GR1683D9087

Continuación del pleito sobre malos tratos dados a un niño, en la averiguación de un embarque ilegal de pasa

Fecha1683
LocalidadEspaña, Granada, Granada
ProyectoHISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833
FinanciaciónMINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021
ArchivoArchivo de la Real Chancillería de Granada
ID del manuscritoARCHGR 2243/5

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En la ciudad de Granada, a diez y ocho días del mes de diciembre de mil y seiscientos y ochenta y tres años, en cumplimiento del auto de esta otra parte, el licenciado D. José de Luque, relator en esta corte, y de este negocio y en presencia de , el escribano de cámara, recibió juramento a Dios y una cruz en forma de derecho de un hombre preso por mandado de dichos señores, su posada por cárcel, que le hizo y prometió decir verdad. Y se le preguntó y dijo lo siguiente: Preguntado por las preguntas ordinarias, dijo que se llama don Francisco Manuel de Vivar y Mena, y que es vecino y regidor de la ciudad de Vélez, y que es de edad de treinta y seis años, y esto responde. Preguntado si es verdad que habiendo tenido noticia el corregidor de la ciudad de Vélez de que en la villa de Torrox algunos vecinos de ella en su puerto embarcaban por alto gran cantidad de pasa de lejía y sol sin pagar los derechos a su majestad pertenecientes para fuera de estos reinos, le nombró a el confesante dicho corregidor como juez conservador del derecho de dos reales en cada arroba de pan a que pertenece a la dicha ciudad, y por los que pertenecen a la dicha ciudad, y asimismo por lo tocante a los cuatro unos por ciento por que la dicha ciudad esta encabezada con su majestad. Y si en virtud de dicha comisión fue el confesante a la dicha villa de Torrox y demás partes que conviniesen en compañía de don José Laso de la Vega, alguacil mayor, y de Luis de Ortega, escribano, y otras personas, a la averiguación de dichos fraudes, dijo que es cierto todo lo contenido en la pregunta. Y esto responde. Preguntado si es verdad que, prosiguiendo en las diligencias de la sumaria para dicha averiguación, examinó diferentes testigos que citaron a muchas personas de la dicha villa de Torrox, y entre ellos a Gaspar de Claramonte y Miguel de Claramonte, su hijo, de edad de doce años poco más o menos, de los cuales, en virtud de dichas citas, el dicho confesante, estando en las casas del cabildo de dicha villa de Torrox, los fue llamando; y en las declaraciones que hacían, por no decir lo que el confesante les preguntaba, los prendía y mandaba prender y remitía a la cárcel de la ciudad de Vélez; y entre ellos fueron a el dicho Gaspar de Claramonte y Miguel de Claramonte, su hijo, el cual, aunque por el confesante se le hicieron muchas preguntas y repreguntas sobre lo contenido en su comisión, había declarado no sabía nada de lo que le preguntaba, llamó a Francisco de Guzmán, su ministro alguacil, a el cual le dijo que ya que no quería decir la verdad le diese tormento. Y dicho ministro sacó de la vara que llevaba un cordelillo de trabilla, y se lo echó a una muñeca, y metió asimismo el dicho ministro la suya en dicho cordel y le fue dando vueltas con su muñeca, tirándole hacia arriba, diciéndole: Cornudo, di la verdad. Y, habiéndose quejado mucho el dicho Miguel de Claramonte diciendo que por la Virgen Santísima le dejasen, que él no sabía nada de lo que le preguntaban, habiéndolo tenido un gran rato en lo contenido, se mandó por dicho confesante que dicho ministro le llevase a la cárcel, como con efecto lo hizo; y de allí se remitió a la cárcel de la ciudad de Vélez, dijo que lo que pasa es que, en cumplimiento de su comisión y continuando la sumaria que se le encargó, habiendo sido citados en ella los dichos Gaspar y Miguel de Claramonte, padre y hijo, y los hizo llamar para examinarlos juntamente con los demás testigos citados y de que se quiso valer para dicha sumaria. Y los hizo examinar como consta de la sumaria que sobre ello hizo, a que se remite, poniendo en ella lo que depusieron. Y, por no haber contestado la cita el dicho Gaspar de Claramonte y otros, los hacía poner en la cárcel, haciendo a el dicho Francisco de Guzmán, alguacil, que los asegurase para llevarlos a la dicha cárcel, por ser preciso que habían de pasar por la puerta de la iglesia de la dicha villa. Y, para dicha seguridad, el dicho ministro, trayendo como traía por ser cuadrillero de la santa hermandad un cordel del gordor del grueso de un dedo, afianzando a los que llevaban presos; y se lo echó a todos los que se mandaron prender, y entre