Decon del zirujano dn dnPhelipe
            
Lopez Xiron de 40 años 
            
 En dha ciud dho dia mes y año s s, hizo pa
rezer ante si a dn Phe Lopes Xiron, zirujano en ella de qe por 
            
ante mi el essno le tomo y recibio xuramto qe hizo a Dios y a una
            
 cruz conforme a dro y habiendo prometido decir berdad
            
 y leidole el autto de oficio enterado dijo que habiendose
le presentado en la casa de su habitacion y en la noche an
terior, domingo nuebe del corrte y como las doze menos qo 
            
de ella por el alce de barrio de Sr Andres Angel Sanchez
            
 de Abis con otros acompañantes a Franco Caballero de ejercicio
            
 de la lana diciendole hiba herido, dispuso de reconocerle
            
 y habiendolo ejecutado con el mayor cuidado hallo qe en el brazo
            
            
 yzquierdo en la parte alta y anterior del humero te
nia vna herida obliqua de longitud de una pulgada y
            
 otra de profundidad ynteresando los tres tegumentos
            
 comunes en la parte posterior de la espalda de dho lado
            
 sobre el hueso de la escapula de figura transversa de lon
gitud media pulgada, ynteresando tambien los tres tegu
mentos comunes y parte de los musculos y en la parte pos
terior de la espalda derecha sobre las costillas berdade
ras y remate de la escapula de dicho lado otra herida
            
 tambien trasversal la que tiene de longitud vna pulga
da y como otra de profundidad, las quales heridas todas
            
 estan hechas con instrumentos punzantes y cortantes
            
 como cuchillo, navaja etra las mismas que por el pacien
te segun se manifiestan, no pronostican el mayor peli
gro a no ser que acadezcan los acidentes propios que
            
 suelen concurrir en otras semejantes para lo que al pro
bidencio de socorrerlas por primera intencion por los medios
            
 mas conducentes encargandole quietud, dieta etra, que habien
dole visitado en esta mañana y biendo, no haber concurrido
            
 por haora ninguno de dhos acidentes, no pudo hacer el cor
respondiente vendaje que necesita la calidad de dhas heridas
            
 por la mala disposicion qe habia allado en la casa del paziente
            
 a motibo de sus ningunos medios segun se le noticio quedan
do en sangrarle y proporcionarselos para su curacion co
mo lo practico asi en la noche anterior que habiendo embia
do con su mancebo la receta qe dispuso firmada suya
            
            
 y del mismo alcalde de barrio de la votica de sr Benito
            
 se le manifesto debolbiendosela que no se la habia querido
            
 despachar el regente porqe eso le llebaban los cinco rr de
            
 su ymporte que  de contado a provisto el declarte por cono
cer la vtilidad qe le podria causar su aplicacion en aql 
            
 tiempo tan oportuno y que habiendoselo hecho presen
te al dho alcde de varrio le hizo entregar de la dha 
            
 receta con la nota de la satisfacion de los dhos cinco re
            
para qe siempre constase que hera quanto podia decir
            
 y la verdad para el juramto  en que se afirmo, y ha
biendole leido esta su declaracion en ella se ratifico
            
 declaro ser de hedad de quarenta años y lo firmo con
            
 s s de que doy fe y firme. 
            
            
Decon del cirujano
            
 Estando en la posada de s s el juez de estos autos, oy veinte
            
 y quatro de septiembre de mil ochocientos quatro, sr
            
 Phe Lopez Xiron, zirujano en esta ciud por ante mi
            
 el essno, s s le tomo y recibio xuramto que hizo a dios
            
 y a una cruz conforme a dro y habiendo prometi
do decir verdad y leidole el auto anterior, enterado
            
 dijo que el herido de esta causa Franco, caballero al que 
            
 ha asistido para su curacion en la casa de su hauitacion
            
 desde el dia diez del corriente en el dia le halla con las he
ridas en otra berdadera encarnacion sin haber ocur
rido acidente ninguno aplicandole los cicatrizantes
            
            
 para su berdadera cicatrizacion la que se hubiera logrado
            
 si no fuera por la mala construccion de umores que acom
pañan al dho Franco la que podra lograrse dentro de 
            
 pocos dias, cuio estado es el actual y quanto puede decir
            
 y la berdad para el xuramto fho en que se afirmo
            
 y habiendole leido esta su decon en ella se ratifico y
            
 lo firmo con s s de qe doy fee y firme. 
            
