noventa reales en que consiste el
legado que este la hizo, solo debe percibir
cincuenta y seis reales y veinte y cuatro
maravedís de vellón que le han pertenecido en
el prorrateo.
Catalina Morengas de estado honesto en
lugar de los doscientos reales que la mandó
el difunto, solo debe percibir ciento
veinte y cinco y veinte maravedís que le
han tocado en el prorrateo.
Por cuyo prorrateo se hace ver lo que cada
legatario debe percibir por su respectivo legado y que el total
de ellos está conforme con el cuento líquido de los
bienes del difunto, en cuya conformidad se pasa
a la formación de hijuelas en la manera siguiente.
Hijuela de María García
Pérez, viuda del difunto Bartolomé Cabildo
Haber
Ha de haber María García Pérez, viuda
del difunto Bartolomé Cabildo, ocho mil
quinientos veinte y tres reales de vellón por otros
tantos que importaron los bienes que
entró en dote a este matrimonio, cuya
cantidad se bajó al número 2 de las
generales de esta cuenta.
Ítem ha de haber la susodicha, novecientos
reales de vellón por otros tantos que
importó el haza de cinco fanegas de tierra sitio
del Acebuchón , que su difunto marido
vendió al excelentísimo señor Duque de Arcos
cuya cantidad se bajó al número 3.
Ítem ha de haber la susodicha siete mil noventa
y ocho reales de vellón que le han
pertenecido en esta cuenta por su mitad de
gananciales, según el resumen del
cúmulo general de bienes.
Ítem ha de haber la susodicha ochocientos reales
de vellón por otros tantos que la mandó y
donó en arras su difunto marido,
según la escritura de su dote, cuya
cantidad se bajó del número 1 de las del
quinto.
Ítem ha de haber un mil seiscientos cuarenta
y dos reales y diez maravedís de vellón por el
legado que su difunto marido la hizo en
su testamento, según se acredita de la
primera partida del prorrateo del
quinto.
Importa el haber de María García Pérez,
viuda del difunto Bartolomé Cabildo, por las razones
anteriormente expresadas, diez y ocho mil
novecientos sesenta y tres reales y diez maravedís de vellón; para cuyo
pago se le adjudican los bienes siguientes:
Pago y adjudicación
Lo primero se le adjudica una mitad de casa
en la calle empedrada de esta población
que la otra mitad es propia de Magdalena
Sánchez, viuda de Pedro de Rus, y el todo
linda por la parte de arriba con casa de
Francisco González, y por la de abajo con otra
de Miguel Carmona puesta al número 2 del
cúmulo en los dos mil reales de vellón de su aprecio.
Ítem se le adjudica una viña en el sitio de
Navalpandero que linda con otra de don Bartolomé
Francisco Clavero, cura de esta parroquial,
y con estacas y viña de don Alonso
Álvarez, puesta al número 5 del cúmulo en los
doscientos reales de su aprecio
Ítem se le adjudica un olivar de cuarenta y
cinco olivas en el sitio de la cuesta del
molino, que linda con el camino y olivas
de los herederos de don Pedro de Rus, puesto
al número 6 del cúmulo en los un mil
ochocientos y seis reales de su aprecio.
Ítem se le adjudica el fruto de aceituna pendiente
en dicho olivar puesto al número 7 del cúmulo
en los ochenta reales de su aprecio.
Ítem se le adjudica otro olivar de diez y seis
olivas, treinta y dos estacas, dos higueras
cuatrocientos brotes y su cerca en el
sitio de la Huerta de Zarza, Camino de
Burguillos, linde con dicho camino, estacar
de Antonio de Rus y olivar de la
capellanía que posee don Lucas Rodríguez, puesto al
número 8 del cúmulo en los tres mil ciento
cuarenta y nueve reales de su aprecio.
Ítem, se le adjudica el fruto pendiente de
aceituna de dicha posesión, puesto al número 9 del
cúmulo en los cuatrocientos cuarenta
y ocho reales de su aprecio.
