Decon del zirujano dn dnPhelipe
Lopez Xiron de 40 años
En dha ciud dho dia mes y año s s, hizo pa
rezer ante si a dn Phe Lopes Xiron, zirujano en ella de qe por
ante mi el essno le tomo y recibio xuramto qe hizo a Dios y a una
cruz conforme a dro y habiendo prometido decir berdad
y leidole el autto de oficio enterado dijo que habiendose
le presentado en la casa de su habitacion y en la noche an
terior, domingo nuebe del corrte y como las doze menos qo
de ella por el alce de barrio de Sr Andres Angel Sanchez
de Abis con otros acompañantes a Franco Caballero de ejercicio
de la lana diciendole hiba herido, dispuso de reconocerle
y habiendolo ejecutado con el mayor cuidado hallo qe en el brazo
yzquierdo en la parte alta y anterior del humero te
nia vna herida obliqua de longitud de una pulgada y
otra de profundidad ynteresando los tres tegumentos
comunes en la parte posterior de la espalda de dho lado
sobre el hueso de la escapula de figura transversa de lon
gitud media pulgada, ynteresando tambien los tres tegu
mentos comunes y parte de los musculos y en la parte pos
terior de la espalda derecha sobre las costillas berdade
ras y remate de la escapula de dicho lado otra herida
tambien trasversal la que tiene de longitud vna pulga
da y como otra de profundidad, las quales heridas todas
estan hechas con instrumentos punzantes y cortantes
como cuchillo, navaja etra las mismas que por el pacien
te segun se manifiestan, no pronostican el mayor peli
gro a no ser que acadezcan los acidentes propios que
suelen concurrir en otras semejantes para lo que al pro
bidencio de socorrerlas por primera intencion por los medios
mas conducentes encargandole quietud, dieta etra, que habien
dole visitado en esta mañana y biendo, no haber concurrido
por haora ninguno de dhos acidentes, no pudo hacer el cor
respondiente vendaje que necesita la calidad de dhas heridas
por la mala disposicion qe habia allado en la casa del paziente
a motibo de sus ningunos medios segun se le noticio quedan
do en sangrarle y proporcionarselos para su curacion co
mo lo practico asi en la noche anterior que habiendo embia
do con su mancebo la receta qe dispuso firmada suya
y del mismo alcalde de barrio de la votica de sr Benito
se le manifesto debolbiendosela que no se la habia querido
despachar el regente porqe eso le llebaban los cinco rr de
su ymporte que de contado a provisto el declarte por cono
cer la vtilidad qe le podria causar su aplicacion en aql
tiempo tan oportuno y que habiendoselo hecho presen
te al dho alcde de varrio le hizo entregar de la dha
receta con la nota de la satisfacion de los dhos cinco re
para qe siempre constase que hera quanto podia decir
y la verdad para el juramto en que se afirmo, y ha
biendole leido esta su declaracion en ella se ratifico
declaro ser de hedad de quarenta años y lo firmo con
s s de que doy fe y firme.
Decon del cirujano
Estando en la posada de s s el juez de estos autos, oy veinte
y quatro de septiembre de mil ochocientos quatro, sr
Phe Lopez Xiron, zirujano en esta ciud por ante mi
el essno, s s le tomo y recibio xuramto que hizo a dios
y a una cruz conforme a dro y habiendo prometi
do decir verdad y leidole el auto anterior, enterado
dijo que el herido de esta causa Franco, caballero al que
ha asistido para su curacion en la casa de su hauitacion
desde el dia diez del corriente en el dia le halla con las he
ridas en otra berdadera encarnacion sin haber ocur
rido acidente ninguno aplicandole los cicatrizantes
para su berdadera cicatrizacion la que se hubiera logrado
si no fuera por la mala construccion de umores que acom
pañan al dho Franco la que podra lograrse dentro de
pocos dias, cuio estado es el actual y quanto puede decir
y la berdad para el xuramto fho en que se afirmo
y habiendole leido esta su decon en ella se ratifico y
lo firmo con s s de qe doy fee y firme.
