CA1777I0313

Inventario del género de la tienda quedado por la muerte de José Gener

Fecha1777
LocalidadEspaña, Cádiz, Puerto Real
ProyectoALEA XVIII: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XVIII. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P18-FR-695, 2020-2022
ArchivoArchivo Municipal de Puerto Real
ID del manuscritoAMPR 2057-0

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Ymbentario y aprecio de los generos de la tienda En la villa de Puerto Real, en el dia veinte y cinco del mes de noviembre de mil setecientos setenta y siete años, dn Pedro Pasqual de Armenta, teniente de alguacil mayor por su magd de ella, en uso de la sumision que le está conferida, acompañado de dn Blas Lozano de Ayllon, padre general de menores de esta dha villa, de Manuel de Yglesias Calderon y Juan de Hontoria de su vecindario y de mi el esno de su magd, se dirigió a las casas de la morada de Maria Maestre, viuda de Joseph Gener para proceder a la practica del inventario de los biens que quedaron por su fallecimiento; y estando en ellas se principiò a formalizar por lo respectivo a los generos comestibles que existian en la pieza que sirve de tienda, a cuyo fin se reconocieron estos por los dhos Manuel de Yglesias Calderon y Juan de Hontoria, ynteligentes elegidos al intento; y en su consequencia se inventariaron y apreciaron los generos sigtes:

Primeramente, noventa y seis pares de lozas de Medina, a cinco quartos cada par, que ymportan cinquenta y siete reales de vellon. Ytem cinco basos y medio de alcarrazas, veinte y siete rr de von. Ytem un millar de pimientos secos. Ytem seis docenas de cenachos de palma, doze reales. Ytem tres docenas de esportillas, tres reales. Ytem doze docenas de escobas chicas y grandes, treinta reales. Yt ocho libras de pajuelas, veinte reales. Yt cinco libras de belas de cebo, catorze reales. Yt ocho cuchillos flamencos, ocho rs. Yt quatro docenas de cucharas y cucharones, quatro reales. Yt ocho trompos, tres reales. Ytem veinte y siete papeles de polvillo, a media libra cada uno, veinte reales. Ytem media arroba de vacallado seco, quince reales. Yt media libra y dos onzas de algodon, cinco reales. Ytem una porcion de alfileres y sancas, veinte y nueve reales. Ytem ocho mazos de plumas para escribir, siete reales. Ytem otra porcion de ormillas, ocho reales. Yt quince libras de cinta encarnada reales cada y ocho reales. Yt diez y ocho libras de hilos de distintos colores, doscientos veinte y siete reales. Yt dos libras de seda de distintas colores, doscientos reales. Yt treinta y nueve piezas y retazos de cintas de seda de diferentes colores, doscientos setenta y quatro reales. Ytem cinco piezas de cinta de capullo, veinte y ocho reales. Yt libra y media de cinta blanca de hilo, diez y nueve reales. Yt fanega y quartilla de abellanas, ochenta y siete reales. Yt vn poco de oregano, un real. Yt vnos pocos de chicharos, dos rs. Yt vna fanega de harina, cinquenta y dos reales. Ytem dos fanegas de la de mais, sesenta reales. Ytem quintal y medio de arroz, ciento y seis reales. Yt vna fanega de lentejas, setenta y dos reales. Ytem vna poca de mostaza, dos reales. Ytem tres fanegas de garbanzos, ciento y ochenta reales. Yt fanega y media de frijones de Rota, ciento y doze rr y medio. Yt vna arroba de fideos, veinte y tres reales. Yt tres quartillas de garbanzos, cinquenta y seis reales. Yt vna quartilla de habas cochineras, siete reales. Yt fanega y media de habas tarragonas, sesenta y seis rs. Ytem tres quartas de arroba de azucar blanca, quarenta y dos reales. Ytem, las mismas de terciada, treinta y quatro reales. Ytem diez y nueve libras de chocolate, setenta y seis rs. Ytem ochenta libras de manteca de Flandes, doscientos y ochenta reales. Ytem veinte de puerco, cien rs. Yt libra y quarta de clavos de comer, quarenta reales. Dos libras de pimienta, catorze rs. Yt dos librs de canela, doze reales. Yt cinco onzas de azafran, quince rs. Ytem quatro medios de culantro, ocho reales. Ytem vna libra de cominos, tres reales. Ytem vnos pocos de alfileres, tres reales. Ytem tres fanegs de azeituna, sesenta reales. Ytem doscientas sesenta arrobs de carbon, novecientos y diez rs de vn. Ytem seis arrobas de vinagre, quarenta y ocho reales. Ytem una pipa catalana vacia, cinquenta rs. Ytem hilo de cartas, seis arrobas, seiscientos reales. Ytem doze ristras de ajos, veinte reales. Ytem media arroba de cañamo, treinta reales. Ytem vnos pocos de cordones de muger, doze rs. Yt vna y media resmas de papel cortado, quarenta rs. Yt del comun, una resma, veinte. Yt resma y media de papel de estraza, treze rs. Ytem vn peso de cruz con sus corresptes pezas, ciento y veinte rs. Yt vn belon de metal, diez rs. Yt del armazon y cacillero de la tienda, trescientos rs. Yt un pecito para seda, quince reales.

Cuyos bienes y efectos mencionados son los mismos de que se componia la citada tienda, y las partidas de sus aprecios ymportan cinco mil trescientos sesenta y tres rs y medio de vellon, salvo yerro de pluma ynteligentes bien y fielmente segun entender sin fraude ni en cargo del juramento aceptaciones interpusieron que lo de nuevo. Lo firman con el comisionado y el padre genl de menores, expresando ser dhos ynteligentes de mas de cinquenta años de edad, doy fe.

Pedro Pasqual de Armenta Blas Lozano Ayllon Juan de Ontoria Manuel de Yglesias Yldefonso Gomez

Ynventario de los bienes muebles Yncontinenti, estando en las referidas casas dho comisionado con la prevenida asistencia, inventarió los bienes siguientes:

Primeramte, una escopeta larga; vna caldera; vn almirez de metal; vna cama de bancos y tablas; vna copa de cobre; vna capa de paño; vn capote de verano; vn par de evillas de pies y otro de charreteras; dos pares de calzones de tripe; otro idem de terciopelo; vna chupa de tripe; otra de perdurable; vn justillo de la falla; otro de bretaña; cinco camisas; tres calzones blancos; dos pares de medias viejas; otro de seda; otro de estambre; vnos zapatos; y en dinero mil doscientos sesenta reales de vellon. Cuyos bienes existian en las antedichas casas, que fueron inventariados como corresponde. Y para que conste se pone por diligencia que firma el comisionado con el padre general de menores, doy fe.

Blas Lozano de Ayllon Armenta Yldefonso Gomez


Leyenda:

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