MA1570D9121

Pleito contra un calcetero por vender calzas mal cosidas

Fecha1570
LocalidadEspaña, Málaga, Málaga
ProyectoHISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833
FinanciaciónMINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021
ArchivoArchivo de la Real Chancillería de Granada
ID del manuscritoARCHGR 1364/12

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Muy po señor: Agravios a provar y que se le manden voluer las calças. Alo Aluarez de Villareal, en ne de Melchior Minz, calçetero, vzo de Malaga, en l pleyto con Matias Res, alguazil, digo que: mandado v por vra al el proceso d esta causa, hallara que la sentençia en l dada por el licdo Cabeças, alde mayor de la dha çibdad, es ninguna, ynjusta y agrauiada de revocar y emendar por lo siguiente: lo vno por lo general; lo otro porque los treynta pares de medias calças que a mi parte fueron tomadas no estan contra pregmati la ordenança en que la pte contraria se funda, qu esta presentada en este pleyto, porque como d ella consta lo que se requiere es que sean hechas de paños mojados a todo mojar y d esto ninguna cosa se prouo contra mi parte, y la segunda ordenança habla en ropas de seda y no en medias calças de jente pobre; lo otro porque mi parte tiene prouado con mucho numero de tos calçeteros y ofiçiales del ofo q son buenas y bien hechas y bien cortadas, y de buen paño hecho en la dha çibdad; lo otro porque a esto no ynpide la prouança de la parte contraria, q fue hecha con personas sospechosas y que tenian hechas aquel genero de medias calças hechas en Cordoua y reprouadas, y por que se disimulase con ellos juraron contra mi parte; lo otro porque, aunque la ordenança a mi parte perjudicara, q no perjudica como d ella consta, no esta confirmada por vra al y mi parte tiene d ella apellado, y si es neçesario yo de nueuo en su ne apelo lo otro porque, aviendo el juez mandado que se lleuasen las dhas medias calças a su posada para que en su presençia dos calçeteros las viesen, y auiendo este auto pasado en cosa juzgada sin nueua causa y contra justiçia, las mando ver a vno solo. Por tanto pido y supco a V Al reuoque la dha sentençia y de por libre a mi pte mandandole boluer sus calças libres y sin costa, con mas la pena que deposito, para lo qal vro real offo ynploro, pido justa y costas y ofrezcome a provar. Otrosi pido y supco a V Al mande boluer a mi parte los dhos treynta pares de çalças, atento que mi parte tiene dadas fiancas estara a justa. Y si neçesario es las ofresco de nueuo para que mi parte las pueda mostrar a los testigos que ha de presentar, y si neçesario es las trayga para que V Al en esta corte las mande ver y examinar, para lo qual etc. Doctor Adrada Alonso Albes Confesion Confesión de Melchor Martínez, calcetero acusado en el pleito. En Malaga, este dho dia treze de henero del dho año, se rreçibio juramento segund derecho de Melchor Min, calçetero, para le tomar la confesion, so cargo del qual, siendo preguntado, dixo lo siguiente: Preguntado si es vezino d esta çibdad y tiene tienda de calçetero y es ofiçial del dho ofiçio, dixo qu es vezino d esta çibdad y calçetero, y tiene tienda del dho ofiçio. Preguntado si andando visitando Matias Rodriguez, alguazil, los calçeteros d esta çibdad entro en su tienda, en la qual le hallo çiento y nueve pares de medias calças las quales le quito e puso en vna arca y le tomo la llave, dixo qu es verdad como se le prega. Preguntado sy de las çiento e nueve pares de medias calças q le tomaron le apartaron por malas setenta e dos pares de calças de niños y hombres, las quales heran malas hechadas las pieças po derechas, y los cuadrados y capelladas de otros paños y vendos, dixo que las dhas medias heran buenas, de muy buenos paños, las pieças echadas al sesgo y los cuadrados y capelladas heran del propio paño de las calças enteras, todas las quales estan conforme a la ordenança. Preguntado sy las calças que le fueron tomadas heran traydas de la çibdad de Cordova, dixo que la niega porque todas las dhas medias que asi se le tomaron heran buenas, hechas en su casa, syn traer ninga de Cordova porqu este que