ellos a el dicho Miguel de Claramonte sin hacerle vejación, antes se salió riendo de las casas de cabildo desde donde lo llevaban a la dicha cárcel, desde donde los hizo llevar por mano de los alcaldes de la dicha villa de Vélez Torrox a disposición de el corregidor de la dicha ciudad de Vélez; a el cual sobre lo contenido en dicha pregunta hizo sumaria y diligencias a que se remite. Y esto confiesa y lo demás niega. Y responde. Preguntado como niega el haberle hecho dar tormento a el dicho Miguel de Claramonte, siendo así que por causa de habérselo dado, a el tiempo y cuando le sacaron de las casas del cabildo se desmayó junto a la puerta de ellas; y, reconociendo lo referido, el ministro que lo llevaba para poderlo entrar en la cárcel le cogió debajo del brazo y lo llevó por dicho lugar hasta la dicha prisión, ocasionando con esto nota y escándalo en dicha villa, y a que la madre del dicho Miguel de Claramonte saliese por ella en cuerpo dando voces diciendo que si no había justicia en la tierra que del cielo vendría; hasta llegar a la plaza donde ocurrió mucha gente a las voces que daba, ocasionando con ello a que se amotinase dicho lugar, dijo que niega todo lo contenido en dicha pregunta y dice lo que dicho tiene, y esto responde. Preguntado si el confesante y los demás sus compañeros, yendo por el puerto de dicha villa de Torrox, llegando a las barcas de pescar de Francisco el genovés, estando en ellas José Aldo, natural de los Ogíjares le llamó el confesante para examinarlo sin ser citado en razón de la dicha su comisión; y habiéndole hecho algunas preguntas y repreguntas, y respondido no sabía cosa alguna de lo que se le preguntaba, llamó el confesante a uno de los compañeros que llebaba consigo y le dijo: Métale a ese los dedos en la llave de la escopeta, que ahí lo dirá. Y habiéndole metido en ella el dedo pulgar de la mano izquierda en el gato de la llave le apretó el tornillo. Y, dándole tormento, y como le dolía mucho, decía le dejasen por amor de Dios, que él no sabía nada. Y, habiéndole hecho otras preguntas y respondían no sabía nada de lo que se le decía, mandó el confesante le quitasen el dedo de dicha llave y lo llevasen preso a la villa de Torrox. Y llegando cerca del ingenio le soltaron y le dijeron que no parase más en aquella villa, porque si paraba le habían de mandar ahorcar llevándole preso y maniatado, con un cordel volatín atadas las manos, y diciéndole que a lo menos le habían de echar a galeras. Dijo que, continuando la sumaria, visitando la playa llegó a un sitio que llaman el Cerro de Lagos, donde estaba una barca de pescar. Y examinó a el dicho don José Aldo y a otro su compañero, guardas de la dicha barca, que sin premio alguno dijeron lo que consta de sus dichos, a que se remite y niega lo demás contenido en la pregunta por ser incierto. Y esto responde. Y en este estado se quedó esta confesión para proseguirlo cada que convenga. Y lo firmó el confesante y el dicho relator, y yo el presente escribano de cámara, que de ello doy fe. Licenciado D. José de Luque Mesa y Godoy Francisco Muñoz de Vivar y Mena ante , Baltasar de Rojas En la ciudad de Granada, a veinte y dos días de el mes de diciembre de mil y seiscientos y ochenta y tres años, en cumplimiento de el auto de esta otra parte, el licenciado don José de Luque, relator en esta chancillería, por ante el presente escribano de cámara, recibió juramento a Dios y una cruz en forma de derecho de un hombre preso por esta causa. Y habiendo jurado prometió decir verdad, y se le preguntó, y dijo lo siguiente: Preguntado por las preguntas ordinarias, dijo que se llama don José Laso de la Vega y que es vecino y regidor, y ha sido alguacil mayor de la ciudad de Vélez, y de edad de treinta y tres años. Y esto responde. Preguntado si es verdad que el confesante, en virtud de comisión de el corregidor de la dicha ciudad de Vélez y ciudad de ella, en compañía de don Francisco Vivar y Luis de Ortega, escribano de ella, fueron a la villa de Torrox y otras partes a la averiguación de diferentes cantidades de pasa de sol y lejía que por alto se habían embarcado sin pagar los derechos a su majestad pertenecientes, dijo que es cierto lo contenido en la pregunta, y esto responde. Preguntado si es verdad que, en virtud de dicha comisión, en la villa de Torrox y su playa se examinaron diferentes testigos sobre la comprobación de lo contenido en la pregunta antes de esta, los cuales citaron a otros que, habiéndose traído por los alcaldes de la dicha villa para examinarlos en virtud de dichas citas, por no decir ni contestar en ellas se mandaron