VA1815C4008

Declaración del médico Félix Martínez y del boticario Tiburcio Luis de Luis por unas recetas en las que la medicación se excedía según las prescripciones de la Farmacopea Española

Fecha1815
LocalidadEspaña, Valladolid, Valladolid
ProyectoHISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833
FinanciaciónMINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021
ArchivoArchivo de la Real Chancillería de Valladolid
ID del manuscritoARCHV PCR 1422/0001

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Declaración de don Félix Martínez, médico y don Tiburcio Luis de Luis, boticario En la ciudad de Valladolid a diez de febrero de mil ochocientos diez y seis, ante su señoría, comparecieron el doctor don Félix Martínez, médico en esta ciudad y don Tiburcio Luis de Luis, boticario en ella de quienes por ante el escribano, recibió juramento que hicieron según derecho, bajo del cual prometieron decir verdad según su respectivo saber y entender: dijeron que en obedecimiento del auto de la sala por el que se nos manda reconocer las recetas a don Juan de Santa María y Ceferino Angulo, médico y cirujano respectivamente de san Vicente de la Sonsierra, después de haberla revisado una por una, para examinar si están bien arregladas o si exceden de las dosis prescritas por la Farmacopea Española, mandada observar en todo el reino de orden de su majestad a fin de evitar los perjuicios que en la salud pública pueden causar la equivocación o ignorancia de los profesores del arte de curar, debemos decir que las quince recetas del médico Santa María insertas en los autos están por la mayor parte escritas contra todas las reglas de la facultad con dosis tan exorbitantes en algunas que si se hubiesen despachado por el boticario del modo que se pidieron, hubieran producido funestas consecuencias en los infelices pacientes que hubiesen tenido la desgracia de tomarlas. Sirva de ejemplo la del número seis en la cual se advierte que para cinco onzas de emulsión común u horchata que es lo mismo, hecha dos onzas de jarabe de meconio que contienen cuatro granos de opio. Esta dosis es temeraria si la tomara el enfermo de una vez como es de presumir, ¿pues qué menos se le había dar que cinco onzas de horchata? Y aunque se diga que se añadían dos onzas de jarabe de altea y dos del meconio, compone el todo nueve onzas poco más de medio cuartillo que regularmente se toma de una vez, si el citado médico replicase que fue para más veces o para uno que estaba habituado a tomar opio, ¿por qué no lo expresa según debe en la receta para quitar el recelo bien fundado del farmacéutico ? Pero todavía es más temeraria y excesiva la fórmula de la receta número cuatro. Aquí para seis onzas de agua de melisa o toronjil en cada tres onzas de jarabe de meconio, esto es seis granos de extracto de opio, se puede conjeturar que sería para dos veces aunque no lo señala como debía en la receta al cabo eran tres granos de opio para cada dosis que ninguno lo puede soportar impunemente. En la receta número ocho hay dos libras de agua de canela que cuando más se puede dar de una dracma hasta media onza. La libra medicinal tiene doce onzas por consiguiente las dos con veinte y cuatro, la dosis es una dracma y aunque sean dos hya para noventa y seis dosis bastantes no solo para el pueblo de su Vicente sino para todos los lugares de la comarca. Es de notar que aunque se llama agua impropiamente es un verdadero espíritu de canela y por eso se da en corta dosis que su precio según tarifa es de treinta reales por cada libra y no recentándose por más por libras, el agua o espíritu de canela se conoce que el intento era de empobrecer o sonrojar al boticario que si no despachaba toda la cantidad de la receta (lo que era imposible si daba el médico en pedirla a libras) diría después que estaba mal surtida la botica no habiendo en ella lo que se pedía: se puede asegurar que en Valladolid apenas habrá boticario que para el despacho de su oficina tenga en todo el año más de dos o tres libras de agua de canela. La dracma de acido sulfúrico o aceite de vitriolo que Santa María manda añadir a las dos libras de agua de canela es excesiva y jamás se dispone así. En la receta número doce: para seis onzas de agua de anís manda mezclar una onza de alcohol o espíritu de succino con otra de jarabe de hierbabuena: Es enorme la dosis de la onza de espíritu succino. La farmacopea citada la limita de doce gotas hasta treinta y seis, esto es de medio escrúpulo (dosis) a media dracma, la onza tiene ocho dracmas. La dracma tres escrúpulos con que dando la dosis regular la onza de alcohol de succino bastaba para cuarenta y ocho dosis. ¿En cuántas veces mandaría aquel médico dar las seis onzas de agua de anís que con el espíritu y el jarabe componían ocho onzas? ¿Es creíble fuese para tomar en cuarenta y ocho veces? Repetimos que no espresandolo en la receta, el boticario hizo muy bien en no despacharla como se pedía sino una dracma en lugar de la onza. El agua carmelitana que como la de canela también es espirituosa, la pide el médico mencionado a libras según se ve en la del número primero, esta agua cuesta treinta reales libra y se da en menos dosis que la de canela pues es de un escrúpulo a una dracma y por ende se conoce que se dispuso con el mismo intento que hemos indicado. Últimamente en la del número quince se echa de ver que el médico tenía gana de mofarse del pobre boticario pues en ella pone el absurdo siguiente: De agua