Partición convencional de los bienes que quedaron por el fallecimiento de Sebastiana González zoom_out zoom_in navigate_before   navigate_next info fullscreen menu

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Particion combencional de los bienes que quedaron por el fallecimiento de Sevastiana Gonzalez de Corpas, vecina de esta villa.

Entre Felipe y Maria Maior Marqz de Prados, hermanos, sus dos sobrinos y herederos, vezs de ella.

Notorio sea a los que esta publica escritura de particion combencional de bienes vieren como nos, de la una parte Juan Marquez de Prados, como padre y legitimo administrador de la persona y bienes de Maria Maior Marquez de Prados, su hija de estado honesto, y maior de veinte y cinco años, y tambien la susodicha; y de la otra Felipe Marquez de Prados, hermano de esta, vecinos que somos de esta villa de Bailen. Decimos: que Sebastiana Gonzalez de Corpas, nuestra difunta tia, por el testamento que otorgo de mancomun con Baltasar Basilio de Mora, su marido, ante el presente escriuano, el dia catorce del mes de febrero del año pasado de mil setecientos setenta y nuebe, nos instituyo para despues de los dias de este, por sus unicos, y uniuersales herederos de todos sus bienes. En cuya atencion, verificado que fue el fallecimiento de la susodicha, y tambien el del citado su marido, salimos, pretendiendo ante la real justicia de esta villa, se nos diese la posesion real de los raices, se diuidiesen los muebles y demas efectos con los herederos de dho Mora, y se nos entregase la mitad que de ellos nos pertenecia,