Ítem se le adjudican siete fanegas y media de
tierra de las quince y media de que se
compone el haza del sitio del Regajo
Montero de este término, que el todo de ella
linda con haza de don Juan Palomino,
presbítero, con el arroyo que baja del
matadero, con haza del marqués de la
Motilla y con otra de Ana de Gámez,
viuda de Manuel de Molina, puesta
al número 10 del cúmulo en los dos mil
doscientos y cincuenta reales de su aprecio
al respecto de trescientos cada fanega.
Ítem se le adjudican dos fanegas y media de
tierra, mitad de las cinco de que se
compone el haza del sitio del cortijo de Lechuga
que linda con tierras de dicho cortijo y
con haza de Gertrudis Monzón, puesta
al número 11 del cúmulo en los
seiscientos veinte y cinco reales de la mitad
de su total valor al respecto de doscientos
y cincuenta la fanega.
Ítem se le adjudica otra haza de dos fanegas
de tierra en el sitio del Pozo de Moya,
linde olivar que fue de Herrera y
hoy es de doña Josefa Tenorio, vecina de
Baños, puesta al número 12 del cúmulo en
los ciento y sesenta reales de su aprecio.
Ítem se le adjudican cien reales de vellón de los un mil
quinientos setenta y tres reales que importó
la lana de la cosecha de este año y una
mula que se vendió y se pusieron al número 14
del cúmulo.
Ítem se le adjudican cinco carros de paja de
los diez puestos al número 17 del cúmulo en
los sesenta reales de su aprecio.
Ítem se le adjudica la jumenta vieja puesta
al número 18 del cúmulo en los doceintos
veinte y cinco reales de su aprecio.
Ítem se le adjudica un cerdo gordo puesto al
número 24 del cúmulo en los ciento ochenta
y cinco reales de su aprecio.
Ítem se le adjudica una cabra de las dos puestas
al número 22 en los cuarenta reales de su aprecio.
Ítem se le adjudican cincuenta y siete ovejas
de mayor de las puestas al número 23 del
cúmulo en los un mil ochocientos
ochenta y un reales de su valor.
Ítem se le adjudican veinte y nueve borregas
de las puestas al número 24 del cúmulo
en los seiscientos treinta y ocho reales de
su valor
Ítem se le adjudican los cinco borregos puestos
al número 25 del cúmulo en los ciento y
veinte reales de su aprecio.
Ítem se le adjudican los cinco recentales puestos
al número 26 del cúmulo en los cincuenta
y cinco reales de su aprecio.
Ítem se le adjudican ocho carneros padres de los
puestos al número 27 del cúmulo en los
cuatrocientos treinta y dos reales de su aprecio.
Ítem se le adjudica uno de los dos cachorros
puestos al número 29 del cúmulo en los cincuenta
y cinco reales de su aprecio.
Ítem se le adjudican quince de las treinta
fanegas de trigo añejo puestas al número 30 del
cúmulo en los doscientos cincuenta y cinco
reales de su valor.
Ítem se le adjudican treinta y seis fanegas y
media de trigo de este año de las puestas
al número 31 del cúmulo en los quinientos
cuarenta y siete reales de su valor.
Ítem se le adjudican treinta y dos fanegas de
cebada de las puestas al número 32 en los
trescientos ochenta y cuatro reales de su valor.
Ítem se le adjudican cinco fanegas y media
de habas puestas al número 33 del cúmulo en
los ciento y diez reales de su valor.
Ítem se le adjudcan seis fanegas de escaña
de las puestas al número 34 del cúmulo
en los treinta y seis reales de su
aprecio.
Ítem se le adjudica un rebozo de castor puesto
al número 44 del cúmulo en quince reales de su
aprecio.
Ítem se le adjudica una almilla de China azul
puesta al número 45 del cúmulo en los
sesenta reales de su aprecio.
Ítem se le adjudica un guardapiés de calamaco
azul puestos al número 46 en los ciento
veinte y seis reales de su aprecio.
Ítem un pañuelo de seda puesto al número 47 en
los doce reales de su aprecio.
