GR1752D9038
Pleito entre José Bocanegra, boticario de la villa de Íllora, contra Manuel de Paredes, vecino de dicho lugar, sobre injurias e insultos
Fecha | 1752 |
Localidad | España, Granada, Íllora |
Proyecto | HISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833 |
Financiación | MINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021 |
Archivo | Archivo de la Real Chancillería de Granada |
ID del manuscrito | ARCHGR 5235/025 |
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Criminal. Íllora. Año de 1752.
Don José de Bocanegra, maestro de boticario de la villa de Íllora,
ante VM, en la forma que más haya lugar en derecho y sin
perjuicio de otro que me competa de que protesto usar, me querello
criminalmente de don Manuel de Paredes y de Lorenzo Rodríguez,
su sirviente. Y digo que en el día de ayer que se contaron veinte
y cuatro del corriente, siendo como entre nueve y diez de la
mañana, saliendo yo de dicha villa a caballo para venir a esta ciudad, y
llegando a el sitio que llaman los Olivos de don Lucas, que
estaba el dicho don Manuel de Paredes cerca de donde
estaba trabajando al dicho Lorenzo Rodríguez en unos arroyos
de melones. Y luego que yo llegué donde estaba el
referido Paredes, y con el pretexto de haberle preso el día
antes en dicha villa sobre cierta causa de aguas, me
atribuyó a mí la culpa de su prisión, suponiéndome que
yo había influido a la justicia de dicha villa para que
lo prendiesen, y que así se lo había dicho el escribano de millones
de ella; con cuyo pretexto prorrumpió en palabras
injuriosas y denigrativas a mi buena opinión y fama,
tratándome de pícaro, y que me fuese enhoramala
porque era un soplón, y otras voces semejantes. Y,
sacando un terciado, se vino a mí estando yo a caballo, y
diciendo me había de cortar la cabeza. Y, acometiéndome
para ejecutarlo, viéndome yo sin armas ofensivas
ni defensivas, me arrojé del caballo. Y, poniendo la
capa por defensa, tomé una piedra diciéndole se
contuviese. Y no obstante hizo varios acometimientos
para ofenderme con peores palabras, diciéndome
que era un perro, y que me había de desgualdrajar
porque era mucho hombre para ello. Lo cual, visto por el dicho
Lorenzo Rodríguez, este dejó su trabajo y se vino
con dos piedras hacia mí y, arrimándose a el lado de dicho
Paredes, acometió a tirarme con dichas piedras, lo que
contuve amenazándole con la que yo tenía en la mano
para defenderme de uno y otro, en cuyo tiempo estuve
mucho espacio haciéndome atrás como para volver
a la villa por estar cerca de ella, y ser mucha la fuga
y acometimiento que hacían para herirme. Cuyo lance,
visto por algunas personas que a la cuenta estaban
escardando, y un muchacho que guardaba unas
ovejas y otro que venía el camino arriba, se llegaron
a el sitio donde estábamos asidos. Y entonces,
viendo el dicho Paredes que se llegaba gente, se alteró,
diciendo que yo le había ido a provocar, diciéndole
a Francisco de Abril, uno de los trabajadores, que se
llegara, que fuese testigo de cómo yo le había ido
a provocar. A lo que este respondió no podía ser
testigo de tal cosa, y solo sí lo sería de haberme visto
a caballo, sin armas y ir por mi camino, y a el dicho
Paredes a pie, con un terciado en la mano
acometiédome, y a el referido Lorenzo Rodríguez con
la piedra en la mano, a quien le dijo era un
hombre imprudente, que viendo aquellos dos hombres
peleándose se iba a encender más la viña en lugar
de apaciguarlos. Con lo cual me manifesté a todos
diciéndoles a uno de ellos que fue Francisco Molina Gil
Gao, labrador en el cortijo de Casas Blancas, me
registrase para que conociesen no traía armas, por
haber dicho el referido Paredes que debajo del capote
las traería. Y, habiéndome registrado el dicho Molina,
se hizo patente el que no las llevaba. Y, habiéndose
apaciguado la quimera y tomado yo mi caballo, el
referido Lorenzo Rodríguez con poco temor de Dios
y de su conciencia, y en menosprecio de las personas
que mediaron, me tiró una piedra por encima del dicho
Francisco de Abril, quien habiendo visto este exceso
se arrojó a él, diciéndole cómo tenía atrevimiento
a hacer semejante exceso habiendo él mediado
y tirar por encima de su cabeza. Con lo cual el dicho
Paredes volvió a prorrumpir en las mismas voces
y palabras denigrativas, repitiendo que me había
de cortar la cabeza, con las que le reconvino el dicho
Francisco de Abril, diciéndole: ¿Es eso provocar el señor
a usted? ¿Y usted a el señor?
. Entonces me instaron
a que me fuera, lo que ejecuté, quedándose allí
los referidos. En todo lo cual, así el dicho don
Manuel de Paredes como el referido Lorenzo
Rodríguez han cometido grave delito, digno de las
mayores y más graves penas en que por derecho
han incurrido, y para su condigno castigo
y que sirva de escarmiento a otros escandalosos y
alborotadores, a VM pido y suplico se sirva de admitirme
esta querella cuanto haya lugar de derecho, y a su
tenor e información que incontinenti ofrezco mandar
se prendan y aseguren las personas del referido don
Manuel de Paredes y Lorenzo Rodríguez, se les
secuestren y embarguen sus bienes imponiéndoles la pena
en que por derecho han incurrido, y condenarlos en las
costas de esta causa. Que hecho todo lo referido protesto
usar de mi derecho y pedir contra los referidos lo
que me convenga, en justicia que pido, costas etcétera y juro.
José Bocanegra don Félix Herrera
Legenda: | Expansión • Conjetura • Tachado • Adición • Restitución • Sic |
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