AL1764D2547

Declaración de Miguel Fortes y Julián de Asencios, vecinos de Canjáyar, primer y segundo testigos presentados por la parte de Juan Abad en el pleito que se sigue contra él por la muerte de Antonio Tristán

Fecha1764
LocalidadEspaña, Almería, Canjáyar
ProyectoCORDEREGRA: Corpus diacrónico del español del reino de Granada. 1492-1833
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P09-HUM 4466, 2009-2014
ArchivoArchivo de la Real Chancillería de Granada
ID del manuscritoARCHGR 10665/16

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Probanza hecha por ante , el receptor, a pedimento [1] de Juan Abad, vecino de esta villa de Canjáyar y preso en la cárcel de la de Ugíjar, en el pleito que trata y sigue el fiscal de su Majestad en la Real Chancillería de la ciudad de Granada sobre la muerte dada a Antonio Tristán, vecino que fue de esta villa: 1. Testigo primero Miguel Fortes En la villa de Canjáyar, en veinte y dos días del mes de septiembre de mil setecientos y sesenta y cuatro años, de presentación de Julián Abad, apoderado de Juan Abad, y para esta probanza y por todas las preguntas del interrogatorio, pues para todas ellas dijo dicho apoderado me lo presentaba, ante , el receptor, pareció Miguel Fortes, que así dijo llamarse y ser vecino de esta villa, del cual, estando presente, recibí juramento por Dios y a la cruz conforme a derecho, el que, habiendo jurado, ofreció decir verdad. Y siendo preguntado a el tenor de las preguntas que contiene dicho interrogatorio: A la primera preguna dijo conoce a Juan Abad y a el señor fiscal no lo conoce, pero tiene noticia de este pleito y responde. Generales A las generales de la ley que por le fueron declaradas dijo no le tocan en manera alguna, y que es de edad de treinta y ocho años, y firma y responde. A la segunda pregunta dijo que Juan Abad no ha usado nunca de armas, y que siempre a estado aplicado a su trabajo con dos fuelles que tenía, y que no ha sido escandaloso, sino cuidando de su padre cuando vivía y de su madre, que está impedida, como buen hijo; y que no ha tenido amistad con mujeres ni tampoco con la Sebastiana García que refiere la pregunta, y que que lo sabe el testigo porque siempre lo ha comunicado y lo ha visto ser y pasar así, y responde. A la tercera pregunta dijo que, como lleva dicho antecedentemente, el Juan Abad no ha tenido amistad ni con la Sebastiana García ni con otra, y que si tuvieron quimeras esta con Tristán, su marido, sería porque entraban en su casa otros mozos y el marido no quería, que, según se acuerda eran un soldado de milicias de la ciudad de Guadix llamado Laureano Colomina, Damián Mateos y Francisco Sánchez, que todo ello es público en esta villa y por esa razón lo sabe el testigo, y responde. A la cuarta dijo que Sebastiana García no tuvo la mejor nota en esta villa por las locuras que le notaban; que esto lo sabe el testigo porque públicamente se decía en esta vecindad, que es cuanto sabe y puede decir en razón de dicha pregunta y responde. A la quinta pregunta dijo que, aunque fue público que Juan Abad fue con los otros tres que la pregunta refiere a las casas de la Sebastiana García, siempre se ha dicho que quien hirió a Antonio Tristán fue Colomina, el soldado, y los otros dos, porque el Juan Abad nunca ha llevado un clavete y los otros , porque siempre andaban cargados de armas, que lo sabe el testigo porque es público en esta vecindad, que es cuanto sabe en razón de dicha pregunta y responde. A la sexta pregunta dijo que el testigo se remite a la anterior, pues lo que sabe en razón de dicha pregunta es lo mismo que lleva dicho y responde. A la séptima dijo que públicamente se dijo en esta villa cuando sucedió la muerte referida que de la herida que le habían dado a el Tristán que no había muerto, porque fue muy pequeña, y que había muerto porque la justicia llevaron a el barbero, Francisco Fernández, para que curara a el herido y que, sin embargo de que el Francisco Fernández se excusó, le estrechó dicha justicia y, falto de inteligencia, le tiró un lancetazo en la barriga y le echó a el dicho herido las tripas de fuera. Y después trajeron otro cirujano forastero para que le curase, pero no tuvo remedio, porque tenía ya todas las tripas venteadas. Que lo sabe el testigo porque todos lo han dicho públicamente así como el testigo lo refiere, que es cuanto sabe y responde. A la octava pregunta dijo que, como lleva dicho en las antecedentes preguntas, Juan Abad nunca ha usado de armas, por lo que no le queda duda a el testigo que, cuando lo prendieron, alguno que lo querría mal, le introduciría el cuchillo que refiere la pregunta, que es cuanto sabe en razón de ella y responde. A la novena [2] dijo que no tiene noticia el testigo de lo que contiene y responde. 