Testamto
                
 En el nombre de Dios todopoderoso. Sea no
torio por esta publica escripra de testamento, ultima
                
 y postrimera voluntad, como yo, Maria Suarez, vezina
                
 y natural d esta çiud de Badajoz, viuda de Barme 
                
 Lobo, labrador, natural asimismo que fue d esta
                
 çiud, estando enferma en la cama, pero en todo mi
                
 juicio y entendimiento natural, el qual Dios, Nro
                
 Sor a sido seruido, deme dar, creyendo como firme
mente creo, el misterio de la Sanma Trenidad, Padre
                
 Hijo y Espiritu Santo, tres personas distintas y vn solo
                
 dios verdadero y en Nro Sor Jesuxpto sacramentado,
                
 y en todo lo demas q tiene, cree y confiesa nra Sta ma
dre Yglesia de Roma, en cuya catholica creençia
                
 e biuido y protesto vibir y morir como catholica y fiel
                
 xpriana, tomando como tomo por mi ynterzesora
                
 y abogada a la gloriosa y siempre  virjen Maria
                
 madre de Dios, reyna de los anjales y señora nra
                
 para que ynterzeda con su preçiosisimo hijo
                
 Nro Sor Jesuxpto, me perdone mis pecados y ponga
                
 mi alma en carrera de salbaçion, temiendome
                
 de la muerte, que es cosa natural a toda criatura,
                
 hago y otorgo mi testmto, vltima y postrimera
                
 voluntad en la forma y manera 
            
            
                
                    
 Primeramte, encomiendo mi alma a Dios, Nro Sor,
                    
 que la crio y redimio con su preçiosisima sangre, muerte
                    
 y pasiçion, y el cuerpo a la tierra de q fue formado.
                    
 Mando que en siendo Nro Sor seruido de lleuarme
                    
 d esta preste vida, mi cuerpo sea sepultado en la Yga
                    
 Cathedral d esta çiud, en sepoltura propia que esta
                    
 a la puerta de la capilla de las reliquias, y quiero
                    
 ser amortajado en el auito de Nro Padre San Franco,
                    
 y vengan a mi entierro el cura y cruz de mi parrochia
                    
 y doze capellanes del coro y la comunidad de relijiosos
                    
 de Sn Agustin d esta çiud y alumbren la sta cruz seis hachas
                    
 de sera amarilla, y por todo ello se pague la limosna
                    
 acostumbrada.
                    
 Mando que el dia de mi entierro, si fuese a oras
                    
 y, si no, el sigte, se me diga misa cantada de cuerpo
                    
 preste, y por ello se pague la limosna acostumbrada.
                    
 Mando a la sera del ssmo sacramento, casa sta de
                    
 Jerusalen y redençion de cautibos a medio real
                    
 de cada cosa, y a las hermitas acostumbradas a ocho
                    
 rs, y esto por una vez.
                    
 Mando se digan por mi alma dozientas misas
                    
 rezadas y por el anima de dho mi marido çiento,
                    
 y por las animas de mis padres Martin Lorenjo
                    
 y Maria Suarez, y de mis hijos Barme Martin
                    
 y Cathalina Hernandez, todos difuntos, otras
                    
 ziento, y por penitençias mal cumplidas,
                    
 cargos de cozençia y animas de purgatorio
                    
 veinte, y por todas se pague la limosna acos
tumbrada 
                
            
            
                
 le toca, quiero y es mi uoluntad
                
 se digan en las parttes y por los sazerdotes q
                
 a mis albazeas pareçieren y gustasen sin que
                
 ningun juez ni prelado con pretesto alguno se lo
                
 ympida ni entrare, que asi es mi uoluntad y mdo
                
 se cumpla.
                
 Declaro tengo por bienes mios propios los sigtes:
                
 Vn bernagal de plata con dos azas, mediano.
                
 Seis cucharas de plata nuebas de cauo redondo,
                
 todas de vna misma hechura.
                
 Otras seis cucharas de plata viejas, las tres
                
 de vna hechura y otras tres de otra.
                
 Vnas arrecadas de oro nuebas con su lazada
                
 de aljofar menudo y dos pendientes en cada
                
 lazada y ocho en las ptes de auajo.
                
 Una gargantilla de aljofar menudo, con quinze
                
 estremos de filigrana de oro y abajo por remate
                
 vna nra sa de oro con vn niño y tres pendientes
                
 de los de a dos granos y el del medio con uno.
                
 Una cruzita de cristal con estremos de plata
                
 dorada y tres pendientes de a dos perlas con una
                
 ymajen de vn sto Xpto pintada en el mismo
                
 cristal.
                
 Vna cruzita de oro de vn lado vn ynrri y de otro
                
 vna lauza pintada.
                
 Seis sortijas de oro, la vna sin piedra, otras
                
 en lugar de piedra quatro esmeralditas , otras
                
 con vna piedra colorada, otra çinco piedras
                
 coloradas, otra una piedra blanca 
                
 piedras blancas.
            
            
            
                
 Unas manillas, los estremos de azabache 
                
 y otras quentas doradas.
                
 Un corazon de faza y con estremos de plata.
                