Ítem un delantal de estopilla puesto al número 48
en los veinte y cinco reales de su aprecio.
Ítem un delantal de holán rayado puesto
al número 49 en los diez y seis reales de su aprecio.
Ítem otro de bretaña puesto al número 50 en
los diez reales de su aprecio.
Ítem un manto de seda con punta puesto
al número 51 en los cuarenta y cinco reales de su aprecio.
Ítem una basquiña de tercianela puesta al
número 53 en los doscientos y diez reales de su aprecio.
Ítem otra basquiña de medio carro puesta
al número 54 en los ciento y cincuenta reales de su
aprecio.
Ítem una casaca de terciopelo mediada
puesta al número 55 en los ciento y treinta reales de
su aprecio.
Ítem una pañoleta de gasa puesta al número 56
en los ocho reales de su aprecio.
Y una mantilla de bayeta blanca
puesta al número 58 en los veinte y cinco reales.
Y unas gargantillas de nácar puestas
al número 59 en los veinte reales de su aprecio.
Y unos perendengues de oro puestos
al número 60 del cúmulo en los noventa
reales de su aprecio.
Ítem un anillo de oro puesto al número 61 en
los setenta y cinco reales de su aprecio.
Ítem unos chorros de oro puestos al número 63
en los setenta y cinco reales de su aprecio.
Ítem una arca de pino puesta al número 61 en
los treinta reales de su aprecio.
Ítem diez y siete varas de cáñamo de las dos
puestas al número 67 en los treinta y seis
reales de su aprecio.
Ítem una sábana de cáñamo de las dos
puestas al número 67 en los treinta
y seis reales de su aprecio.
Ítem dos sábanas de tiradizo puestas al número 68
en los ciento y quince reales de su aprecio.
Ítem un par de guantes de los dos pares puestos
al número 70 en los doce reales de su aprecio.
Ítem una sábana nueva puesta al número 69 en
los cuarenta y cinco reales de su aprecio.
Ítem un rodapiés de tiradizo puesto al número 71 en
los treinta reales de su aprecio.
Ítem unos manteles de cáñamo puestos al
número 73 en los doce reales de su aprecio.
Ítem seis servilletas de cáñamo puestas al número 75 en los diez y siete reales de su aprecio.
Ítem se le adjudica dos tablas de manteles
de cáñamo puestas al número 76 en los trece
reales de su aprecio.
Ítem cuatro almohadas de tiradizo con flecos
puestas al número 77 en los veinte reales de su
aprecio.
Ítem unas enaguas blancas de tiradizo
puestas al número 78 en los veinte y seis reales de su aprecio.
Ítem una mantilla de muselina puesta
al número 80 del cúmulo en los treinta
reales de su aprecio.
Ítem un delantal de tiradizo puesto al número 84 en
los cuatro reales de su aprecio.
Ítem cuatro camisas delgadas con sus harapos
puestas al número 82 en los ochenta reales de su aprecio.
Ítem una almilla de mujer puesta al número 83
en los seis reales de su aprecio.
Ítem un manto de anascote puesto al número 81
en los cincuenta reales de su aprecio.
Ítem un rodapiés sin rematar puesto al
número 85 en los diez y ocho reales de su aprecio.
Ítem dos sábanas de cáñamo puestas al número 87
en los setenta y dos reales de su aprecio.
Ítem un paño de manos de cáñamo
mediado puesto al número 90 en los seis reales de su aprecio.
Ítem dos almohadas de tiradizo en doce reales
puestas al número 91.
Ítem dos tablas de manteles de tiradizo
puestas al número 93 en diez y seis reales.
Ítem dos camisas usadas de mujer
puestas al número 94 en diez y seis reales.
Ítem unas enaguas blancas puestas al
número 95 en diez y seis reales.
Ítem una tabla de manteles alemaniscos
mediados al número 97 en los quince
reales de su aprecio.
Ítem un cernadero puesto al número 98 en cuatro.
Ítem cuatro servilletas alemaniscas en
el número 99 en veinte y cuatro reales.
Ítem una arca de pino puesta al número 100 en
veinte reales de su aprecio.