prender en la cárcel de la dicha villa de Torrox, y de allí remitirse a la de la ciudad de Vélez; y entre ellos fue a Gaspar de Claramonte y Miguel de Claramonte, su hijo menor, a el cual, habiéndole leído la cita y dicho no sabía cosa alguna de lo en ella contenido; y aunque se le hicieron muchas preguntas y repreguntas no dijo más de lo que tenía dicho, por lo cual se mandó por el confesante a uno de los ministros que venían en su compañía sacase un cordel que traía consigo y se lo echase a una muñeca y le apretase hasta que dijese la verdad; como con efecto lo hizo dicho ministro metiéndole dicho cordel en la mano izquierda, y dicho ministro su muñeca, y dándole vueltas y tirones hacia arriba a dicho Miguel de Claramonte diciéndole: Cornudo, di la verdad porque si no te han de llevar a la ciudad de Vélez, donde te se dará tormento y te echarán a galeras. Y, reconociendo que no decía cosa alguna, mandó el confesante y demás compañeros le llevasen preso a la cárcel de dicha villa para que de allí se llevase a la ciudad de Vélez, dijo que es cierto el que, en virtud de las citas que por los testigos se habían hecho, entre otros fueron el dicho Gaspar de Claramonte y Miguel de Claramonte, su hijo, a el cual, habiéndole leído la cita y por haber dicho no sabía nada mandó el confesante a Francisco Guzmán, cuadrillero de la santa hermandad, que traían consigo que llevase preso a el dicho Miguel de Claramonte asegurado por que no se entrase en la iglesia que estaba inmediata a las casas de cabildo donde lo estaban examinando. Y dicho alguacil, para asegurarlo, le echó un cordelillo en la muñeca izquierda que traía consigo y de que usa como ministro de la hermandad, y lo llevó preso sin que el dicho Miguel de Claramonte hiciese demostración alguna de quejarse hasta que llegó a la puerta de la cárcel, donde empezó a dar gritos pareciéndole que la prisión iba de veras, y se dejó caer en el suelo, a cuya ocasión se asomó a las casas de cabildo desde donde se ve dicha cárcel, y le dijo a dicho ministro lo entrase en ella. Y con efecto lo entró asido de un brazo, y esto confiesa y lo demás niega. Y esto responde. Preguntado como niega el confesante el no haberle dado tormento a el dicho Miguel de Claramonte, siendo así que dentro de la sala de dichas casas de cabildo dio muchas voces el susodicho cuando le apretaban dicho cordel, y a el tiempo que salió de la dicha casa de cabildo se desmayó y le fue preciso a el ministro cogerle bajo de el brazo a el dicho Miguel de Claramonte y llevarlo a dicha cárcel, por lo cual dio mucha nota y escándalo en dicha villa, y ocasión a que la madre de el susodicho saliese por las calles de la dicha villa dando voces hasta que llegó a la plaza de ella, donde dijo dando muchos gritos y llorando que, pues que no había justicia en la tierra que remediasen lo que estaban haciendo con su hijo, que viniese del cielo que le castigasen, de que se ocasionó mucha nota y escándalo en la dicha villa, que estuvo a pique de amotinarse; dijo que niega lo contenido en la pregunta y solo dice lo que tiene dicho. Y esto responde. Preguntado si el confesante y sus compañeros, yendo visitando la playa de dicha villa llegaron a la barca de Francisco el genovés, que estaba en la playa de Lagos, donde hallaron un muchacho que se llama José Aldo, a el cual, habiéndolo llamado y examinado en razón de lo contenido en su comisión, porque no dijo lo que quería el confesante y los demás sus compañeros le dijeron que pues no lo decía le harían que lo dijese, dándole tormento. Y con efecto lo hicieron poner el dedo pulgar de la mano izquierda en el gatillo de la llave de la escopeta y le apretaron el tornillo apretandole dicho dedo, a que dio muchos gritos pidiendo que por amor de Dios que lo dejasen, que él no sabía nada, y le quitaron después de haberle atormentado diciendo que le habían de ahorcar, y le maniataron con unos cordeles y le llevaron preso hacia el castillo de dicha villa. Y, habiendo llegado cerca de él le mandaron soltar diciéndole se fuese y no parase en aquella tierra, porque si lo hacía le habían de llevar a Vélez, ponerle en un potro y echar a galeras, dijo que que es verdad que bajaron a la dicha playa, donde examinaron diferentes testigos sin fuerza ni violencia alguna, y no se acuerda de los nombres de los que se examinaron, sobre que se remite a los autos. Y esto es la verdad y lo demás niega. Y por ahora se quedó esta confesión en este estado para proseguirla cada que convenga, lo cual dijo ser la verdad so cargo de su juramento. Y lo firmó, y dicho receptor y yo, el presente escribano de