 Un rosario de cristal con la cruz de plata do
rada y siete padres nros de plata dorada y
                
 por medallas una cruçita de plata y una
                
 calabera de plata y una medalla de Sn Franco
                
 y una Conzepon.
                
 Vn rosario pequeño de madera engastado
                
 en vna cadenita y vna medalla de Nra Sa de
                
 Guadalupe de plata.
                
 Un rosario de madera engastado en trenzas
                
 de seda berde.
                
 Una bolsa de punto de seda asul bordada.
                
 Un abanico de razo.
                
 Dos avjas de plata y un escarbador.
                
 Dos tocas de seda, una con puntas y otra sin ellas.
                
 Quatro tocas de ylado fino.
                
 Un manto de zeda con puntas.
                
 Un espejo pequeño, el marco con figuras so
bredorado.
                
 Mas ueinte y siete varas de lienzo en quatro
                
 o çinco pedazos fino.
                
 Dos almoadas traydas.
                
 Mas otras cinco almoadas de lienzo uasto
                
 nuebas.
                
 Mas dos toallas de morles con puntas
                
 .
            
            
            
                
 Vna toalla de lienzo fino sin puntas.
                
 Diez varas y media de manteles.
                
 Vna entrecama de tres baras.
                
 Tres sauanas nuebas de lienzo, vna con las pegaduras
                
 de red.
                
 Un talay y mangas de tela asul antiguas.
                
 Unas medias asules de seda antiguas.
                
 Una casaca de mujer de dos tafetanes asul
                
 y colorado, con botones dorados.
                
 Una basquiña de ormesi aforrada en tafetan
                
 blanquisco, de color noguerado.
                
 Una basquiña de damasco negra aforrada
                
 en esterlin colorado.
                
 Un trabesero de lienzo fino con encajes de ta
fetan colorado y re antigua.
                
 Un trabesero de lienzo fino mas pequeño
                
 con labor colorada.
                
 Quatro almoadas, dos hermanas de vn
                
 trabesero y las otras dos hermanas de otro.
                
 Otro trabesero de lienzo fino con labor colorada.
                
 Una toalla de lienzo con puntas de pita an
tiguas.
                
 Otra de lienzo basto con puntas de dos colores.
                
 Tres almoadas de lienzo basto, las dos labradas.
                
 Una toalla de lienzo basto con fluecos .
                
 Ocho seruilletas bastas .
            
            
            
                
 Seis seruilletas finas.
                
 Unos manteles ya labados.
                
 Quatro sauanas bastas.
                
 Dos pares de enaguas blancas de mujer ya
                
 traydas.
                
 Una camisa de mujer, las mangas nuebas.
                
 Otra camisa de mujer de lienzo fino con sus
                
 puntas.
                
 Otra camisa traida y las mangas nuebas.
                
 Dos camisas bastas de ombre y unos calsones.
                
 Otra camisa de mujer con bueltas antiguas.
                
 Otra camisa de mujer con la labor negra.
                
 Un cabezon de lienzo labrado de negro.
                
 Una camisa de mujer basta uieja.
                
 Otra del mismo jenero.
                
 Dos camisas de mujer con balonas.
                
 Çinco pedazos de lienzo de ocho baras y
                
 media cada vno, poco mas o menos.
                
 Vn cofre grande uiejo en que esta todo esto
                
 en casa del lizdo Franco Maero de Antes, presuo
                
 sacristan de la sta Yga Cathedral d esta dha
                
 çiud.
                
 Vn ofiçio de procurador del numero d esta
                
 çiud perpetuo, con titulo en caueza del dho
                
 Martin Lorenzo, mi padre, q la partte
                
  su fin y muerte le pudo tocar
            
             
            
                
 del a, Beatriz Gomez, mi hermana, se la com
pramos yo y Martin Lorenzo, mi hermo, por escripra
                
 q paso ante Pedro de Tobar, sno que fue del
                
 numo d esta çiud, y dho mi hermano pr su fin y 
                
 muerte me quedo por su heredera, como constara
                
 del stado del testamto que tengo en 
                
 que paso ante Matheo Lucas, sno que fue del dho numo.
                
 Vna tierra al sitio de Sn Miguel, termo d esta çiud,
                
 q hara dos fanegas de trigo en sembradura, poco
                
 mas o menos, q la erede por muerte del dho Mrn
                
 Lorenzo, mi hermano, qn lo heredo de dhos nros
                
 padres, con la carga de nuebe rs perpetuos
                
  en cada vn año, q al preste se pagan al lizdo
                
 Lorenzo del Aguila, presuo, ueo d esta dha çiud,
                
 y el dho ofio de procurador contenido en la
                
 clausula antezedente no tiene penzion ni carga
                
 alguna; y la dha tierra linda por el lado
                
 d esta çiud con camino de la mizericordia que va
                
 a San Miguel, y por el lado del oliba con sesmo
                
 q senbentia de aquellas eredades y por el lado
                
  azia el camino de Talauera con tierras de la
                
 misericordia y otros linderos.
                
 Asimismo, tengo en las casas de mi morada,
                
 en la calle de Arjona otros algunos bienes,
                
 declarolo para q conste y q se 
                
 los que son por mis albazeas.
                
 Declaro no me acuerdo deuer .