Don Manuel de Parada
inventario de
sus
bienes
En la ciudad de Granada en veinte y
seis días del mes de marzo de mil setecientos
y seis años, ante mí, el escribano público, y testigos,
Antonio de Segura, alguacil de esta ciudad,
en cumplimiento del auto del señor
alcalde mayor en que manda hacer inventario solemne
de todos los bienes muebles y raíces que han quedado por fin y
muerte de Don Manuel de Parada y Barros, vecino que fue de esta
ciudad, estando en las casas que fueron de la morada del susodicho,
con asistencia de Doña Juana Agustina Delgado, viuda del dicho
Don Manuel de Parada y Barros, y Don Felipe del Castillo,
marido y conjunta persona de Doña Bárbara de Parada y Ba
rros, y de Cristóbal de Morales, procurador del número de esta
ciudad y curador ad litem de los demás hijos menores del susodicho.
Prosiguió dicho inventario en la forma siguiente:
Primeramente, un escaparate de pino grande con tres cajones
y tableros de nogal con sus barandillas, y en él se halló lo siguiente:
Una docena de barros finos.
Otra docena de jícaras blancas de Venecia .
Otra docena de platos de lo mismo pequeñas.
Y no se halló en dicho escaparate otra cosa de consideración que poder
inventariar .
Un escritorio de tapa de nogal mediano con su pie con diez
gavetas, y en ellas no se halló cosa que poder inventariar que
fuese de consideración.
Un bufete de nogal con su gaveta mediano.
Una frasquera con doce frascos grandes vacíos .
Cinco paños de corte buenos de diferentes historias.
Un dosel de brocatel pequeño y una cruz con una figura
de un crucifijo pintado.
Tres esteras de esparto y tres ruedos de lo mismo mediadas.

Dos cortinas de bayeta encarnadas con sus varas de hierro
y cenefas viejas.
Otros dos paños de corte buenos.
Una cama de nogal con tres órdenes de barandillas
bronceada nueva.
Cuatro colchones, los tres azules y blancos y el otro blanco,
buenos, con sus henchimientos de lana.
Dos sábanas de medianillo buenas.
Dos almohadas de lo mismo con fundas de holandilla encarnada
y sus henchimientos de lana buenas.
Un cobertor blanco bueno.
Una colcha manchega grande nueva.
Un baúl grande encorado rubio nuevo con su cerradura
y llave y clavazón de hierro, y en él lo siguiente:
Una colcha de anafaya carmesí con flueques verdes
forrada en holandilla dorada buena.
Una pollera de teletón color flor de romero buena.
Una casaca de fondo negra de mujer con veintiocho
botones de plata de martillo.
Un tapapiés de ormesí celeste con encajes de
porcelana bueno.
Otro tapapiés de raso de flores anteado nuevo.
Un monico de raso blanco fondado bueno.
Otra casaca de tafetán de mujer negra llana.
Un justillo de raso color de rosa seca bueno.
Un paño de almohadas de medio rasillo de dos varas de
largo y vara y media de ancho.
Otra pollera de lamparilla buena.

Otra pollera de peldefebre nueva.
Y no se hallaron en dicho baúl otros bienes que inventariar.
Otro baúl viejo grande con su cerradura y llave
encorado vacío.
Y en una sala que está detrás de la alcoba se halló lo siguiente:
Otro paño de corte como los antecedentes.
Una cama de seis tablas buena.
Tres colchones buenos con sus henchimientos de lana, los dos
azules y blancos y el otro blanco.
Dos sábanas de medianillo buenas.
Dos almohadas de medianillo con sus fundas de holandilla
encarnadas y sus henchimientos de lana buena.
Un cobertor blanco bueno.
Una colcha manchega buena.
Un rodapiés de cama de damasco encarnado.
Un cuadro de San Juan de Dios de dos varas de largo sin
marco.
Otro lienzo grande de la cena sin marco.
Un cofre pequeño con su cerradura y llave viejo vacío.
Un arca de pino grande nueva, y en ella se halló lo siguiente:
Cuatro colchas blancas de gusanillo nuevas con puntas
de martos.
Dos jubones de calamaco de seda nuevos sin mangas y botones
de seda en los pechos.
Una capa de pelo de camello sin forro mediada.
Otro jubón de tafetán negro sin mangas bueno.
Un vestido de bayeta que se compone de calzón y ropilla
y mangas de tafetán con encajes, con sus mangotes de
tafetán sencillo .
Una casaca de hombre de tafetán con botones de seda buena.