Ítem un abanico puesto al número 103 en los
ocho reales de su aprecio.
Ítem un guardapiés de indiana puesto al
número 104 en cuarenta reales.
Ítem unas enaguas de estambre verde
puestas al número 105 en los noventa reales de su
aprecio.
Ítem dos cuartillos de cáñamo puestos al
número 106 en diez reales.
Ítem un delantal de estambrado puesto
al número 107 en diez y seis reales.
Ítem una arca pequeña puesta al número 108
en los quince reales de su aprecio.
Ítem tres cortinas de cáñamo puestas al
número 115 en cincuenta y cuatro reales.
Ítem unas llares con una cadena puestas
al número 116 en ocho reales.
Ítem un morillo puesto al número 117 en ocho
reales.
Ítem unas trébedes puestas al número 119 en los
nueve reales de su aprecio.
Ítem unas tenazas puestas al número 120 en
dos reales.
Ítem un badil puesto al número 121 del cúmulo
en cuatro reales.
Ítem una cuchara de hierro número 122 en un real.
Ítem una rasera de las dos número 123 en un real.
Ítem dos asadores de los cuatro número 127 en dos reales.
Ítem un asador pequeño de los dos número 128 en medio real.
Ítem una espetera con diez ganchos puesta al
número 129 en siete reales.
Ítem una vara de cortina puesta al número 131 en
seis reales.
Ítem un azadón viejo puesto al número 133 en los
nueve reales de su aprecio.
Ítem una hocina puesta al número 136 en los
cuatro reales de su aprecio.
Ítem dos candiles de los cuatro número 138 en los
dos reales de su aprecio.
Ítem una caldera grande puesta al número 139
en los cincuenta reales de su aprecio.
Ítem otra pequeña puesta al número 140 en los
treinta reales.
Ítem una sartén grande puesta al número 141 en
seis reales.
Ítem otra mediana puesta al número 142 en
seis reales.
Ítem otra pequeña puesta al número 143 en
cuatro reales.
Ítem una chocolatera puesta al número 144 en
cuatro reales.
Ítem una espumadera de cobre puesta al
número 145 en dos reales.
Ítem un almirez con su mano puesta al número 147
en cuarenta y nueve reales.
Ítem una escopeta vieja puesta al número 148 en
veinte reales.
Ítem tres libras de cáñamo hilado puestas
al número 151 en doce reales.
Ítem una plancha número 152 en ocho reales.
Ítem tres costales de los seis puestos al número 153
en los diez y ocho reales de su aprecio.
Ítem un rallo puesto al número 154 en un real.
Ítem un peso de hierro con cuatro libras y media
puesto al número 156 en diez reales.
Ítem una pesa de hierro de a cuarto, puesta al
número 157 en diez reales.
Ítem un garabato de hierro puesto al número 158
en dos reales.
Ítem un cofrecillo puesto al número 160 en ocho reales.
Ítem un escritorio pequeño número 161 en ocho reales.
Ítem una artesa número 162 en catorce reales.
Ítem unas barandas y cedazas número 163 en siete reales.
Ítem una tabla y tendido número 164 en diez y seis reales.
Ítem un banco de mesa número 166 en ocho reales.
Ítem una media fanega número 167 en quince reales.
Ítem otra de aceituna número 168 en quince reales.
Ítem un medio celemín número 169 en dos reales.
Ítem una mesa pequeña número 170 en seis reales.
Ítem otra con cajón número 171 en ocho reales.
Ítem otra mediana 172 en cuatro reales.
Ítem una vara de medir número 173 en un real.
Ítem un telar número 174 en sesenta reales.
Ítem una cantarera número 175 en quince reales.
Ítem una escalera número 176 en quince reales.
Ítem cuatro sillas de vaqueta número 177 en cuarenta y ocho.
Ítem ocho sillas número 178 en diez y seis reales.
Ítem una silla de camino número 179 en seis reales.
Ítem unas hebillas de plata grandes número 181 en sesenta.
Ítem otras hebillas de plata grandes número 182 en sesenta.
