
Juan García Morales, viudo
de María Fernández Candela,
su
inventario de bienes
Copiose en
veinte y tres
de noviembre de setecientos
sesenta y uno
en papel del
sello segundo y
común, doy
fe.
González
En la villa de Serón, a
quince días del mes de enero de
mil setecientos cincuenta
y cuatro años, ante mí el escribano
y testigos aquí contenidos, pareció Juan García
Morales, vecino de esta villa, viudo de María Fernández Candela;
y dijo habrá cinco o seis años que según orden de
nuestra santa madre Iglesia romana, casó de segundas
nupcias con Isabel López, viuda de José Domene
Ortiz y vecina de esta villa, a cuyo tiempo y para
sustentar las cargas de dicho matrimonio, trajo el
susodicho ciertos bienes muebles, raíces y semovientes, así
suyos como de los hijos de la dicha su primera
mujer, y para que en lo sucesivo se sepa los que son y que
entre sus hijos y los de la dicha Isabel López no haya pleitos
ni desazones por no haber hecho falta ahora inspección de
ellos, quiere hacer inventario de los que trajo a dicho
matrimonio; y poniéndolo en ejecución declara que dichos bienes
y sus precios son los siguientes:
Bienes que
quedaron
por la fin y
muerte de
María Fernández
Candela y
del susodicho
Dos camas de pino con su
cuerda, la una grande y la otra
frailera en diez y ocho reales.
Un colchón poblado de lana
en treinta y cuatro reales.
Dos cabeceras, la una poblada
de lana y la otra vacía, en cuarenta.
Dos sábanas de lienzo de cáñamo de
medio traer en treinta reales.
Dos almohadas pobladas de lana en doce.
Otra almohada poblada de lana en
cuatro reales.
Una delantera de colores en diez.
Una colcha de colores en nueve.
Una servilleta de lino nueva en
cuatro reales.
Una tabla de manteles de lino
en seis reales.
Una basquiña de lamparilla
negra en cuarenta y cuatro reales.
Un guardapiés de sempiterna verde
en cuarenta y nueve reales.
Dos arcas con cerradura y llaves
en cuarenta y cuatro reales.
Una artesa en diez y nueve reales.
Una tabla de horno en cinco.
Una cantarera en cuatro.
Un tendido virado en siete.
Dos bufetes, uno grande y otro
pequeño, con gavetas, en ocho reales.
Una mesa de pino en dos reales.
Tres sillas de pino guitadas en ocho.
Un banco largo en cuatro.
Un banco pequeño en tres.
Un telar con un peine de cáñamo
en cuarenta y ocho reales.
Una redina en dos reales.
Una espetera en dos.
Dos candiles en cuatro reales.
Una sartén en seis reales.
Otra sartén grande en diez y ocho.
Una almirez con su mano en
diez y ocho reales.
Unas tenazas, un badil y una
cuchara de hierro en cuatro reales.
Unas trébedes grandes redondas
en once reales.
Otras trébedes pequeñas en tres.
Un peso de cruz con sus pesas en
tres reales.
Una caldera pequeña en quince reales.
Una media fanega de medir en dos.
Un medio celemín, un cuartillo y medio cuartillo en
cuatro reales.
Dos arados aperados con sus rejas
en cuarenta y cuatro reales.
Dos escodas en treinta reales.
Un azadón en veinte y dos reales.
Una azuela en siete reales.
Dos barrenas, una grande y otra
pequeña en treinta y cinco reales.
Un escoplo en un real.
Una hacha de hacer leña en doce reales.
Dos cuadros en tres reales.
Siete cabezas de ganado vacuno
de mayor y menor en novecientos veinte y
cuatro reales.
Dos burras en trescientos y treinta reales.
Tres cabezas de ganado de cerda hembras
en ciento y cuatro reales.
Una casa en esta población en el barrio
de la Humbría, linde calle Real, Francisco
Collado y Juan Gabriel Ruiz.
Un cortijo con sus tierras de riego y
secano en el pago de la Liamula, de la
Jauca, linde Diego Vernardino y
Domingo Pérez, y la Liamula y don Juan
de Guevara.
Cuarenta y cinco fanegas de centeno y cebada
que entró en dicho matrimonio en quinientos
cincuenta y cinco reales.
Suman y montan los dichos bienes en
los aprecios referidos dos mil setecientos
noventa y un reales salvo yerro, excepto
los que van sin tasación.
Los cuales dichos bienes confiesa los trajo a dicho matrimonio
por propio caudal suyo y de los hijos del dicho primero
sin haber cosa en contrario y que todo lo referido