaron los generos sigtes:
         
         
            
 Primeramente, noventa y seis pares de 
 lozas de Medina, a cinco quartos cada par, 
 que ymportan cinquenta y siete reales 
 de vellon.
            
 Ytem cinco basos y medio de al
carrazas, veinte y siete rr de von. 
            
 Ytem un millar de pimientos 
 secos.
            
            
 
            
 
            
 Ytem seis docenas de cenachos de 
 palma, doze reales.
            
 Ytem tres docenas de esportillas, 
 tres reales.
            
 Ytem doze docenas de escobas chi
cas y grandes, treinta reales.
            
 Yt ocho libras de pajuelas, vein
te reales.
            
 Yt cinco libras de belas de cebo, 
 catorze reales.
            
 Yt ocho cuchillos flamencos, ocho rs.
            
 Yt quatro docenas de cucharas 
 y cucharones, quatro reales.
            
 Yt ocho trompos, tres reales.
            
 Ytem veinte y siete papeles de 
 polvillo, a media libra cada 
 uno, veinte reales.
            
 Ytem media arroba de vacallado 
 seco, quince reales.
            
 Yt media libra y dos onzas 
 de algodon, cinco reales.
            
 Ytem una porcion de alfileres 
 y sancas, veinte y nueve reales.
            
 Ytem ocho mazos de plumas 
 para escribir, siete reales.
            
 Ytem otra porcion de ormillas, 
 ocho reales.
            
 Yt quince libras de cinta encarnada 
            
 
            
 reales cada 
            
 y ocho reales.
            
 Yt diez y ocho libras de hilos de 
 distintos colores, doscientos ve
inte y siete reales.
            
 Yt dos libras de seda de distin
tas colores, doscientos reales.
            
 Yt treinta y nueve piezas y reta
zos de cintas de seda de diferen
tes colores, doscientos setenta y 
 quatro reales.
            
 Ytem cinco piezas de cinta de 
 capullo, veinte y ocho reales.
            
 Yt libra y media de cinta blanca 
 de hilo, diez y nueve reales.
            
 Yt fanega y quartilla de abe
llanas, ochenta y siete reales.
            
 Yt vn poco de oregano, un real.
            
 Yt vnos pocos de chicharos, dos rs.
            
 Yt vna fanega de harina, cin
quenta y dos reales.
            
 Ytem dos fanegas de la de mais, 
 sesenta reales.
            
 Ytem quintal y medio de arroz, 
 ciento y seis reales.
            
 Yt vna fanega de lentejas, se
tenta y dos reales.
            
            
 Ytem vna poca de mostaza, dos 
 reales.
            
 Ytem tres fanegas de garbanzos, 
 ciento y ochenta reales.
            
 Yt fanega y media de frijones 
 de Rota, ciento y doze rr y medio.
            
 Yt vna arroba de fideos, vein
te y tres reales.
            
 Yt tres quartillas de garban
zos, cinquenta y seis reales.
            
 Yt vna quartilla de habas co
chineras, siete reales.
            
 Yt fanega y media de habas 
 tarragonas, sesenta y seis rs.
            
 Ytem tres quartas de arroba 
 de azucar blanca, quarenta 
 y dos reales.
            
 Ytem, las mismas de tercia
da, treinta y quatro reales. 
            
 Ytem diez y nueve libras de 
 chocolate, setenta y seis rs.
            
 Ytem ochenta libras de mante
ca de Flandes, doscientos y ochen
ta reales.
            
            
 Ytem veinte de puerco, cien rs.
            
 Yt libra y quarta de clavos de 
 comer, quarenta reales.
            
 Dos libras de pimienta, catorze rs.
            
 Yt dos librs de canela, doze reales.
            
 Yt cinco onzas de azafran, 
 quince rs.
            
 Ytem quatro medios de culantro, 
 ocho reales.
            
 Ytem vna libra de cominos, tres 
 reales.
            
 Ytem vnos pocos de alfileres, 
 tres reales.
            
 Ytem tres fanegs de azeituna, 
 sesenta reales.
            
 Ytem doscientas sesenta arrobs 
 de carbon, novecientos y diez 
 rs de vn.
            
 Ytem seis arrobas de vinagre, 
 quarenta y ocho reales.
            
 Ytem una pipa catalana vacia, 
 cinquenta rs.
            
 Ytem hilo de cartas, seis ar
robas, seiscientos reales.
            
            
 
            
 
            
 Ytem doze ristras de ajos, vein
te reales.
            
 Ytem media arroba de caña
mo, treinta reales.
            
 Ytem vnos pocos de cordones 
 de muger, doze rs.
            
 Yt vna y media resmas de 
 papel cortado, quarenta rs.
            
 Yt del comun, una resma, 
 veinte.
            
 Yt resma y media de papel 
 de estraza, treze rs.
            
 Ytem vn peso de cruz con 
 sus corresptes pezas, ciento 
 y veinte rs.
            
 Yt vn belon de metal, diez rs.
            
 Yt del armazon y cacillero 
 de la tienda, trescientos rs.
            
 Yt un pecito para seda, quin
ce reales.
            
            
            
 Cuyos bienes y efectos men
cionados son los mismos de que se 
 componia la citada tienda, y las par
tidas de sus aprecios ymportan cin
co mil trescientos sesenta y tres rs 
 y medio de vellon, salvo yerro de  pluma  
 ynteligentes  
 bien y fielmente segun  
 entender sin fraude ni  
 en cargo del juramento  
 aceptaciones interpusieron que lo 
 de nuevo. Lo firman con el comisio
nado y el padre genl de menores, ex
presando ser dhos ynteligentes de mas 
 de cinquenta años de edad, doy fe.
        
         
           
 Pedro Pasqual de Armenta Blas Lozano Ayllon
           
 Juan de Ontoria
           
 Manuel de Yglesias
           
 Yldefonso Gomez 
 
        
         
            Ynventario 
 de los bienes 
 muebles Yncontinenti, estando en las referidas casas 
 dho comisionado con la prevenida asistencia, 
 inventarió los bienes siguientes:
         
         
            
 Primeramte, una escopeta larga; vna caldera; 
 vn almirez de metal; vna cama de bancos y 
 tablas; vna copa de cobre; vna capa de pa
ño; vn capote de verano; vn par de evillas 
 de pies y otro de charreteras; dos pares de 
 calzones de tripe; otro idem de terciopelo; 
 vna chupa de tripe; otra de perdurable; 
 vn justillo de la falla; otro de bretaña; 
 cinco camisas; tres calzones blancos; dos 
 pares de medias viejas; otro de seda;  
 otro de estambre; vnos zapatos; y en 
 dinero mil doscientos sesenta reales de ve
llon. Cuyos bienes existian en las ante
dichas casas, que fueron inventariados co
mo corresponde. Y para que conste se pone 
 por diligencia que firma el comisiona
do con el padre general de menores, doy 
 fe.
         
         
            
 Blas Lozano de Ayllon
            
 Armenta
            
 Yldefonso Gomez