Ítem una cruz al cuello número 185 en veinte reales.
Ítem una caja de plata número 186 en treinta reales.
Ítem del cuartillo de lino número 187 dos reales.
Ítem un cazo número 188 en cinco reales.
Ítem dos cuartillos de lana blanca hilada
puesta al número 189 en treinta y cuatro reales.
Ítem tres libras de lana negra hilada puestas
al número 190 en veinte y dos reales.
Ítem unas devanaderas con su pies puestas
al número 191 en cuatro reales.
Ytt una porcion de esteras de la cozina puestas
al n 192 en cinco rs.
Ytt unos corvos n 191 en tres rs.
Ytt seis libras de manteca n 196 en ute y quatro rs.
Ytt una porcion de vedriado n 197 en veinte rs.
Ytt seis arcollas n 198 en veinte y quatro rs.
Ytt quatro tinajas n 199 en quarta rs.
Ytt una quesera n 200 en cinco r.
Ytt ocho tinajuelas n 202 en vte y quatro r.
Ytt media arroba de queso n 201 en diez y
seis rs.
Por manera que importtando
el hauer perteneciente a Maria
Garcia Perez, viuda del difunto
Bartme Cavildo, diez y ocho mil
novecientos sesenta y tres rs y diez
mrs de vn, y los bienes que se le
han adjudicado para su pago:
diez y ocho mil novecientos
ochenta rs y diez y siete mrs
resulta llevar de mas, que devera restituir a
otro ynteresado que los lleve de menos diez y siete
reales y siete mrs de vn.
Hixuela de Juan Antonio Ca
bildo hijo menor de Bartme
Hauer
Ha de hauer Juan Antonio Cauildo, hijo
menor del difunto Bartolome Cavildo
y de Catalina Padilla, su primera muger,
los cinco mil quinientos veinte y tres
reales y diez y siete mrs que tocaron
y pertenecieron a esta por su liquido
caudal en la particion del primer
matrimonio, como se descubre del
resumen general de aquella quenta,
y dha cantidad pertenece a dho menor
como unico heredero de los dros y acciones
de la espresada, su difunta madre.
Ytt ha de hauer el dho Juan Antonio Cauil
do, los doze mil sesenta y dos rs y cator
ce mrs de vn que le han pertenecido
en la particion del segundo matri
monio, por la herencia de su difunto
padre, como se acredita por el resumen
o liquidacion del caudal de Bartme
Cauildo anteriormte figurado.
Yporta el hauer perteneciente a Juan Antonio
Cauildo por las razones espresadas diez y siete mil qui
nientos noventa y cinco rs y treinta y un mrs de vn. Para
cuyo pago se le adjudican a su curador los bienes
siguientes:
Pago y adjudicaciones
Lo primero se le adjudica la mitad de una
casa en la calle del cura viejo que la
otra mitad es propia de Juan Cauildo, y el
todo linda por la parte de arriba con
casa de Ysauel Rentero, muger de Mig
Perez Abad, y por la de auaxo con otra
de Maria Marta de Aranda, puesta
al n 1 del cumulo en los un mil
y quinientos rs de su aprecio.
Ytt una casa pajar en la calle que nombran
de choza que linda por la parte de arriba
con casa de Marina Comino y por la de
auajo con casa de Juan de Olias Perez,
puesta al n 3 del cumulo en los un mil
rs de su aprecio.
Ytt un pedazo de uiña de quatrocientos siete
brotes con veinte y cinco estacas en el
sitio del Algarue de este termino, que
linda con uiña de Juan Diaz Rusillo
y con otra de los herederos de dn Alonso de
Aranda, puesto al n 4 en los quinien
tos ochenta y dos rs de su aprecio.
Ytt se le adjudican ocho fanegas de tierra
de las quince y media de qe se compone
el haza del sitio del Regajo Montero,
que linda con haza de dn Juan Palomino,
presuitero, con el arroyo qe vaja de el
matadero, y con haza del marques
de la Motilla y otra de Ana de Gamez,
viuda de Manuel de Molina, puesta al
n 10 del cumulo en los dos mil y qua
trocientos rs de su aprecio al repecto de
trescientos la fanega.
