MD1779I0131

Inventario de los bienes Antonio Hernández recibe como dote por su casamiento con Francisca Aita Díaz de Aguilar

Fecha1779
LocalidadEspaña, Madrid, San Lorenzo del Escorial
ProyectoCORDEREGRA: Corpus diacrónico del español del reino de Granada. 1492-1833
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P09-HUM 4466, 2009-2014
ArchivoArchivo Histórico de Protocolos de Madrid
ID del manuscritoAHPM T.33148

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Carta de pago y recibo de dote qe otorga dn Antonio Hez, medico de la ballesteria Novbre 27 de 1779.

En el Rl sitio de Sn Lorenzo, a veinte y siete dias del mes de noviembre año de mil setecientos y setenta y nuebe, ante mi el essno y testigos parecio dn Antonio Hernandez, medico de la ballesteria, residente al presente en este Rl sitio con el motivo de la actual Rl Jornada, hijo lejitimo de Andres Hernandez y de Dionisia Martin, ya difunta, vecinos que fueron de la villa del Escorial; y dijo, que por quanto se halla velado y casado con da Franca Aita Diaz de Aguilar, natural de dha villa, y al tiempo que contrajo dho matrimonio entro en el diferentes vienes con que se hallaba los que recivio de dn Julian Diaz de Aguilar, presvitero en dha villa, hermano de la dha da Franca y su curador que fue, cuios vienes fueron tasados por personas inteligentes y de consentimiento de ambas partes en la forma siguiente:

