MA1809C4074

Declaración del cirujano del Real Cuerpo de Artillería, Francisco Fuerte, por haber visitado y curado a Manuel Gaeta de un afecto hipocondríaco convulsivo que le provoca dificultad respiratoria y problemas en el sistema urinario

Fecha1809
LocalidadEspaña, Málaga, Málaga
ProyectoHISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833
FinanciaciónMINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021
ArchivoArchivo de la Real Chancillería de Granada
ID del manuscritoARCHGR 1991/17

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Testigo En la ciudad de Málaga a veinte y uno de febrero de mil ochocientos y nueve años, el señor don Justo Martínez de Baños, alcalde mayor corregidor regente de ella, de presentación de la parte, recibió por ante mi juramento por Dios nuestro señor y a una señal de cruz según derecho a don Francisco Fuerte, médico cirujano del Real Cuerpo de Artillería en esta plaza y vecino de ella, quien habiéndolo hecho como se requiere, a mi cargo ofreció manifestar la verdad en lo que fuera preguntado, y siéndolo al tenor de la Real Provisión y Pedimento que antecede y motiva estas diligencias, enterado dijo: que en varias ocasiones y con otros diferentes facultativos ha asistido y curado a don Manuel Gaeta, maestro de tonelero y de esta vecindad, por quien se le pregunta, de un afecto hipocondríaco convulsivo, que periódicamente le ha acometido, comunicándose unas veces dichos espasmos a las partes urinarias, causándole mucha incomodidad a la expulsión de la orina, y otras ha dirigido un conato contra el diafragma, causando una ortopnea sintomática, o dificilísima respiración, sin dejar el padecer de las vísceras abdominales; por cuya enfermedad, en concepto del testigo, es muy justa la pretensión del don Manuel, pues así en la repetidas juntas de facultativos que se han celebrado para su curación, tocándose su muy poco alivio, siempre se ha acordado, y aconsejándosele, que para conservarlo, procure no alterar su imaginación con pasiones de ánimo; se prive de todo trabajo de discurso, y del corporal que exceda de un moderado ejercicio; abstenga de agitaciones, acaloramientos de alimentos piperinos, cálidos, salados, y grasos; que de lo contrario esta expuesto evidentemente a que le ataque una catástrofe de los muchos males que le amenazan y bastan a quitarle la vida, siendo cuanto puede decir en razón de lo que se la ha preguntado, y la verdad a cargo de su juramento, en que se afirma y ratifica habiéndoselo leído; que es mayor de treinta años y lo firmó con dicho señor doy fe Testigo En Málaga a veinte y dos de febrero de mil ochocientos nueve, de propia presentación el referido señor Corregidor Regente por ante recibió juramento por Dios nuestro señor y a una señal de cruz según derecho de don Antonio Delgado del Real, médico con real aprobación, recibido en esta ciudad, vecino de ella, quien habiéndolo hecho como se requiere a mi cargo ofreció manifestar la verdad en que fuera preguntado; y siéndolo al tenor de la Real Provisión y Pedimento, que antecede enterado dijo: que en su opinión es muy justa y arreglada la solicitud que en la Real Chancillería ha instruido don Manuel Gaeta maestro de tonelero y vecino de esta ciudad, porque las causas y motivos en que la funda son ciertas legítimas y verdaderas, pues no admite duda que el afecto hipocondríaco convulsivo, que periódicamente le ha atacado; unas veces con ofensa de las partes urinarias, que le dificultan la orina, y otras del diafragma que le causan una ortopnea sintomática, o dificultosa respiración, siempre con continuo padecer de las vísceras abdominales, exige imperiosamente del paciente, para precaverle de los muchos accidentes mortales con que le amenaza, ponga un singular esmero, en no alterar su imaginación con pasiones de ánimo; en privarse de todo trabo mental y corporal, extra de un moderado ejercicio; y de abstenerse absolutamente de agitaciones, acaloramientos, alimentos piperinos, cálidos, grasos y salados; como así el testigos y otros facultativos que han asistido al don Manuel, y a las juntas celebradas para su curación, se lo han aconsejado y previenen de continuo si ha de conservar su poco alivio y evitar nuevos ataques, siendo esta la causa de contarle lo referido: que es cuanto puede contestar a lo que se le ha preguntado, y la verdad todo, a cargo de su juramento, en que, se afirma y ratifica habiéndoselo leído; que es mayor de veinte y cinco años, y lo firma con dicho señor doy fe.


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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