Text view Declaración del sangrador Juan Silvestre sobre la muerte dada a Pedro Muñoz, alguacil mayor, y Luis de Morales y el reconocimiento de las heridas a otros vecinos de la villa de Salar 
Fecha 1700  
Localidad España, Granada, Salar  
Proyecto VIVE. Vita Verborum. Los peritajes de las Chancillerías castellanas en la historia del español (1650 - 1833)  
Financiación Ministerio de Ciencia e Innovación. Proyectos de Generación de Conocimiento 2022. PID2022-136256NB-I00  
Subcorpus Andalucía  
Archivo Archivo de la Real Chancillería de Granada  
 
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 Sumaria  e  ymformacion  hecha  en  la  uilla  del  Salar ,  
 de  pedimito  del  sor  dn  Thomas  de  Melgarejo  y  Ganboa ,  del  consejo  de  
 su  magd ,  y  su  fiscal  del  crimen  en  la  rl  chanza  de  Granada ,  sobre  la  muer
te  de  dn  Pedro  Muñoz  de  Lerin ,  alguacil  mor  que  fue  de  dha  uilla ,  y  
 Luis  de  Morales ;  contra  Manuel  del  Arca  y  otros  consortes  vezs  de  
 la  uia  de  Loxa ,  es  la  siguiente :  
 1  To : 
 Jua  Silbestre , 
 zirujano .   En  la  villa  del  Salar ,  en  dies  y  nuebe  dias  del  mes  de  
 henero  del  año  de  mil  y  setecientos ,  ante  mi ,  Saluador  
 Tercero  de  Rozas ,  rezeptor  del  rey  nuestro  sor  en  la  su  corte  
 y  chanza  que  esta  y  reçide  en  la  ziudad  de  Granada ,  pa
reçio  Ygnaçio  Perez  Noguera ,  vezo  d  esta  ua  y  promotor  
 fiscal  en  ella ,  parte  en  este  negoçio ,  por  el  sr  dn  Thomas  
 de  Melgarejo  y  Ganboa ,  del  consso  de  su  magd  y  su  fis
cal  del  crimen  en  dha  real  chanza .  Y  en  virtud  de  su  
 poder ,  que  tiene  azeptado  para  esta  sumaria  
 e  ynformacion  que  se  manda  hacer  en  virtud  de  
 real  prouision  de  su  magd  y  señores  presidente  
 y  alcaldes  del  crimen  de  ella ,  sobre  los  alcabuçasos  
 y  muertes  que  resultaron  de  dn  Pedro  Muños  de  
 Lerin ,  alguacil  mor  que  fue  d  esta  ua ,  y  Luis  de  Mora
les ,  vezo  de  la  ciud  de  Loxa ,  contra  Manuel  del  Ar
ca ,  Franco  de  Jaimes  y  dn  Germo  de  Mena ;  y  que  se  a  
 examinado  por  la  querella  ynserta  en  dha  
 real  proun  de  mi  comisson ;  presento  por  testigo    
 a  un  hombre  que  se  dijo  llamar  Juan  Silbestre  Montiel , 
 y  ser  vezino  d  esta  dha  uilla ,  y  sangra
dor  aprobado  por  su  magd ,  del  qual  recebi  jura
mento  a  Dios  y  a  una  cruz  en  forma  de  derecho . 
 Lo  hizo  y  ofreçio  deçir  verdad .  Y ,  siendo  pregun
tado  por  el  thenor  de  dha  rl  prouision ,  dijo  
 que  lo  que  pasa  y  save  en  dha  razon  es  que ,  por  
 vno  de  los  dias  del  mes  de  septiembre  del  año  
 pasado  de  mill  y  seiscientos  y  nobenta  y  ocho ,  
 por  la  jusa  d  esta  uilla ,  siendo  como  a  ora  de  las  
 oraciones ,  se  le  llamo  a  el  testigo  como  tal  barbero  
 aprobado ,  por  no  hauer  otro  zirujano  en  esta  
 uilla ,  para  que  fuese  a  las  casas  del  dueño  d  esta  
 jurisdiçion  a  reconoçer  vnos  heridos .  Y  con  efecto ,  
 hauiendo  ydo  allo  en  dhas  casas  a  dn  Fernan
do  de  Quero ,  adalid  alcalde  mayor  d  esta  ua ,  
 aconpañado  de  Juan  Martinez  Suarez ,  esno  
 d  esta  ua ,  y  de  otras  personas  que  no  se  aquerda  
 con  indiuidualidad  quienes  fueron .  Y ,  ha
uiendo  entrado  en  quarto  bajo  de  dhas  
 casas ,  bio  vn  hombre  tendido  en  el  suelo ,  el  
 qual  le  dijeron  estaba  muerto ,  como  auien
dose  llegado  a  el  asi  lo  reconoçio ,  y  que  era  dn  
 Pedro  Muñoz  de  Lerin ,  alguacil  mor  d  esta  ua ,  a  el  
 qual  le  mandaron  al  testigo  lo  rrejistrase  
 y  reconoçiese  de  que  habia  proçedido  su  muerte ;  
 como  lo  hizo  desnudando  todo  el  cuerpo ,  
 donde  se  le  allo  vna  herida  en  el  pecho    
 por  medio  d  el ,  por  sima  de  la  boca  del  estomago  
 y  partida  la  ternilla ,  dada  al  parecer  con  ynstru
mento  de  fuego  como  de  escopeta  y  de  bala .  Y  que  
 a  dha  herida  le  zircundaban  otras ,  al  parecer  
 de  perdigones ,  y  la  que  causo  dha  bala  salio  
