BU1753O2853
Testamento de D. Santiago Ruiz de la Puente, capellán sirviente en el lugar de Arroyal
Fecha | 1753 |
Localidad | España, Burgos, Arroyal |
Proyecto | CORDEREGRA: Corpus diacrónico del español del reino de Granada. 1492-1833 |
Financiación | Junta de Andalucía/FEDER: P09-HUM 4466, 2009-2014 |
Archivo | Archivo Histórico Provincial de Burgos |
ID del manuscrito | AHPBU 8308 |
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In Dei nomine, Amén.
Notorio sea a todos los que esta
escritura de testamento vieren cómo yo, don
Santiago Ruiz de la Puente, natural del lugar
de Pesquera, jurisdicción de la villa de Sedano,
capellán en propiedad en el lugar de Cigüenza,
cerca de Villarcayo, y capellán sirviente en
este lugar de Arroyal, estando enfermo de
enfermedad corporal y en mi juicio y
entendimiento natural tal cual Dios fue servido
de me dar, y queriendo estar dispuesto para
cuando la voluntad de su Majestad fuere
servido de llevarme de esta presente vida,
creyendo como firmemente creo y confieso
todo lo que la Santa Iglesia Romana cree
y confiesa, en cuya fe y creencia protesto
vivir y morir como fiel y católico cristiano;
y tomando como tomo por mi intercesora y
abogada a la Reina de los Ángeles, María
Santísima, Madre de mi Señor Jesucristo,
a quien humildemente pido que quiera rogar
me perdone mis pecados y lleve mi ánima
a puerto de salvación cuando de este mundo
partiere y a honor y reverencia de todos los
santos y santas de la corte celestial,
otorgo y conozco por esta presente carta
que hago y ordeno este mi testamento,
última y postrimera voluntad en la forma
y manera siguiente:
Primeramente, encomiendo mi alma a
Nuestro Señor Jesucristo que la redimió con
su preciosísima sangre, el cuerpo a la
tierra de que fue formado, el que mandó que
cuando fuere la voluntad de Dios de llevarme
de esta vida sea sepultado en la iglesia
parroquial de dicho lugar de Arroyal en la
capilla mayor junto a la sepultura que está
enterrada mi prima Manuela Ruiz de la
Puente si hubiere lugar y si no a la
disposición de mis cabezaleros.
Ítem es mi voluntad que el día de mi
fallecimiento, siendo hora competente se me
entierre con misa cantada y nocturna,
con asistencia del señor don Francisco de el
Castillo, cura y beneficiado en el expresado
de Arroyal, y don Agustín Gutiérrez, don
José García, beneficiados en el de
Quintanadueñas, y don Francisco de Bárcena, beneficiado en el
de Sotragero, y don Manuel Arnaiz, beneficiado
en el de Rioseras, y don Manuel Gutiérrez,
beneficiado en el lugar de Ubierna.
Ítem mando se digan por mi alma dos
días de honras y uno de cabo de año con
y se les dé a comer, y doce misas a cada uno a
dos reales de limosna por cada una.
Ítem es mi voluntad se me diga por mi
alma un novenario de misas cantadas por los beneficiados
de dicho lugar de Arroyal y se paguen sus derechos.
Ítem es mi voluntad se digan por mi alma
doscientas y cuarenta misas rezadas a dos reales
de limosna por cada una, además de las
expresadas y a disposición de mis cabezaleros.
Ítem mando se pague al hospital de San Juan
de la ciudad de Burgos un florín.
Ítem mando a la casa santa de Jerusalén
seis reales vellón por una vez y se paguen las
séptimas acostumbradas.
Ítem mando que luego que muera se compre
una bula de difuntos.
Ítem mando que en el año de mi fallecimiento se
ponga todos los días en mi sepultura una tabla
de cera y a los días de fiesta una vela, tabla
y un panecillo, para lo cual dejó que asista a dicha
sepultura Ildefonsa de Villanueva, mujer de Manuel
del Cerro, vecinos del dicho de Arroyal, a quien mando
por su trabajo dos fanegas de trigo álaga y una
fanega por los panecillos que ha de poner en mi
sepultura los días festivos, y veinte reales para responsos.
Ítem mando se me entierre con la cofradía de la
Cruz, pidiendo la entrada de hermano, pagando
los derechos acostumbrados.
Ítem mando al convento y religiosos de San
Esteban de los Olmos, cien reales vellón por
una vez para que me encomienden a Dios.
Ítem mando a mi sobrino Santiago
Ruiz de la Puente dos colchas, la una
afelpada y otra de lino.
Ítem mando a mis sobrinas María
y Manuela Ruiz de la Puente, hijas de José
Ruiz de la Puente, mi hermano, ya
difunto, a trescientos reales vellón por una vez
a cada una.
Ítem mando a Juan Ruiz, hijo de
Ángela Ruiz, difunta, mi sobrina, que se le
vista a uso de la tierra por una vez como
es casaca, chupa, calzones, medias, zapatos
y montera, todo de buriel.
Ítem mando a María Ruiz de la
Puente, mi criada, cien reales vellón por
una vez, dos sábanas, dos lenzuelos, un
cobertor azul y dos almohadas, y la mitad
de la cecina y tocino y legumbres que
que hubiere en casa estando en mi servicio el
día de mi fallecimiento, y se le pague la soldada
que tuviese ganada.
Ítem mando a Juana Ruiz, mi parienta,
viuda y vecina del lugar de Ubierna, la otra
mitad de cecina y tocino y legumbres, un pajero,
una manta, dos lenzuelos y una talega llena
de harina de comuña que está en casa.
Ítem mando que el señor don Francisco
Cristóbal del Castillo y Velasco arriba
mencionado asista con los demás
sacerdotes a comer y se le paguen sus derechos
por entero.
Ítem mando a Manuel del Cerro,
vecino de dicho lugar de Arroyal, doce reales
por que toque a muerto los días de el
novenario, honras y cabo de año.
Ítem mando se cobren las deudas a mi
favor y se pague lo que estuviere debiendo.
Legenda: | Expansión • Conjetura • Tachado • Adición • Restitución • Sic |
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