10ª A la décima pregunta dijo que es público y notorio, pública voz y fama en esta villa todo lo que el testigo lleva dicho, y la verdad bajo del juramento que tiene hecho, en se afirmó y ratificó habiendo oído este su dicho. Le encargué el secreto hasta la publicación, lo prometió así cumplir y lo firmó, doy fe. Enmendado Miguel Fortes, y en dos partes. Miguel Fortes Ante , Joaquín de Seijas y Andrade 2. Testigo segundo. Julián de Asencios. Incontinenti de dicha presentación y para esta probanza y para todas las preguntas del interrogatorio, ante , el receptor, pareció Julián de Asencios, que así dijo llamarse y ser vezino de esta villa, del cual, estando presente, recibí juramento por Dios y a la cruz, conforme a derecho, el que, habiendo jurado, ofreció decir verdad y, siendo preguntado a el tenor de dicho interrogatorio por todas sus preguntas, dijo: A la primera pregunta dijo conoce a Juan Abad y tiene noticia de este pleito, pero que a el señor fiscal de la Real Chancillería no lo conoce, y responde. Generales A las generales de la ley que por le fueron declaradas dijo no le tocan en manera alguna y responde, y que de edad de cincuentaycuatro [3] años, no firma. A la segunda pregunta dijo que Juan Abad siempre ha sido tenido en esta villa por mozo quieto, sin dar escándalo, pues tuvo con sus padres buena crianza y no se le advertido que halla entrado ni en la casa de Sebastiana García ni en otra ninguna con frecuencia, y siempre asiste a su trabajo, y asistiendo a su padre cuando vivía y a su madre, que está impedida en una cama; que es cuanto sabe en razón de dicha pregunta y responde. A la tercera pregunta dijo que, como lleva dicho el testigo en la anterior pregunta, no se vio que Juan Abad tuviese amistad con la Sebastiana García, y desde luego lo tiene el testigo por incierto, porque con el motivo de ser lugar corto, todo se nota, y nunca se ha dicho que el referido tuviera tal amistad, ni tampoco se ha reprendido por la justicia ni por esa razón ni por otra, ni nunca ha estado por hasta ahora porque no ha dado motivo para ello y a el testigo le consta porque le conoce desde que nació y siempre le ha comunicado y a sus gentes; que es cuanto sabe en razón de dicha pregunta y responde. A la cuarta pregunta dijo que en lo que se afirma el testigo es en que Juan Abad no tenía tal amistad con la referida, por el manejo que con él ha tenido siempre, pero que lo demás no le consta y responde. A la quinta pregunta dijo que en el tiempo que sucedió la muerte de Antonio Tristán se dijo públicamente que quien le había herido fue Laureano Colomina, soldado de milicias, que iba con Damián Mateos y Francisco Sánchez y Juan Abad en la noche que sucedió, y que lo sabe el testigo porque en esta villa siempre se ha dicho que fue dicho soldado y no el Abad; que es cuanto sabe en razón de dicha pregunta y no otra cosa y responde. A la sexta pregunta dijo que como lleva dicho antecedentemente, es público en esta villa que quien hirió a Tristán fue el soldado Colomina y no Juan Abad, porque este nunca ha usado de armas ningunas ni se ha metido jamás con nadie de esta vecindad, como es público; que es cuanto sabe en razón de dicha pregunta y responde. A la séptima pregunta dijo que, cuando sucedió dicha desgracia, públicamente se dijo que el haberse muerto dicho Antonio Tristán fue por culpa de la justicia, porque le hicieron ir a curarle a Francisco Fernández, que este no era más de sangrador, y que la justicia lo estrechó a que le curase y, de una lancetada que le tiró, le echó a el herido las tripas de fuera. Y que esto fue público, como también que el Francisco Fernández se quiso meter en la iglesia y la justicia le dijo no tuviera cuidado y se agachapó, [4] pero que todos los vezinos estuvieron condolidos de lo referido y no se hablaba de otra cosa sino que la justicia tuvo la culpa; por ser público lo sabe el testigo, y que cuanto puede decir en razón de dicha pregunta y responde. A la octava pregunta dijo que, como lleva dicho antecedentemente, el Juan Abad nunca ha usado de armas ningunas y desde luego hace juicio el testigo que cuando lo prendieron le introducirían alguno que lo querría mal el cuchillo que expresa la pregunta; que es cuanto sabe en razón de ella y responde. A la novena [5] pregunta dijo que Teresa Ruiz es prima hermana del difunto Antonio Tristán y que, habiendo Juan Abad concurrido la noche de la herida con los otros, por esa razón se presume el testigo que le tendrá odio y mala voluntad, y lo mismo todos los demás testigos que contra él hayan depuesto; que es cuanto sabe y puede decir en razón de dicha pregunta y responde. 10ª A la décima y última pregunta dijo es público y notorio, pública voz y fama, todo lo que el testigo lleve dicho, en esta villa y entre las personas que lo saben como el testigo, y todo la verdad, en cargo del juramento que tiene hecho, en que se afirmó y ratificó, habiendo oído esta su deposición. Le encargué el secreto hasta la publicación, lo prometió así cumplir y no firmó porque dijo no sabía escribir; firmelo yo, el receptor, de todo ello doy fe. Ante , Joaquín de Seijas y Andrade

Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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