Declarn del zirujano Ramon
Diez. Por pregtas
En la ciudad de Valld a dos de octre de mil ochocs y quatro, ante
s s el sor juez de esta causa por medio de zitan de mi el infras
crito essno parecio Ramon Diez, maestro zirujano, vgo y vibi
dor en la calle de la Monteria de esta dha ciudad del qual pr
ante mi el dicho essno le tomo y recivio juramto que vio en toda
forma de derecho bajo del qual ofrecio decir berdad de quanto
supiere y le fuere pregdo y en su vrd se pasan hacerle las pregtas
sigtes
Preguntado si es cierto qe la noche del nuebe de septre proximo
pasado, estubo en su casa Angel Sanchez Abis, tente de alce
de varrio del varrio a qe el declarte esta sujeto pa efecto de
qe cojiese la sangre a Franco Cauallero qe se le havia presentado
herido pa el efecto diga qual fue la causa de no haberlo cum
plido asi como se lo requirio dho tente de alce de varrio y si
conocia y conoce a este portal. Dijo que es cierto que a las onze
de la noche u onze y media del dia qe se expresa fue a su casa
de el declarte el referido Angel Sanchez Abis a qn no conocia pr
tal tente de alce de varrio ni sabia remotamte qe tubiese dha ju
risdicion y llamo a la puerta del declarte habiendo salido a res
ponder la muger de este pr estar en aquella ocasion con una
terciana perniciosa desde las quatro de la tarde y haviendo dho
el referido Abis qe abriese la puerta su muger prqe llebava
un herido pa qe el declarte le cojiese la sangre, le contesto que
el declarte se hallaba en la conformidad que queda expresa
do y qe por lo mismo fuese a buscar otro zirujano con lo qe
se marcho dho Abis qn hauiendo encontrado al declnte el
dia sigte se las juro que se las havia de pagar pr||porqe havia
visto que estaba bueno pa handar visitando la mañana de dho
dia sigte y malo pa no haberse lebantado la anterior noche
y responde.
Preguntado diga y declare prque no abrio a lo menos la puer
ta pa qe el citado Abis se hubiese cerciorado de la conformidad
qe se hallaba el declarte, dijo que lo primero qe porque es
taban ascuras y todos los de la casa recojidos y lo segundo pr
qe la muger del declarte qe fue la qe respondio no lo previno
y responde
Preguntado diga y declare si quando la muger de el declarte
estubo ablando con el citado Sanchez Abis, oyo las contestacio
nes de vna y otro. Dijo que si que las oyo prqe estaba
inmediato a la ventana donde su muger se asomo a rres
ponder y responde
Preguntado diga y declare como ya qe su muger no dio en abrir
la puerta no cayo en ello el declarte y la mando qe bajase acerlo
hauiendo dicho qe se hubiesen esperado un poco, dijo que el
declarte no mando a su muger qe abriese la puerta porqe
se contemplava no estar capaz pa ejercer su ministerio
y responde.
Preguntado si sabe, la obligacion qe pr su ejercicio tiene, ve en
semejantes casos de estar pronto a prestar su auxilio pr
las fatales consequencias qe de lo contario se pueden seguir y
mucho mas quando le es avisado o requerido judicialmte pa
el fin y si antes de ahora pr esta misma razon a sido procesado
recombenido o amonestado diga pr qe causa en qe tpo y antes
qe sor juez y essno a pasado, dijo que sabe muy bien qe debe
estar pronto en los casos qe expresa la pregunta como en efec
to lo ha estado el declarte en los casos pa qe a sido avisado judicial
mente y principalmte pr el alce de varrio propietario del titu
lado de sr Ands Anto Lesmes y que por lo mismo ahora ni
en ningun tpo a sido procesado, recombenido, ni amonestado
pr semejante falta y que todo lo dicho era la berdad pa el jura
mento que deja prestado en el que y esta su declaran buelta qe
le fue a leer se afirmo y ratifico expreso ser de hedad de quarenta
y quatro años poco mas o menos y lo firma junto con s ss pr
ante mi el essno de S M y de sala de que doy fe.