Primeramente, tres sabanas de cerro nuebas de tres piernas en ciento setenta y un reales. Otra a medio andar, de cerro, en veinte y dos rs y mo. Otra más andada en diez reales vn. Una colcha amantelada en setenta rs. Otra de sedeñas rayada en cinquenta rs. Otra de confitillo en quarenta y cinco rs. Un rodapies de lo mismo en diez y seis rs. Dos pares de almuadas de coruña en veinte y ocho rs. Otro par de lienzo en diez rs y medio. Una cortina con randa en diez rs. Nueve servilletas de gusanillo en cinquenta y un rs y tres qllos. Otra de cerro en dos reales y medio. Un paño de desilados en quarenta y ocho rs. Tres gorros de ilo en seis rs. Una camisa de muger en veinte y tres rs y tres quartillos. Una conclusion de tafetan en tres rs. Dos colchones con su lana en ciento cinquenta rs. Dos fundas de coton azul y blanco en veinte y quatro rs. Una almoadilla de coton en tres rs. Dos vaqueros de coton en cien rs. Un guardapies de damasco de lana en cien rs. Otro guardapies rayado en setenta y cinco. Otro de vaieta encarnada en cinquenta y seis rs. Una basquiña de tafetan en ciento quarenta rs. Otra de cerro de oro en cinquenta rs. Otra de prencipela en setenta y cinco rs. Una casaca de seda de griseta negra en sesenta rs. Otra de griseta de color de paño en veinte rs. Un capotillo encarnado de perzelina en ciento y diez y siete rs. Otro capotillo de bayeta fina en treinta y quatro. Un peto de lazos y banda azul en diez rs. Otros dos de tela de oro en treinta rs. Dos mantos de tafetan en setenta y cinco rs. Un escusali en seis rs. Dos varas y dos tercias de damasco color de caña en sesenta y siete. Un retazo de tafetan de Francia en ocho rs. Un delantal de musulina en quarenta y cinco rs. Otro de cambrai de flores en quarenta y cinco rs. Un pañuelo de musulina de color en veinte rs. Una mantilla de musulina en treinta y siete rs y medio. Una mantilla de christal en treinta rs. Otra de lo mismo en diez y seis rs. Un delantal de cambrai en quince rs. Un pañuelo de musulina en veinte y cinco rs. Otros dos de musulina en quarenta rs. Otros dos nuebos con feston en treinta rs. Otros dos de lo mismo en diez rs. Dos de cotanza en diez rs. Dos pares de buelos y un escote en veinte rs. Un par de guantes de seda en ocho rs. Un par de mitones en ocho rs. Dos pares de guantes, unos blancos y otros negros en diez rs. Un collar con una cruz de plata de cinta encarnada con puntilla en veinte. Otro berde con un dige en doce rs. Otros dos, uno azul y otro negro en quatro rs. Una pulsera de piedras de Francia en setenta y seis rs. Un aderezo de piedra inga de plata sovredorada en treinta. Un par de broquelillos de piedra de Francia en setenta y seis rs. Dos pares de pendientes de piedras de Francia en cinquenta rs. Un rosario estrellado con una cruz de nacar en veinte rs. Otro con una Nuestra Sra del Pilar y un Christo en quarenta. Otro azul con dos medallas de plata y una cruz en treinta rs. Otro de Jerusalen con Nra Sra de la Fuencisla y Nieva en diez y seis. Dos pares de medias de seda nuebas, unas encarnadas y otras blancas con un par de ligas en sesenta y seis. Dos cofias, una berde y otra encarnada en treinta rs. Un alfiletero de plata sobredorado en ochenta y cinco rs. Otro de porzolana en doce rs. Dos cintas, una de Francia y otra azul de aguas, diez y siete. Una aguja buena y otra quebrada en veinte y cinco rs. Seis alfileres chicos de plata con piedras en ocho rs. Un rascamoño de plata en seis rs. Un dige de filigrana en treinta rs. Una iga y chupador guarnecido de plata en veinte y seis. Un agnus guarnecido de plata en veinte y quatro rs. Un abanico picado en veinte y quatro rs. Otro de hueso en seis rs. Un par de zapatos de baldes encarnados en diez y ocho rs. Dos pares de tixeras en doce rs. Un dedal de plata con su caxa en ocho rs. Una almuadilla de mue en veinte rs. Una caxa de porcelana en trece rs. Una escofieta nueba en veinte rs. Un cofre en treinta rs. Un libro con su caxa en quarenta y seis rs y veinte y qtro mrs. Dos delantales de morles a medio andar en once rs. Otros dos mas andados en quatro rs y medio. Dos camisas quasi nuebas en treinta y un rl. Otras dos andadas en catorce rs. Un par de enaguas quasi nuebas en doce rs. Otros dos pares a medio andar en diez y siete rs. Tres pares de calzetas en veinte y un rs. Un par de medias de estambre azul nuebas en diez y seis. Dos manteletas de vaieta fina en quatro rs. Dos pares de faltiqueras azul y blanco en seis rs. Dos pares de medias viejas blancas en seis rs. Dos justillos a medio andar en quatro rs y diez y siete mrs. Un gergon viejo de costales en diez y seis rs. Un tocador guarnecido de concha con su espejo, cerradura, llave y su mesa en cien rs. Una mesa de nogal en diez rs. Una arca nueba con su cerradura y llave en veinte rs. Dos sillas grandes, una de baqueta y la otra forrada de pino, en veinte y seis rs. Una silla de paxa pequeña en un rl. Dos tauretes de nogal con el asiento de pino en doce. Una rastrilla en ocho rs. Una armadura de cama en veinte rs. Un quadro de nra Sra de Cueba Sta con su vidrio en seis rs. Otro de sn Josef, la Virgen y el niño en diez rs. Otro de sn Franco abrazando a Christo en ocho rs. Otro de un sto hermitaño con un pais de arboles en diez. Otro de sto Domingo con marco dorado en diez. Otro de Nra Sra en seis rs. Un cazo viejo en un real. Otro más pequeño en quatro rs. Tres sartenes, dos nuebas y una buena, en quince rs. Dos planchas nuebas de las mexores en treinta y seis. Otras dos malas en ocho rs. Un candil en un real. Una espumadera pequeña en un real. Un brasero con su vacia de cobre y badil en sesenta rs. Un almirez con su mano en treinta rs. Una caldera nueba de cobre grande en ochenta rs. Dos botellas en dos reales. Una devanadera en quatro rs. Una docena de platos y una jarra nuebos en nuebe rs. Tres basos de christal, uno con armas y los otros dos medianos en doce rs. Quatro varas de cotonia fina, a ocho rs y medio, son treinta y quatro rs. Un par de zapatos, quince rs. La prevenda, doscientos y setenta y dos rs. Las vistas en que he dotado y dado a dha mi muger, mil y trescientos rs. Yt diez mil quinientos ochenta y nuebe reales y diez y siete marabedis de vn, los mismos qu la ban señalados a dha mi muger en la tercera parte de la casa que dejaron en la poblacion de la villa del Escorial dhos sus padres en la qual lleva adjudicado dn Julian Diaz de Aguilar su hermano las otras dos partes en su tasacion veinte y un mil ciento setenta y nuebe rs de vn.

Ymportan dichos vienes con inclusion de las vistas: quince mil nuebecientos veinte y ocho rs y siete maravedis de vn; y confiesa que los dhos mil y trescientos rs vn de las vistas caben en la decima parte de sus vienes; y, caso que escedan, se los consigna y señala desde hahora en los que adelante azquiriere y fuere Dios servido darle, y se obliga a tener y mantener dhos vienes muebles de pronto y manifiesto para entregarselos a la dha su muger o quien su poder y dro representare, siempre y quando que el matrimonio fuere disuelto por muerte, divorcio o por otro de los casos permitidos en dro sin aguardar a termino ni plazo alguno en la misma que los ha recivido en caso de subsistir dhos


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