GR1832C4079

Declaración de Manuel de Rivas, profesor de cirugía médica, por sanar a José de Roda de unas contusiones, declaración del herido y declaración de Joaquín Labayru, médico aprobado, por reconocer al preso Juan Martín Arenas

Fecha1830
LocalidadEspaña, Almería, Urracal
ProyectoHISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833
FinanciaciónMINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021
ArchivoArchivo de la Real Chancillería de Granada
ID del manuscritoARCHGR 4043/03

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Declaración del cirujano En la ciudad de Granada en el aprobado día, mes y año ante el mismo señor subdelegado y de el infrascrito compareció el licenciado don Manuel de Rivas, profesor de cirugía médica en esta capital y dijo que cumpliendo con el precepto judicial que se le intimó en la mañana de este día, ha pasado a la posada de la Herradura donde se halla el herido don José de la Roda y visto y reconocido a este de primera intención, le encuentra entre heridas y contusiones, nueve, a saber: la primera situada en la parte anterior superior y lateral diestra del cráneo que tendrá de longitud como pulgada y media con bastante elevación en su circunferencia, profundidad hasta el cráneo exclusive la segunda sobre la ceja siniestra que tendría como medio dedo transverso, la tercera cerca de la mejilla siniestra como de medio dedo transverso, la cuarta en la mandíbula inferior cerca del epífisis de la barba que tendrá cerca de una pulgada, la quinta sobre la paletilla o escápula diestra que será cerca de pulgada, la sexta sobre el hombre siniestro como de un dedo transverso, la séptima es una grave contusión en el vacío del lado siniestro con bastante derrame o de sangre y tumefacción que tendrá de longitud y dirección horizontal como cuatro semidiametros que equivalen a ocho dedos transversos y de latitud como tres pulgadas, la octava como ocho dedos más bajo de la anterior es también contusión y de tres dedos transversos y la novena y última cerca del talón diestro que tiene como un dedo transverso cuyas heridas las de la cabeza, por el sitio que ocupa y la conmoción que recibió el cerebro y accidentes que pueden sobrevenir de debe considerar de peligro la del vacío de bastante consideración y las demás de clase de simples hechas todas ellas al parecer con instrumento grave como palo, piedra o semejantes, habiéndole prescrito el plano y observancia que debe guardar, que es cuanto debe manifestar en desempeño de sus funciones y cargo del juramento que tiene prestado y con el presente señor subdelegado firma de que doy fe. Declaración de sanidad del herido don José Roda En la ciudad de Granada en el referido día mes y año ante el mismo señor subdelegado juez de esta causa, compareció el profesor de cirugía don Manuel de Rivas y dijo que don José de Roda Rodríguez de cuya curativa ha estado encargado, se halla sano de las heridas y contusiones que padecía desde el día veinte y seis del corriente mes, sin que por ella pueda sobrevenirle peligro alguno, no habiendo comparecido a deponerlo ahí al juzgado hasta este día por haberlo impedido ocupaciones ingentes que le han cercado en el intermedio propias de su profesión. Así lo expresó y con el presente señor juez firma, de que doy fe. Declaración del facultativo de medicina En la ciudad de Granada a veinte y seis de mayo de mil ochocientos treinta y dos, ante el señor don Blas José de Martos, alcalde mayor primero teniente corregidor de ella y subdelegado de caminos de su Reyno y de mi el escribano compareció el licenciado don Joaquín Labayru, médico con Real aprobación en esta capital y dijo que en consecuencia del nombramiento que se le hizo y tiene aceptado ha pasado al principal de voluntarios realistas de esta ciudad donde se haya preso Juan Martín Arenas y habiéndole reconocido el estado de su salud, encuentra que padece de un reumatismo crónico que actualmente ha sufrido alguna exacerbación de resultas del influjo de la estación y su innacción en la prisión en que está constituido a cuya dolencia se une unas fiebres intermitentes que le han acometido por cuyas circunstancias le es nociba la permanencia en el expresado principal y en el ínterin susista en él los medicamentos que se le puedan propinar ejerciran una acción demasiado débil sino se hace nula. Que es cuanto debe manifestar en verdad y fiel desempeño de su encargo y con el presente señor subdelegado firma de que doy fe.


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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