            
            
Declarn del zirujano Ramon
            
 Diez. Por pregtas
            
En la ciudad de Valld a dos de octre de mil ochocs y quatro, ante
            
s s el sor juez de esta causa por medio de zitan de mi el infras
crito essno parecio Ramon Diez, maestro zirujano, vgo y vibi
dor en la calle de la Monteria de esta dha ciudad del qual pr
            
ante mi el dicho essno le tomo y recivio juramto que vio en toda
            
forma de derecho bajo del qual ofrecio decir berdad de quanto
            
 supiere y le fuere pregdo y en su vrd se pasan hacerle las pregtas
            
sigtes
            
Preguntado si es cierto qe la noche del nuebe de septre proximo
            
            
 pasado, estubo en su casa Angel Sanchez Abis, tente de alce
            
 de varrio del varrio a qe el declarte esta sujeto pa efecto de
            
qe cojiese la sangre a Franco Cauallero qe se le havia presentado
            
herido pa el efecto diga qual fue la causa de no haberlo cum
plido asi como se lo requirio dho tente de alce de varrio y si
            
 conocia y conoce a este portal. Dijo que es cierto que a las onze
            
 de la noche u onze y media del dia qe se expresa fue a su casa
            
 de el declarte el referido Angel Sanchez Abis a qn no conocia pr
            
 tal tente de alce de varrio ni sabia remotamte qe tubiese dha ju
risdicion y llamo a la puerta del declarte habiendo salido a res
ponder la muger de este pr estar en aquella ocasion con una
            
 terciana perniciosa desde las quatro de la tarde y haviendo dho
            
 el referido Abis qe abriese la puerta su muger prqe llebava
            
 un herido pa qe el declarte le cojiese la sangre, le contesto que 
            
 el declarte se hallaba en la conformidad que queda expresa
do y qe por lo mismo fuese a buscar otro zirujano con lo qe
            
 se marcho dho Abis qn hauiendo encontrado al declnte el
            
 dia sigte se las juro que se las havia de pagar pr||porqe havia
            
visto que estaba bueno pa handar visitando la mañana de dho
            
dia sigte y malo pa no haberse lebantado la anterior noche
            
 y responde.
            
 Preguntado diga y declare prque no abrio a lo menos la puer
ta pa qe el citado Abis se hubiese cerciorado de la conformidad
            
 qe se hallaba el declarte, dijo que lo primero qe porque es
taban ascuras y todos los de la casa recojidos y lo segundo pr 
 qe la muger del declarte qe fue la qe respondio no lo previno 
            
 y responde
            
 Preguntado diga y declare si quando la muger de el declarte
            
 estubo ablando con el citado Sanchez Abis, oyo las contestacio
nes de vna y otro. Dijo que si que las oyo prqe estaba
            
 inmediato a la ventana donde su muger se asomo a rres
ponder y responde
            
 Preguntado diga y declare como ya qe su muger no dio en abrir
            
 la puerta no cayo en ello el declarte y la mando qe bajase acerlo
            
 hauiendo dicho qe se hubiesen esperado un poco, dijo que el
            
 declarte no mando a su muger qe abriese la puerta porqe
            
 se contemplava no estar capaz pa ejercer su ministerio
            
 y responde.
            
Preguntado si sabe, la obligacion qe pr su ejercicio tiene, ve en 
            
 semejantes casos de estar pronto a prestar su auxilio pr
            
            
las fatales consequencias qe de lo contario se pueden seguir y
            
 mucho mas quando le es avisado o requerido judicialmte pa
            
 el fin y si antes de ahora pr esta misma razon a sido procesado
            
 recombenido o amonestado diga pr qe causa en qe tpo y antes
            
 qe sor juez y essno a pasado, dijo que sabe muy bien qe debe
            
 estar pronto en los casos qe expresa la pregunta como en efec
to lo ha estado el declarte en los casos pa qe a sido avisado judicial
mente y principalmte pr el alce de varrio propietario del titu
lado de sr Ands Anto Lesmes y que por lo mismo ahora ni 
            
 en ningun tpo a sido procesado, recombenido, ni amonestado
            
 pr semejante falta y que todo lo dicho era la berdad pa el jura
mento que deja prestado en el que y esta su declaran buelta qe
            
 le fue a leer se afirmo y ratifico expreso ser de hedad de quarenta
            
 y quatro años poco mas o menos y lo firma junto con s ss pr
            
ante mi el essno de S M y de sala de que doy fe.