 por  la  espalda  correspondiendo  con  la  del  pecho ,  
 haciendo  su  salida  maior  rotura  que  la  del  
 pecho .  Y ,  auiendo  hecho  el  dho  reconoçimiento  
 con  asistencia  de  dha  jusa  y  esno  y  dhas  personas ,  
 paso  a  la  carzel  publica  d  esta  ua  en  donde ,  de  la  
 reja  dentro ,  hauia  otro  hombre  que  decian  
 estaba  herido .  Y  le  mandaron  le  reconoçiese  sus  
 heridas ,  el  qual  hauiendo  llegado  a  el  lo  allo  
 bibo  y  quejandose  y ,  hauiendolo  desnudado  en  
 vna  almadraqueja  donde  estaua  acostado ,  
 bio  tenia  en  el  braço  y  costado  derecho  vna  he
rida  de  forma  que  tenia  pasado  el  braço  por  el  
 molledo ,  y  correspondiente  a  esta  entraba  en  
 el  costado ,  dadas  a  el  parecer  con  ynstrumento  
 de  fuego  y  de  bala  redonda  y  de  escopeta ,  que  le  
 penetraua  el  costado  a  el  soslayo .   Y  junto  a  la  
 dha  herida  del  costado  tenia  otra  dos  heridas ,  
 dadas  al  parecer  con  el  mesmo  ynstrumento ,  re
dondas  como  de  postas  redondas  pequeñas  pene
trantes  adentro ,  como  la  dha  bala  que  le  causo  
 las  heridas  antecedentes ,  cuias  munisiones  
 no  se  pudieron  manifestar .  Y  todas  parecieron    
 ser  executadas  de  vn  tiro ,  y  a  este  segundo  
 hombre  no  lo  conocio  el  testigo ,  aunque  le  oyo  
 en  dha  ocasion  nonbrar  Luis  de  Morales .  Y ,  auien
do  executado  el  mandato  de  dha  justa ,  hizo  
 su  declarazon  de  la  esençia  de  dhas  heridas  
 ante  dho  esno ,  como  todas  eran  mortales ,  
 como  con  efecto  de  ellas  murio  mui  brebe  
 el  dho  Luis  de  Morales ,  y  la  que  tubo  dho  
 alguacil  mor  le  causo  su  fallecimto ;  y  en  que  de
claro  segun  su  esencia ,  y  porque  quiere  
 que  esta  y  la  que  hizo ,  a  que  se  remite ,  sea  
 y  se  entienda  ser  vna  mesma  cosa  sin  con
trabenirse  en  manera  alguna .   Y  lo  que  
 mas  saue  y  puede  decir  por  auerlo  oydo  
 publicamente  en  aquella  ocassion  que ,  
 hauiendo  pasado  dho  don  Pedro  Muñoz ,  
 alguaçil  mor ,  con  dho  don  Geronimo  de  Me
na ,  criado  del  dueño  d  esta  juridizon ,  a  re
correr  el  termino  en  el  sitio  de  la  uenta  
 que  llaman  de  Pulgar ,  que  esta  en  el  ca
mino  rl  que  de  Granada  ba  a  Loxa ,  a  el  
 anocheser  los  susodhos  abian  encontrado  
 al  dho  Luis  de  Morales ,  a  Manuel  del  Arca  
 y  Franco  de  Jaimes ,  vezo  de  Loxa ,  los  quisieron 
prender  dho  alguacil  mor  por  decir  auian  
 estado  cazando  en  la  jurisdizon  d  esta  uilla ,  que  
 esta  bedado ,  y  se  le  auian  resistido  y  alcabucea
do ,  de  que  hauian  resultado  las  dhas  muertes  
 en  la  forma  que  deja  dho ,  y  asimismo  he
rido  el  dho  don  Geronimo  de  Mena  en  vna  
 pierna ,  como  de  vn  postaso .  Y  d  esto  le  consto  
 a  el  testigo  porque  despues  de  pasados  al
gunos  dias  del  suçeso  referido  le  uio  en  la  
 yglesia  d  esta  uilla ,  quien  le  mostro  a  el  testigo  
 su  herida ,  y  por  estar  de  ella  conbalesiente  
 no  le  curo ,  y  decia  hauerse  curado  en  Aljama ,  
 en  el  conuento  de  Nuestra  Sra  de  la  Caueza ,  y  sin  
 enbargo  paso  a  dar  quenta  el  testigo  a  la  jusa  
 de  lo  que  hauia  pasado  con  dho  don  Geronimo , 
 quien  parece  se  fue  luego  de  su  retraimiento  
 sin  hauerlo  buelto  a  ber  mas ,  ni  tanpoco  a  uisto  
 a  los  demas  reos  ni  sauido  donde  puedan  es
tar ,  ni  que  tengan  vienes  algunos  por  ser  
 mozos  solteros .  Y  que  esto  es  lo  q  saue  y  puede  
 decir  en  raçon  de  dha  real  prouon ,  que  es  la  
 verdad  so  cargo  de  su  juramto .  Leiosele  este  
 dho ,  ratificose  en  el ,  encargosele  el  secre
to  y  lo  prometio ,  y  que  es  de  edad  de  quaren
ta  años .  Y  lo  firmo ,  e  yo  el  preste  ror  que  de  
 ello  doi  fee .  
  Ju  Siluestre  
 Montiel      ante  my ,  
 Saluador  Tercero  
 de  Rozas ,  ror .    
		
		
		
		
		
		 
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