cámara, que de ello doy fe. Testado. examinarlo si es verdad Licenciado Don José de Luque Mesa y Godoy Don José Laso de la Vega ante Baltasar de Rojas Torrox Año de 1683 Traslado de la sumaria información hecha de pedimento de Gaspar de Claramonte, vecino de la villa de Torrox como padre y legítimo administrador de Miguel de Claramonte, su hijo. Contra don Francisco de Vivar, regidor de la ciudad de Vélez; don José Laso de la Vega, alguacil mayor, y Luis de Ortega, escribano del número de la dicha ciudad en razón de los malos tratamientos que hicieron al dicho Miguel de Claramonte y otros vecinos de la dicha villa. Por ante Alonso Pérez Pelayo, receptor. escribano Baltasar de Rosales [1] no puede ser que mi padre haya dicho eso porque no tenemos borricos ni mi padre ha visto nada de eso ni lo ha sabido; porque yo he andado con él y si mi padre lo hubiera visto, lo hubiera visto yo también. Que eso lo dicen ustedes porque yo diga lo que no ; a que dijeron: a fe que vienes bien aleccionado. Y entonces el dicho don Francisco de Vivar dijo: denle tormento que él confesará; y el dicho Francisco de Guzmán sacó un cordel de trabilla que lo tenía liado en la vara de alguacil y se lo puso a este declarante en la muñeca izquierda, y lo asió a la suya y le dio bueltas alrrededor leuantando en peso haçia arriba a este declarante, diçiendole: cornudo, di la uerdad, que aora lo dijo tu padre. A que rrespondio: Señores, yo no se nada. Dexenme vstedes, por amor de Dios, que me lastima vsted mucho. Y entonces el dho Françisco de Guzman le asio las dos muñecas con el dho cordel y metio la suya en medio rretorciendo el dho cordel, y dandole bueltas, lebantando a este declarante, enpeso haçia arriba que le quebraua las muñecas, y biendolo mucho que le lastimauan les dijo que como Dios estaua en los çielos, era berdad que no sauia nada de lo que le preguntauan, y que lo dexasen por amor de Dios. Y como le apretauan mas y no lo querian soltar, enpeço a llorar y dar gritos y entonçes el dho Françisco de Guzman le echo las manos por detras de la caueça y se las apreto con el dho cordel lastimandole mucho a este declarante diçiendole: cornudo, di la uerdad. Y como no tenia ni sauia que deçir, dijo el dho don Ffrançisco de Uibar: Lleuenlo a la carçel con su padre; y lo lleuaron arrastrando a la carçel de esta uilla asido de las muñecas el dho Françisco de Guzman y otro ministro. Y el dia siguiente a este, declarante y al dho su padre los sacaron de la carçel de esta uilla; y en la puerta d ella, al que le llamauan alguaçil mayor le oyo decir este declarante: es este el de el tormento, pues uayan a Belez que alla ay potros, chico y grande, y les hara cantar echando vn por vida de Dios. Y a este declarante se le hiçieron cardenales en las muñecas de lo que le auian apretado, de fforma que se le desollaron y mudo el pellejo. Y los lleuaron presos a la carçel de la çiudad de Uelez donde los tubieron ocho dias, y el dicho alguaçil mayor dixo asimesmo en la puerta de la carçel de esta uilla que si este declarante ffuera mayor auia de hacer el cordel de quatro dobleçes y auia de haçer vn hecho que fuera sonado, y que no saue otra cosa y que esto que a dho es la uerdad debaxo de la ffe y creencia que tiene declarado, y no ffirmo porq dijo no sauia, de que doy ffee. Ante mi Alonso Perez Pelayo Ror. 5d300 ms E yo el dho Alonso Perez Pelayo, receptor del Rey Nro Señor y del no de la Rreal Chanza de Granada presente, fuy a la presentazion, juramento y exsamen de los testigos d esta ynformazion y demas autos que de mi se hace menzion, y hiçe sacar este traslado en treynta y zinco foxas con esta primo y vultimo pliego del sello segdo, y lo del yntermo comun como va su orixinal con quien concuerda que e de entregar en el archiuo de dha rl audiençia. Y montaron mis salarios de siete dias que me ocupe en ella y en sacar este traslado con el arrodeo del camino quatro mill y novezientos mrs, a raçon de a setezos cada vno, los quales e reziuido y cobrado del dho Gaspr de Claramonte, a cuyo pedimto se hizo por mano de Barme Ximenez, residente en esta uia. Con mas quatrozientos ms del papel sellado y comun del Rexo y saca de dha sumaria por auerlo yo puesto, como parecera de la certificacion q e de otorgar en la çiud de Velez por no auer al presste escriuo en esta uia de Torrox. Y en fee de ello lo signe y firme en ella en zinco dias del mes de novienbre de mill y seiszientos y ochenta y tres años. En testimonio de verdad. Alonso Perez Pelayo, Ror

Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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