lo que quieras de jarabe de Olmo lo bastante para la hebillera. Esta es una forma desatinada o burlesca por todos estilos, dejando a elección del boticario la cantidad de agua podía despachar treinta o cuarenta cántaras hasta agotar el pozo. El jarabe de olmo (igualmente pudo decir de chopo, de ciruelo, de salce, de álamo) no tiene uso en la medicina y quedando al árbitro del farmacopola ¿Quién le estorbaba hacer veinte o treinta arrobas de jarabe con dos o tres fardos de azúcar para darle consistencia? Esto no es proceder de buena fe ni con la circunspección y prudencia que exige una facultad tan interesante y delicada como en la medicina. Es ridículo y ajeno de toda razón que los dos facultativos reconvenidos por el boticario sobre el exceso de las dosis que recetaban contra lo que acerca de su arreglo previene la farmacopea, respondiesen que este libro era bueno para principiantes, miserable efugio para cubrir su ignorancia o su malicia pues los médicos y cirujanos no tienen otro código medicinal para la recta administración de los medicamentos en dosis convenientes, vamos ahora a censurar las recetas del cirujano Ceferino Angulo que están más disparatadas por ser como es regular más ignorante que el médico y también más atrevido. Por fin el médico no salió de la esfera de su facultad pero el cirujano receta a troche y moche en medicina o para el uso interno los medicamentos más arriesgados traspasando los límites de su profesión y contraviniendo abiertamente a lo dispuesto por más sabias leyes que prohiben rigurosamente a todo cirujano mezclarse en los casos de medicina ni aun en los de cirugía, siendo romancista para los cuales si es menester recetar para lo interior debe llamar médico acompañado. Permítasenos con este motivo hacer una ligera digresión sobre este asunto en que está comprometida la salud pública cuya suprema ley llama la atención del magistrado para contener y cortar de raíz los perjudiciales abusos que puedan ofenderla. El prurito por desgracia harto común de meterse a médicos los cirujanos de las aldeas y aun de la ciudades acarrean daños irreparables a la humanidad. En los lugares cortos donde no hay médicos se puede tolerar que el cirujano trate los enfermos de medicinas aunque mejor sería dejar obrar a la naturaleza por sola que trastornar o impedir sus saludables movimientos por la impericia y oficiosidad de un ignorante cirujano que no es más que un curandero en los males que no entiende ni es capaz de conocer. Si en los pueblos donde hay médico se contuvieran y se limitasen solo a la curación de las enfermedades externas no harían tanto daño a los pacientes y se ahorrarían muchos pleitos por disputarse sus facultades unos a otros. En Valladolid en que hay sobra de médicos curan más casos de medicina los cirujanos que aquellos, con las funestas resultas que se dejan conocer, los remedios y aun los venenos más activos que al recetarlos tiemblan los médicos más hábiles, los disponen los cirujanos como si fueran los más sencillos. Se ha visto recetar una dracma de sublimado corrosivo solimán para una libra de tisana, cuarenta y ocho gramos de una vez de tártaro emético para un vomitivo y otras a este tenor. Con las cuales no decimos a uno sino a quince o más hombres habría bastante para echarles a la otra vida. Es necesaria, pues, una policía médica, una puntual observancia de las leyes ya sobre esto establecidas y por último que cada profesión se ciña a las facultades que su título le prescribe si se quiere desterrar de una vez tan funestos abusos a la doliente humanidad. En prueba de esta aserción haremos una crítica juiciosa e imparcial de las recetas del cirujano Angulo. Además de recetar, este como el médico, el agua carmelitana y de canela a libras se ve en la del número tercero que para una libra de agua de toronjil y carmelitana, mediadura de tintura de canela y de succino añade veinte granos de opio con una una onza ojimiel simple. Los mismos veinte granos de opio emtoca en la del no diez sin decir para cuántas dosis, ni si era para persona habituada por largo tiempo a tomar opio. En la de número quinto receta cuatro onzas de jarabe diacodión o de meconio que contienen ocho granos de opio sin expresar para cuántas veces. La dosis del extracto de opio es de un grano o dos y en pasando de ahí ya es peligrosa la vida del enfermo que con ocho granos de opio tenía lo suficiente para despertar en el otro mundo. Pero la que más escandaliza es la del número diez y ocho en la cual con cuatro onzas de agua ( no se sabe de que por estar tan mal escrita que no puede entenderse), mezcla otras cuatro onzas de tintura anodina (paregórica o de opio que es lo mismo), la que en cada escrúpulo o veinte y cuatro gotas, contiene dos granos de opio correspondiendo a las cuatro onzas de dicha tintura la cantidad de noventa y seis granos de opio, suficientes para matar a diez y ocho hombres por lo menos. Concluimos con decir que de las ochenta y cuatro recetas del cirujano, las cuarenta y dos son para uso interno todas disparatadas, todas perjudicialísimas si el boticario las hubiera despachado según se pidieron, que es cuanto pueden decir y la verdad bajo el juramento hecho en que y esta su declaración leída que les fue se afirmaron y ratificaron, expresaron ser mayores de treinta años, lo firmaron con su señoría y en fe de ello yo el escribano.

Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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