declara no tiene en su tienda de la dha obra por ser mala. va entre res o dix le aptaron, emdo: nina. Preguntado las medias que le fueron tomadas por estar mal hechas y contra las ordenanças tenian pieças mal puestas y de mala manera, dixo qu este confesante echa en las medias calças que haze para vender en su tienda su pieça en la pte de ariba y sus capelladas de la pte de abaxo, porque las psonas que las vienen a comprar que son pobres y hombres de la mar las puedan comprar, porque si se fiziesen de otra manera syn pieças ni capelladas no se podrian dar menos de catorze reales, y no hallarian las psonas que pueden poco que calçarse; y haziendolo d esta manera los pobres pueden comprar vnas medias porque las hallan por çinco y seys reales, de lo qual viene pro y benefiçio al pueblo, y no daño ninguno. Y asi las dhas medias calças estavan buenas y conforme a la hodenança, lo qul es verdad so cargo del juramento que fizo. Y lo firmo de su nombre, declaro ser de hedad de treynta e quatro años, poco mas o menos. Melchor Minz, Ferdo de Angulo, escrivano mayor de conçejo. El ynto Se transcribe el interrogatorio de la parte de Matías Rodríguez en nombre del concejo. Por las preguntas siguientes sean exsaminados los testigos q fueren presentados por pte de Matias Rodriguez, alguazil d esta çibdad, en el pleyto de denusçias en que trata contra Melchor Minz, calçetero. I Lo primero, sy conozçen a las pes y si saben y tienen notiçia de como el dho Matias Rodriguez, en virtud de lo mandado por el seor allde mayor, visito la tienda del dho Melchor Minz, calçetero, en vn dia d este presente mes en presençia del bachiller Angulo, esno del cabildo d esta çibdad. II Yten, sy saben qu el dho Melchor Minz, calçetero, tenia setenta e dos pares de medias calças en la dha su tienda para vender fechas contra las hordenanças d esta çibdad, las quales tenian pieças de fajas y las capelladas de diferentes colores paño y malcosidas, y echados pedaços de diferentes colores, y tenian en las costuras orillas y eran y son de mala obra y contra las dhas hordenanças. E sabenlo los testigos que las dhas medias heran forasteras y traydas de la çibdad de Cordova y heran mal hechas y malobradas. Diganlo. Yten, sy saben que todo lo susodho es publica boz e fama. Ynto Se transcribe el interrogatorio de la parte de Melchor Martínez. Por las preguntas siguientes sean exsaminados los testigos que son y fueren presentados por parte de Melchor Minz, calçetero, vezino de esta çibdad, en la cavsa que contra el trata Matias Rodriguez, alguazil. I Primeramente, si conozçen las partes y si an visto e tienen notiçia de setenta y dos pares de medias calças de hombres y niños que le fueron denusçiadas por el dho Matias Rodriguez a el dicho Melchor Minz, sobre las quales es esta cavsa. II Yten, si saben que las dhas setenta y dos pares de medias calças suso declaradas de que se fizo la dha denusçiaçion son buenas e de buenos paños y bien cortadas, y no van cortadas po derecho contra la hodenança, y como las de Cordova son y son tales que se pueden muy bien hazer e vender, e que en ellas no ay falsedad alguna, y digan, et. III Yten, si saben que todas las dhas setenta y dos pares de medias calças son fechas en Malaga e no en Cordova, y estan muy mejores e mas a provecho que no las fechas en Cordova, y digan, et. IIII Yten, si saben que los dhos Juan de las Cuebas y Juan de Çamora, calçeteros, que declararon en esta cavsa contra el dho Melchor Minz, tienen toda la obra que tienen en su casa de medias calças son obra muy mala y falsa y de Cordova y contra las hodenanças d esta çibdad; y los susodhos, por evadirse que no denusçiasen d ellos y de las dhas medias que tenian, dixeron y depusieron contra el dho Melchor Minz mal de su obra. Digan, et. V Yten, sy saben que las medias calças que hallaron a el dho Melchor Minz llevan capelladas del mesmo paño y no de otro, y asi se vsa y haze entre los ofiçiales. VI Yten, si saben que todo lo susodho es publica boz e fama. El liçendo Camberos.

Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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