Otra ropilla de bayeta sin mangas mediada.
Una casaca de hombre de paño fino vieja.
Un sobretodo de barragán forrado en bayeta
plateada mediado.
Una chamarreta de paño de Valencia nueva forrada
en calamaco de seda con botones del mismo paño gordos.
Unos calzones de ante.
Otro par de calzones de paño de Valencia viejos.
Otro par de calzones de tafetán negro forrados en
holandilla celeste.
Dos sábanas nuevas de morlés guarnecidas de puntas
de martos.
Otra sábana de medianillo nueva.
Cuatro almohadas de morlés nuevas, las dos con deshilados y
las otras dos llanas.
Tres toallas de gusanillo buenas.
Dos tablas de manteles de gusanillo grandes nuevas.
Dos servilletas de lo mismo nuevas.
Tres camisas de hombre de crea buenas.
Otras tres camisas de mujer de medianillo buenas.
Tres pares de enaguas blancas de bocadillo buenas con
deshilados.
Y no se hallaron en dicha arca otros bienes algunos que
poder inventariar.
Una arqueta de nogal, y en ella:
Tres pares de calzones blancos de medianillo.

Ocho almohadas de terciopelo con los suelos de damasco
buenas con sus borlas.
Una alfombra de seis varas de largo, poco más o menos, y
tres de ancho buena.
Y en dicha sala no se halló otra cosa que poder inventariar.
Y habiendo pasado a la cocina de dicha casa se halló lo siguiente:
Primeramente, docena y media de platos de peltre.
Tres fuentes de lo mismo grandes.
Un perol de azófar mediano.
Un calentador de lo mismo grande con cabo de hierro.
Un almirez con su mano.
Dos sartenes aceradas, una grande y otra pequeña.
Un morillo de hierro y dos asadores.
Una espetera.
Dos pares de trébedes, unas grandes y otras pequeñas.
Dos calderas de cobre, una grande y otra pequeña.
Un velón de azófar de cuatro mecheros.
Dos candiles.
Una cuchilla de picar carne.
Cuatro bujías de azófar.
Un escaparate viejo y en él diferente vidriado del
servicio de la casa.
Y no se hallaron en dicha cocina otros bienes algunos. Y en
los corredores de dicha casa se halló lo siguiente:
Diez países viejos, los cuatro grandes y los seis pequeños.
Seis sillas de anca.
Y habiendo subido a los cuartos altos de dicha casa, en uno
de ello se halló lo siguiente:
Dos camas, la una de tablas y la otra de cordeles.
Cuatro colchones, los dos azules y blancos y los dos blancos
con sus henchimientos de lana buenos.

Cuatro almohadas de tiradizo con sus henchimientos de
lana buenas.
Cuatro sábanas de tiradizo buenas.
Dos cobertores blancos mediados.
Un paño de cama encarnado bueno.
Una colcha manchega buena.
Un bufetico de nogal con su gaveta.
Un cofre grande nuevo encorado con clavazón dorada y
cerradura y llave vacío.
Y en otro de los cuartos altos de dicha casa que sirve de despensa
se halló lo siguiente:
Dos hojas de tocino enteras.
Seis orzas grandes y pequeñas, las dos de ellas mediadas de
aceitunas, y otra con una poca de calabaza en miel y las
demás vacías.
Dos lebrillos grandes.
Una artesa grande y demás aparato de amasar con sus
tendidos.
Un brasero de nogal grande nuevo chapado con sus
bronces , con su bacía de cuatro asas de azófar y concha de
lo mismo.
Y en los cuartos altos de dicha casa no se halló otra cosa
de consideración que inventariar. Y habiendo bajado a una
sala baja de dicha casa se halló lo siguiente:
Un arca de nogal grande y en ella no se halló cosa de
consideración que poder inventariar .
Otro brasero de nogal ordinario con su bacía de cobre.
Una estera de junco grande de estrado.
Un acetre de cobre.

Un destilador de piedra. Un cancel de celosía viejo.
Dos escopetas largas de caballo.
Dos espadas con guarniciones lisas.
Y en este estado por ahora el dicho ministro suspendió este
inventario para proseguirlo cada que convenga y los bienes
contenidos en él, dicho ministro los depositó en la dicha Doña
Juana Agustina Delgado, viuda del dicho don Manuel de
Parada y Barros, la cual que está presente otorgo se constituye
por depositaria de los dichos bienes, y se da por entregada de ellos
a toda su voluntad y se obliga a tenerlos en su poder y de
pronto y manifiesto para entregarlos cada que se le mande
por el señor alcalde mayor de esta ciudad u otro señor juez
competente que de este caso conozca, pena de pagar su valor
a ley de tal depositaria, y so las penas en que incurren los que
no acuden con los depósitos que están a su cargo, y a ello se obligó
en forma con sus bienes y rentas muebles y raíces,
habidos y por haber, dio poder cumplido a las justicias y jueces
de su majestad, que de lo aquí contenido conforme a derecho puedan y
deban conocer para que a su cumplimiento le apremien como por sentencia
pasada en cosa juzgada, renunció todas las leyes, fueros y
derechos de su favor y la general y las del emperador
Justiniano senatus consulto Veleyano , nueva y vieja constitución ,
leyes de Toro, Madrid y partida y demás que son y hablan
del favor de las mujeres de que fue avisada por el presente de que
doy fe y, como sabedora de ellas, las renunció, y así lo otorgó
y firmó siendo testigos Don Juan de Segura, Alfonso Muriel, escribano de su
majestad, y Melchor de Segura, vecinos de Granada.