Ytt se le adjudican dos fanegas y media de
tierra, mitad de las cinco que comprende
el haza del sitio del cortijo Lechuga qe
linda con tierras de dho cortijo, y con
haza de Getrudis Monzon puesta al
n 11 en los seiscientos veinte y cinco
rs de su valor.
Ytt se le adjudican mil quatrocientos
setenta y tres rs de vn de la porcion
puesta al n 14 del cumulo por el im
porte de la lana de la cosecha de este
año y por el de una mula qe se ven
dieron.
Ytt se le adjudican en vacio los setecientos
noventa y cinco rs que se pusieron
por cumulo al n 15 por los gastos
causados en la solicitud de la licencia
para sacarle del seruicio del rey.
Ytt se le adjudican en vacio los doscientos
quarenta y seis rs de vn que se pusieron
por cumulo al n 16, por los gastos qe
tubo su difunto padre en el funeral,
misas y entierro y adquisicion de la
herencia de Maria Marquina, su
abuela materna.
Ytt se le adjudican cinco carros de paja
de los diez puestos al n 17 del cumo
en los sesenta rs de su aprecio.
Ytt se le adjudica una jumenta de siete
años puesta al n 19 del cumulo en
quatrocientos y cinqta rs.
Ytt se le adjudica un jumento capon puesto
al n 20 en los doscientos y setenta
rs de su aprecio.
Ytt se le adjudica una cabra de las dos
puestas al n 22 en los quarenta rs
de su aprecio.
Ytt se le adjudican ciento veinte y tres
obejas de maior de las puestas al
n 23 del cumulo en los quatro mil
cinquenta y nuebe rs de su aprecio.
Ytt se le adjudican treinta y tres borregas
de las puestas al n 24 del cumulo
en los setecientos veinte y seis rs de su
aprecio.
Ytt se le adjudican diez carneros padres
de los puestos al n 27 en los quinien
tos y quarenta rs de su aprecio.
Ytt se le adjudica una perra puesta al
n 29 en los ochenta rs de su apo.
Ytt uno de los dos cachorros n 29 en cinqta rs.
Ytt se le adjudican quince fanegas de trigo
añejo de las treinta puestas al n 30 en
los doscientos cinqta y cinco rs de su
aprecio.
Ytt se le adjudican treinta y siete fanegas
de la porcion de trigo nuebo puesta
al n 31 del cumulo en los quinien
tos cinqta y cinco rs de su valor.
Ytt se le adjudican treinta y dos fanegas
de zebada de la porcion puesta al
n 32 del cumulo en los trescientos
ochenta y quatro rs de su valor.
Ytt seis fanegas y media de escaña de la
porcion puesta al n 34 en los treinta
y nuebe rs de su valor.
Ytt una arca de pino grande puesta al
n 35 en los quarenta y quatro rs.
Ytt unos manteles alemaniscos puestos
al n 36 en treinta y quatro rs.
Ytt dos seruilletas alemaniscas puestas
al n 37 en doze rs.
Ytt quatro almoadas delgadas pues
tas al n 38 en quarta y seis rs.
Ytt dos almoadas delgadas puestas al
n 39 en diez rs.
Ytt una casaca de terciopelo negro
puesta al n 40 en ciento y treinta rs.
Ytt un rodapies encarnado puesto al
n 41 en los treinta rs.
Ytt un guardapies de calamaco floreado pto
al n 42 en ciento vte y seis rs.
Ytt una capilla de grana puesta al n 43
en ochenta rs.
Ytt un manto mediado puesto al n 52 en
los treinta rs de su aprecio.
Ytt una capa de paño fino negro con su
sombrero puesta al n 57 en los dos
cientos y diez rs de su aprecio.
Ytt unos chorros de oro puestos al n 62
en ochenta rs.
Ytt dos sauanas de tiradizo con desilados
puestas al n 65 en ciento y quince rs.
