su muger, difunta, por su testamento  y por ante 
                
 el presente escriuano,  albaçea y heredero de
                
 todos sus vienes  como en el pareze a que 
                
 se remite  açepta
                
 con venefiçio de ynbentario  tiempo
                
 conste de los vienes que la susodha dexo por su fin y muerte,
                
 cumpliendo con la obligacion que tiene  venta
                
  de los vienes para que en todo tiempo conste de
                
 los que son, quiere haçer el dho ynventario y lo haçe en
                
 la manera siguiente:
                
 Primeramente , pone por ynventario dos sillas de respaldo
                
 y rejas, y un bufete de nogal viejo
                
 Dos cofres viejos encorados y un arca caxon de madera vieja
                
 Quatro reposteros grandes y uno pequeño que sirue de ante
                
 puerta de un aposento viejos
                
 Una alfonbra de estrado vieja
                
 Una vaçia de alaton grande vieja
                
 Un tacho de cobre mediano viejo y una caçuela pequeña de lo
                
 mismo vieja
                
 Un almirez de azofar con su mano ya usado
                
 Un mortero blanco de piedra de aliox
                
 Dos caços de açofar con sus cabos de hierro viejos, uno grande y otro
                
 pequeño
                
 Un morillo y unas tenazas y tres asadores de hierro viejos
                
 Dos quadros, uno hechura de San Jeronimo y otro la orazion
                
 del guerto viejos
                
 Una hechura del santo xrpto de plomo pequeño con su cruz de madera
            
            
            
                
 
                
 
                
 
                
 
                
 
                
 
                
 
                
 
                
 
                
 
                
 
                
 
                
 
                
 
                
  çenso de dos ducados en cada un año que le pagaua
                
 y paga en cada  Juan Gallardo, vezino d esta çiudad,
                
 de  de los dos caminos
                
 Otras dos pensiones, una de cinco ducados y medio y otra de
                
 tres que le pagauan dos vezinos de  de unas casas y
                
 otros vienes que an perdido por causa del enemigo
                
 Todos los quales dhos vienes de susso ynventariados
                
 son los que quedaron por fin y muerte de la dha doña
                
 Ysabel Becerra, su muger, y juro a Dios y a una cruz
                
 en forma de dero que es çierto y verdadero este dho ynven
tario y que no  notaria ayan quedado otros vienes algus
                
 de la dha su muger y que si binieren a su notera a uer otros, lo
                
 declarara y pondra por ynventario; y en testimonio d ello
                
 lo otorgo estando en casa de mi, el escriuano, dia, mes y
                
 año dhos, siendo testigos Alonso Guerrero Canbrano y
                
 Juan Cazauallo y don Franco de Aguirre, vezos y estante en
                
 en esta dha çiudad, y lo firmo el otorgante que yo, el escriuo,
                
 doy fee
                
 Diego Martin Sequera