GR1787I2557
Tasación de los bienes que quedaron por muerte de Margarita Pérez
Fecha | 1787 |
Localidad | España, Granada, Baza |
Proyecto | CORDEREGRA: Corpus diacrónico del español del reino de Granada. 1492-1833 |
Financiación | Junta de Andalucía/FEDER: P09-HUM 4466, 2009-2014 |
Archivo | Archivo Histórico de Protocolos de Granada |
ID del manuscrito | AHPrGr 000/00 |
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Thasazion. En la ciudad de Baza, a treze dias de el mes de agosto
de mill setezientos ochenta y siete años, ante
su señoria el señor don Benito Saiz de Ville
gas, correxidor de ella, comparezieron Ma
nuel Martinez y Francisco Baldez, vezinos del
lugar de Machael, de esta jurisdiczion, de
los que por ante mi, el esscrivano, rezibio juramento
que hizieron por Dios Nuestro Señor y a una
cruz segun derecho. Y bajo de el, ofrezieron
dezir berdad y dixeron que, en cumplimiento
de el auto que les fue notificado, y con asisten
zia de Francisco Galera, Alfonso Perez y Do
mingo Perez, han tasado y justipreziado
los vienes ynbentareados que quedaron por
la fin y muerte de Margarita Perez, vezina
que fue de dicho lugar de Machael, y resultan
de las listas que entregan y son en el modo
siguiente:
Primeramente, vn manto de seda en
treinta y seis rreales: 0036.
Vna basquiña de chamelote en 0085.
Vn manto de anascote en 0011.
Vna almilla de tripe negro en 0040.
Vna almilla de seda azul en 0035.
Vna almilla encarnada en 0045.
Vn corpiño de griseta azul en 0018.
Vna reesilla azul en 0028.
Vn pañuelo de seda en 0011.
Vn guardapie de senpiterna en 0042.
Dos sauanas de cañamo en 0064.
Otras dos sabanas a medio traer, 0051.
Vn roapie, 0014.
Vn colchon viejo, 0004.
0484
0484
Vn colchon viejo con poca lana en 0020.
Seis toallas de cozina en 0006.
Siete seruilletas de lino lauradas,
a siete rreales, 0049.
Vn paño de manos estrecho en 0008.
Vnos manteles de cañamo viejos en 0002.
Vna almada de lino bieja en 0003.
Vnas enaguas blancas en 0012.
Otras enaguas blancas en 0012.
Otros dos pares de enaguas en 0040.
Otro par de enaguas en 0003.
Una camisa sin mangas 0012.
Otra camisa con mangas delgadas en 0016.
Otra camisa con mangas delgadas en 0018.
Otra camisa con mangas delgadas y encaxes en 0018.
Otra camisa con mangas delgadas en 0018.
De dos baras de lienzo de cañamo y una de crea, 0015.
Vn delantar de lienzo delgado en 0016.
Otro de yndiana ocho rreales, 0008.
Unos zapatos blancos y otros negros, 0006.
Dos pares de calzetas en 0003.
Vna cruz de plata sobredorada del pecho, 0020.
Vnos pendientes de lo mismo en 0010.
Una sortija de plata en 0002.
Una cama de madera en 0008.
Vna tabla de orno en 0002.
Una mesa grande en 0004.
Otra pequena en 0004.
0819
0819
Seis sillas en 0012.
Una arca con cerradura en 0033.
Vna cantarera en 0005.
Vnas cerneeras en 0002.
Vn ceazo en 0002.
Vna cuchara en 0001.
Vnos ganchos en 0001.
Vnas treuedes en 0007.
Vnas tenazas en 0002.
Vn badil en dos rreales: 0002.
Vna sarten bieja en 006.
Otra mediana en ocho rreales: 0008.
Otra pequeña en 0005.
Una romana en 0010.
Vna caldera vieja en 0012.
Un caldero de hierro viejo en 0001.
Una rasera en un 0001.
Una mantilla vlanca en 0007.
Vn refaxo azul con liston zeste en 0040.
Otro refaxo azul a medio traer en 0040.
Una colcha vieja en 0004.
Vn par de cojines llenos en 0006.
Vn tendido en 0004.
Vn cocio de colar en quatro rreales: 0004.
Dos fuentecicas blancas en 0002.
Vn perol, una orcica y un levrillo, 0003.
Dos dozenas de platos finos en 0010.
Un especiero en 0002.
Dos cantaros en 0001.
Vnos vasos y redoma en 0002.
Dos costales en 0008.
Tres arrobas de azeite en 0120.
Tres livras y seis onzas de seda,
su mitad vendida a sesenta y dos rreales
y medio, rebajados costos y derechos queda 0093 17.
El cerdo se bendio en ciento treinta
y cinco rreales, tiene el biudo la ter
cera parte, que son quarenta y cinco
y queda por esta parte nobenta, 0090.
De la zebada hubo quince fanegas y media, desfal
cado diezmo, primicia, veto y posito que
daron ocho fanegas, revajada la mitad que
toca a el biudo quedan quatro fanegas, las
que se vendieron a diez y seis reales, que
son sesenta y quatro reales: 0064.
En dineros quatrocientos rreales, 0400.
En lienzo curado de cañamo beinte baras, en 0090.
Quarenta y ocho varas de lienzo de li
no curado, a razon de quatro reales, ymporta 0192.
De doszientas y trece baras de lienzo fia
do a cinco rreales que deven en Pechina,
mil sesenta y cinco rreales: 1065.
Veinte seis livras de tocino, pues aun
que heran quarenta y seis se an con
sumido por los ynteresados las veinte, 0052.
Vna casa de morada que es notoria en
mil ochocientos ochenta y quatro reales: 1884.
Vn medio bancal en el pago de Ver
gela, que linda con Manuel de Cruz en
doscientos sesenta y cinco rreales, 0265.
Vn bancal en el molino que linda con
Andres Fernandez, Ramon y Fernando Perez,
en mil trescientos y veinte rreales: 1320.
6697 17
6697 17
Los morales que hai en dicho bancal
balen tresciente y treita rreales: 0330.
Vn pedazo de tierra en Bualcana en tre
cientos nobenta y seis reales: 0396.
Los olibos de la cueba de Juanes, ciento se
tenta y seis rreales: 0176.
Quatro fanegas de tierra de secano en las
Maxaicas en doscientos y nuebe reales: 0209.
Quatro fanegas de tierra en el Barrancon
en ciento nobenta y ocho rreales: 0198.
Y finalmente trescientos sesenta y dos
rreales que deve a este caudal el dicho Alfon
so Perez: 0362.
8368 17
Por manera que ymporta la tasacion de
dichos vienes ocho mil trescientos sesenta y
ocho rreales y medio, la que declararon haver ejecutado
bien y fielmente, segun sus ynteligencias, leal sa
ber y entender bajo de su juramento, y que son maio
res de veinte y cinco años. No firmaron por no
saber, firmólo s s e yo, el esscribano, que doy fee.
Villegas Antte mi
Juan Sanz Mondragon
y Heredia
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