Ytt diez y siente varas de la tela de caña
mo puesta al n 66 en ciento y dos rs.
Ytt una sauana de cañamo mediada
puesta al n 67 en treinta y seis rs.
Ytt un par de guantes de los puestos al
n 70 en los seis rs de su aprecio.
Ytt tres camisones de cañamo puestos
al n 72 en treinta rs.
Ytt un chaleco blanco puesto al n 74
en quatro rs.
Ytt dos pares de calzones blancos de
cañamo puestos al n 79 en veinte
y quatro rs.
Ytt un rodapies puesto al n 86 en
cinqta y seis rs.
Ytt quatro varas de cañamo en veinte
y quatro rs puestas al n 88.
Ytt un paño de manos de tiradizo pto al
n 89 en ueinte rs.
Ytt un jubon blanco sin coser puesto
al n 92 en doze rs.
Ytt un camison delgado puesto al n 96 en
diez y seis rs.
Ytt una chupa de paño negro puesta al
n 101 en seis rs.
Ytt un abanico calado puesto al n 102
en diez y ocho rs.
Ytt una chupa de paño fino sin ojales pues
ta al n 109 en treinta rs.
Ytt unos calzones de paño fino puestos al
n 110 en diez rs.
Ytt una capa de paño negro puesta al n 111
en treinta rs.
Ytt una chamarreta puesta al n 112 en
quarenta rs.
Ytt dos pares de medias de estambre pues
tas al n 113 en veinte rs.
Ytt unas medias de seda negra puestas
al n 114 en diez y seis rs.
Ytt un morillo puesto al n 117 en ocho
reales.
Ytt una rasera n 123 en un rl.
Ytt unas tenazas n 124 en dos rs.
Ytt unas treuedes n 125 en nuebe.
Ytt unas llares n 126 en doze rs.
Ytt dos asadores grandes n 127 en dos rs.
Ytt un asador pequeño n 128 en mo rl.
Ytt una espetera con siete ganchos n 130 en cinco rs.
Ytt un azadon bueno n 132 en diez y ocho rs.
Ytt una azada n 131 en seis rs.
Ytt un trino n 135 en cinco rs.
Ytt un arado con todos sus peltrechos n 137 en treinta.
Ytt dos candiles n 138 en dos rs.
Ytt una espumadera de cobre n 146 en dos rs.
Ytt una escopeta vieja n 149 en veinte reales.
Ytt una escopeta n 150 en sesenta y cinco rs.
Ytt tres costales n 153 en diez y ocho rs.
Ytt un peso con tres libras n 155 en diez rs.
Ytt una arquilla pequeña puesta al
n 159 en quatro rs.
Ytt una tabla de orno y tendido puesta
al n 165 en diez y seis rs.
Ytt un entremiso n 180 en veinte rs.
Ytt unas evillas pequeñas de plata pues
tas al n 183 en treinta rs.
Ytt otras euillas como las antecedentes
puestas al n 184 en treinta rs.
Ytt una cruz de plata para el cuello
puesta al n 185 en veinte rs.
Ytt seis rs del cañamo de calcetas puestas
al n 187.
Ytt unas aguaderas n 193 en dos rs.
Ytt un seron n 195 en dos rs.
Ytt media arroba de queso n 201 en diez
y seis rs.
Por manera que importando
el hauer de Juan Antonio
Cauildo, hijo menor y unico
heredero del difunto Bartme
Cauildo, diez y siete mil qui
nientos noventa y cinco rs y
treinta y un mrs de vn, y los
bienes que le van adjudicados
diez y siete mil novecientos
noventa y un rs y diez y
siete mrs de vn, resulta llevar de mas, que devera
satisfacer a otro ynteresado que los lleve de me
nos trescientos noventa y cinco rs y veinte mrs
de vellon.
Hixuela de deudas
Hauer
Lo primero ha de hauer Juan Cauildo, cura
dor del menor Juan Antonio Cauildo,
como pagador de deudas ciento setenta
y dos rs para satisfacer otros tantos que
se estan deviendo al depositario de rentas.