MA1704I0213

Bienes que Catalina Muñoz da a su hijo Francisco Moreno por su casamiento

Fecha1704
LocalidadEspaña, Málaga, Frigiliana
ProyectoALEA XVIII: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XVIII. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P18-FR-695, 2020-2022
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Málaga
ID del manuscritoAHPMa P-4807

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Catalina Reinoso, vecina de esta villa de Frigiliana y viuda de Juan Moreno contra Francisco Moreno su hijo, asimismo vecino de esta villa Y sépase por esta pública escritura de capital como yo Catalina Reinoso, viuda de Juan Moreno, vecina que soy de esta villa de Frigiliana digo: que por cuanto Francisco Moreno mi hijo está tratado de se casar y velar como lo manda nuestra santa madre Iglesia con Ana de la Torre, hija legítima de Juan Triviño y de María de la Torre sus padres, vecinos de esta dicha villa, y por cuanto mañana lunes, veinte y ocho del corriente se ha de celebrar dicho casamiento y para ayuda a sustentar las cargas del matrimonio le quiero dar ciertos bienes y hacienda por cuenta de las legítimas que le pueden tocar y haber; los cuales apreciados por personas que de ello entienden son los siguientes:

Primeramente, un manto de seda que se apreció en ciento y diez reales. Ítem una pollera de lamparilla que se apreció en cincuenta y seis reales. Ítem un guardapiés de lamparilla verde con sus franjas que se apreció en setenta y seis reales. Ítem una almilla de lamparilla en diez y siete reales. Ítem otra almilla de raso encarnado que se apreció en cincuenta reales. Ítem unos calzones de lamparilla que se apreciaron en diez y siete reales. Ítem un armador de raso verde que se apreció en sesenta y seis reales

Ítem una capa de barragán que se apreció en cincuenta reales. Ítem un borrico que se apreció en ciento y diez reales. Ítem fanega y media de trigo y fanega y media de cebada sembrada y un azadón; que todo se apreció en cien reales. Ítem dos obradas de majuelo vidueño largo y cuatro de tierra montés en el pago del comendador diezmería de esta villa que linda viñas de Tomás de Morales, viñas de Antonio Cortés, vecinos de esta villa, y el arroyo, con cargo de siete reales de censo que de ello se pagan en cada un año al excelentísimo señor conde de Frigiliana; y por precio todo ello de cuatrocientos y veinte reales.

Por manera que suman y montan los dichos bienes que aquí van declarados, apreciados en su justo precio y valor, un mil y setenta y dos reales, de los cuales el dicho Francisco Moreno se dio por contento y entregado a su voluntad por haberlos recibido en mi presencia y de los testigos de esta escritura de la dicha su madre por cuenta y parte de pago de las legítimas paterna y materna que ha de haber; de que yo el escribano doy fe; y se obligó de que ahora ni en tiempo alguno no pedir ni demandar a la dicha Catalina Reinoso, su madre, cosa alguna en cuanto a la cantidad que así tiene recibida de presente de la susodicha, que a mayor abundamiento de ella le otorga carta de pago en bastante forma en el registro de el presente escribano; y para que así lo cumplirá se obligó en forma con

su persona y bienes muebles y raíces habidos y por haber dio poder cumplido a todas y cualquier justicias y jueces de su majestad que sean competentes y que de esta causa deban y puedan conocer para que al cumplimiento y paga de lo que dicho es le compelan y apremien como si lo aquí contenido fuera sentencia definitiva de juez competente contra el susodicho dada y pasada en autoridad de cosa juzgada, renunció las leyes, fueros y derechos de su favor y la general en forma y le otorgo carta de pago de la dicha cantidad tan bastante como de derecho se requiere y es nesesaria; ante el presente escribano público y testigos en la villa de Frigiliana, en veinte y siete días del mes de enero de mil setecientos y cuatro años; yo el escribano doy fe conozco a el dicho otorgante, que no firmó porque dijo no saber y a su ruego lo firmó un testigo; que lo fueron presentes Diego Triviño de la Puerta, Miguel Fernández Reinoso y Juan Fernández Hermoso, vecinos de esta dicha villa.

Ante Andrés de Villasclaras Moncada escribano público


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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