Declarazon de
            
esencia
            
 En Lanxaron en dho dia mes y año, ante dho alce y el pre
sente esno comparecio dn Jph de Castro, vezo y zirujano de
            
 este dho lugar, bajo de juramto que hizo por Dios y a una
            
 zruz segun dro. Dijo que la tarde del dia catorze proximo
            
            
 pasado de este presente mes siendo como entre tres y quatro
            
 a la tarde, se le dio recado por Anta de Espadas para que
            
 fuera a curar a Franco de Abila, su marido, de una erida qe
            
 auia traido de la sierra a su casa que era donde se allaba y con
            
efecto paso el que declara a dha su casa en las que allo
            
 al referido Franco de Abila y auiendolo reconocido
            
 le allo una erida en la cabeza contusa en la parte pos
terior sre el gueso parietal del lado disquierdo don
de le dio vn punto por allarse mui contusa y no admitir
            
 mas por lo dislazerado de las cutis en que fue roto cutis,
            
 cuticula y gordura y hecha al parezer con ynstrumto con
tundente como piedra, palo u otro semejante la que por la
            
 principalidad de la parte y accidentes que puedan sre
benir no careze de peligro y que esto que lleba dho es la ber
dad so cargo de juramto y que es de edad de mas de cinqta
            
años y lo firme y no su mrz de que doy fe. 
            
 
            
            
Declarazon del
               
zirujano
            
 En el lugar de Lanxaron a quatro dias del mes de 
            
junio de dho año ante dho alce y el presente esno pare
cio dn Jph de Castro, maestro de zirujano, vezo de
            
 este dho lugar y bajo de juramto que hizo por Dios 
            
y a una cruz segun dro. Dijo que al quinto dia de su
            
 primera curacion auiendo hido a curarlo a las casas de 
            
 su morada, por Anta de Espadas su muger se le
            
dijo se auia hido a unos sembrados que tenia en
            
 la sierra de este dho lugar y aunque a buelto
            
 diferentes bezes no a podido conseguir el ber
lo por lo que no puede declarar en el estado
            
que se allara dha erida todo lo qual es la ber
dad so cargo de su juramto y que es de la edad
            
 que tiene declarada y lo firmo y no su merzed
            
 por no sauer de que doy fee.