MA1627D2512

Preguntas de parte de la fiscalía en el pleito entre Luis Muñoz de Robles y Juan Pérez

Fecha1627
LocalidadEspaña, Málaga, Málaga
ProyectoCORDEREGRA: Corpus diacrónico del español del reino de Granada. 1492-1833
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P09-HUM 4466, 2009-2014
ArchivoArchivo de la Real Chancillería de Granada
ID del manuscritoARCHGR 9684/19

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Por estas preguntas se examinen los testigos que fuesen presentados por parte del señor licenciado don Gregorio López de Mendizábal, fiscal de su majestad en esta corte en el pleito que trata contra Juan Pérez, tendero, vecino de Málaga 1 Lo primero si conocen a las partes y si tienen noticia de este pleito, digan etcétera 2 Y si saben que, tres o cuatro días antes que hiriesen al dicho Juan Pérez el susodicho llegó al dicho Luis Muñoz de Robles en la plaza de la dicha ciudad a decirle que le escribiese una carta y le contó el dicho Juan Pérez cómo aquella noche había ensoñado que había tenido con él dos veces cópula, y que si quería ponerla en ejecución se fuese con él a unas callejuelas, y el dicho Luis Muñoz sacó una daga y le quiso dar con ella de puñaladas, y si no se llegara gente se las dieran, digan etcétera 3 Y si saben que, ofendido el dicho Luis Muñoz de Robles de lo que el dicho Juan Pérez le había dicho, fue a tomar consejo y parecer con el doctor Mújica, abogado de la dicha ciudad de Málaga, el cual le dijo que callase y no diese noticia a la justicia por su reputación y aguardase a ver si le venía a tentar otra vez, digan etcétera 4 Y si saben que, a cabo de dos o tres días de como pasó lo contenido en las preguntas antes de esta, yendo el dicho Luis Muñoz de Robles con su madre hacia su casa, siendo las nueve horas de la noche, se llegó el dicho Juan Pérez a él y le dio del pie o del brazo haciéndole señas para que volviesen. Y habiendo dejado el dicho Luis Muñoz a su madre en su casa volvió a salir de ella y el dicho Juan Pérez llegó a él y le dijo: ¿qué hay, pijote, queréis que pongamos en ejecución lo que os dije la otra noche?. Y le llegó la mano a la bragueta. Y entonces el dicho Luis Muñoz puso mano a su espada y le tiró de cuchilladas y le hirió. Y estándole hiriendo a voces, dijo: séanme testigos que mato a este hombre porque me ha tentado a que cometa con él el pecado nefando. Y a todo ello no respondía el dicho Juan Pérez ni habló otra palabra más de decir: no me mates, Luis de mi vida, que yo no diré nada a la justicia, ¿porque te quiero bien me quieres matar? , digan etcétera 5 Y si saben que el dicho Juan Pérez es hombre de mala persona gesto y talle, y tendero que vende aceite y vinagre y leña por menudo, y de quien se puede presumir cometería el delito contenido en las preguntas antes de esta; y si es hombre acostumbrado a cometer semejantes delitos, digan etcétera 6 Y si saben que el dicho Juan Pérez no gastó maravedís algunos en curarse de las heridas, porque fueron leves y no queda manco ni con lesión y no ha perdido cosa alguna ni le ha venido daño por razón de las dichas heridas, porque antes que le hirió y en el tiempo que estuvo herido y después acá siempre se ha vendido en su casa aceite y vinagre, leña y carbón por menudo como antes solía, digan etcétera 7 Ítem de público y notorio, pública voz y fama, digan etcétera don Gregorio López y Mendizábal Alonso de Lunel

Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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