BA1651I7054

Carta de pago de dote de Catalina Manuel por parte de su madre doña Beatriz Manuel

Fecha1651
LocalidadEspaña, Badajoz, Badajoz
ProyectoCORTENEX: Corpus de textos notariales extremeños (siglos XVI y XVII)
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Badajoz
ID del manuscritoAHPB PN/223

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Carta de pago de dote En la ciudad de Badajoz a ocho días del mes de noviembre de mil y seiscientos y cincuenta y un años, ante , el escribano, pareció el capitán don Matías Boza de Lima, vecino de esta ciudad y dijo que a el tiempo y cuando se trató casamiento entre dicho otorgante y doña Beatriz Catalina Manuel, la doña Beatriz Manuel, su señora y suegra, le prometió en dote y casamiento con dicha doña Catalina Manuel, su hija, le prometió mil y quientos ducados en joyas de oro y plata y en unas casas y demás bienes que valgan dicha cantidad, como consta de la escritura de promesa que se otorgó ante el presente escribano en seis de septiembre pasado, de este presente, y en virtud de dicha promesa dichos otorgante y doña Catalina Manuel, su esposa, se han casado y lo están de presente a servicio de Dios, Nuestro Señor, y en orden al cumplimiento de dicha promesa, dicha doña Beatriz Manuel le y dicho otorgante recibí los bienes siguientes: Unas casas de morada en esta ciudad, en la calle que dicen de Miguel de Mendoza, lindan con casas de Alonso López de Meneses, escribano, y con casas que fueron de dicho Miguel de Mendoza,

tasada en cuatrocientos ducados con las pensiones que tiene. Una fuente de plata dorada y esmaltada de azul, que pesa ochenta y tres onzas, que reducidas a doce reales de vellón, que es a como hoy corre, hacen novecientos y noventa y seis reales. Una jarra de plata sobredorada y esmaltada que pesó treinta y una onza de plata, que reducidas a vellón a doce reales de cuartos cada onza, monta trescientos y setenta y dos reales. Un plato mediano de plata llano que pesa treinta y ocho onzas, que reducidas a vellón, montan cuatrocientos y cincuenta y seis reales. Una salvilla de pie alto de plata que pesó veinte y dos onzas, que reducidas a vellón hacen doscientos y sesenta y cuatro reales. Un rosario de perlas con esmaltes y extremos y cruz de oro, que según el peso y valor, lo pesó y tasó Juan Macías, platero, vecino de esta ciudad, que ha hecho y hace la tasación de las piezas de plata y oro de esta escritura

en mil doscientos y setenta y dos reales de vellón. Una cruz de cristal engastado de oro, en ciento y cincuenta reales de vellón. Un rosario con extremos y cruz de oro tasado en cien reales de vellón. Una pera de ámbar engastada en oro en trescientos reales de vellón tasada. Doce sábanas de lienzo fino tasadas cada una en ochenta reales, montan novecientos y sesenta reales. Ocho mesas de manteles y tres docenas de servilletas, tasado todo en seiscientos y ochenta y ocho reales. Dos toallas de cambray y seis de lienzo fino, tasadas en ciento y ochenta reales. Una cama de tafetán carmesí doble en mil reales. Ocho almohadas de terciopelo y dos de brocatel, tasadas todas diez en seiscientos reales. Un cobertor de cochinilla con fajas de terciopelo, tasado en doscientos reales. Una colcha blanca de montería tasada en seiscientos reales. Otra colcha de raso de la India

colchada en treinta ducados. Una alfombra tasada en treinta ducados. Otra alfombra grande tasada en veinte ducados. Una cama de granadillo con remates de bronce dorado, tasada en seiscientos reales. Cuatro colchones de lienzo llenos de lana tasados en cuatrocientos reales. Cinco almohadas y dos cabeceros de holanda con lana en cien reales. Dos contadores de ébano y marfil y otro pequeño de la China, tasado todos tres en quinientos reales. Un escritorio grande en cien reales. Un bufete con dos gavetas en sesenta y seis reales. Otro bufete alto, grande, tasado en cuarenta reales. Dos sillas grandes y dos taburetes tasado todo en seis ducados. Cuatro arcas grandes de la India, tasadas en cincuenta ducados. Un brasero con su bacía en cien reales. Una bacía grande de azófar y otras dos pequeñas, en doscientos reales. Un calentador y un tacho grande, una sartén, perol y dos cazos, tasado

todo en ciento y veinte reales. Una cama de madera entera en cien reales. Una artesa con su banca en treinta reales. Un cofre encorado y un baúl nuevos tasados en doscientos y diez y seis reales. Que en dichas partidas suman y montan diez y seis mil y quinientos reales, y dicho capitán don Matías Boza de Lima confesó que dichos bienes están tasados en sus justos valores por personas puestas por el susodicho a su contento y satisfacción, sin fraude alguno, y dichos bienes recibió a su poder dicho otorgante en presencia de , el escribano, y testigos, de que hago fe, y en la casa y su valor le dio por entregado a su voluntad, sobre que renuncia las leyes de la cosa no vista y entrega y dichos bienes recibe de dicha doña Beatriz Manuel, su señora y suegra, en dote y para dote con dicha doña Catalina Manuel, su esposa, y se obliga a que cada y cuando que dicho matrimonio sea disuelto o separado por muerte, divorcio o en otra manera, volverá y restituirá

dicho bienes o su valor a quien y como le pertenezcan, sin se aprovechar del año de la retención de los bienes muebles, a ello se obliga con su persona y bienes muebles y raíces, da poder a la justicia que de sus causas deban conocer y, en especial, a las por ante quien el cumplimiento de lo aquí contenido se fuere pedido, donde se somete para que a ello le apremien como por sentencia pasada en cosa juzgada, renuncia su propio fuero, jurisdicción y domicilio, y la ley si conbenerit y las demás de su favor y la que prohíbe la general en forma; en testimonio de lo cual la otorgo; y firmó dicho otorgante a quien yo, el escribano, doy fe conozco, estando en las casas de su morada, calle de Miguel de Mendoza, siendo testigo: Arias Fernández de Paredes, mercader, Alonso Vázquez, sastre, y Juan de Lemos, vecinos de esta ciudad. Ante Diego Martín Gamo


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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