
Entrego de
alhajas a don Sancho de
Córdoba
En la villa de Cáceres, a tres días
del mes de noviembre de mil y
seiscientos y ocho años, por ante mí, el escribano
público y testigos aquí contenidos pareció doña
Juana de Ulloa Carvajal, viuda del señor
don Francisco de Córdoba y Guzmán, difunto,
señores que don Sancho de Córdoba y
Guzmán, su hijo, de quien ha sido curado
está casado
y le ha pedido le diese y entregase
estas alhajas y preseas de casa para
que y servicio que son las que aquí
irán declaradas y que las recibirá para
en cuenta y parte de pago de lo que
hubiere de haber y le perteneciere
de los bienes de su padre, y no le
perteneciendo por otra vía a lo que así de ellas
condicionalmente los pagará en
su justo valor según la tasación que de
ellas se hiciere por las personas
que hubieren de hacer la separación
y partija que se tiene de hacer de los
bienes que quedaron y fincaron por fin
y muerte de dicho su padre, y así
declaró que esto le dio y entregó las dichas
alhajas y cosas, que son las siguientes:
Una cama que son tres colchones con dos
sábanas y fundas de dos almohadas
y una colcha de tafetán azul vieja.
Un repostero de armas viejo.
Una mesa de nogal con su pie, buena.
Un escritorio de nogal.
Un bufete de nogal.
Dos bancas de nogal buenas.
Seis sillas imperiales.
Un salero de plata.
Una mesa de manteles romanescos.
Dos servilletas.

Un sello de armas del dicho don Sancho de
Un cuchillo de mesa.
Una caldera grande para la fro.
Cuatro cojines de terciopelo
carmesí con los quelos de cuero.
Una estera mediana de las de para
estrado.
Cuatro cofres , los dos que
le mandó su padre en su testamento y los
dos se compraron de la almoneda de don
Ulloa Carvajal por diez ducados.
Una arquilla blanca de pino.
Otro escritorio que se hubo del cura de
Monroy, con su pie de mesa.
Cinco paños tapiello traídos de figuras.
Una cama azul de paño fino traída.
De los cuales dicho bienes y
alhajas el dicho señor don Sancho de Córdoba y Guzmán
se dio por contento y entregado a
toda su voluntad por derecho haberlo
todo recibido realmente y con efecto,
y por no parece el entrego
y recibo renunció la excepción de
la cosa no vista y las dos leyes de
la prueba de la entrega.
Ítem, el entrego un cuchillo para cortar
plumas.
Una salvadera y un polvorín de
cuerno.