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Juan Ximenez, su capital. En la ziudad de Baza, en veinte y siete dias
del mes de nouiembre de mill sieteçientos y tres
años, ante mi, el euno publico y testigos, pareçio Juan Ximenez,
vezino de esta ziud, en estado de manzebo, hijo legitimo de
legitimo matrimonio de Blas Ximenez, vezino de ella, y de Maria
Ruiz, defunta, vezina que fue de esta dha ziud, y dixo que, para seruir
a Dios Nuestro Señor, esta tratado de casar segun orden de nuestra
Santa Madre Yglesia con Maria Gonçalez, en estado de donçella, hija
legitima de legitimo matrimonio de Pedro Gonçalez, defunto,
vezino que fue de esta dha ziud, y de Maria Duran, vezina de ella;
y que a fauor de la dha Maria Gonçalez oi, dia de la fha, por ante
el presente euno, ha otorgado escriptura de dote y arras de loss
bienes que trae al matrimonio a poder del otorgante. Y por quan
to estan proximos a desposarse y reçeuir las vendiçiones de la Yglesia,
quiere hazer imbentario de los bienes que trae a poder de la suso
dha y, poniendolo en execuçion, otorga que haze dho imbentario
de dhos bienes en la forma siguiente:
Primeramente, vn monillo de raso en
çinquenta y çinco reales.
Vnas enaguas de vaieta de la tierra en veinte
y ocho rs.
Vna mantellina de vaieta blanca fina con
ribete en treinta y dos rs.
Vn capote y calçones de paño de aguafria No aparece en el DLE, ni en el CORDE, ni en el Dicc. de Aut., ni en el Tesoro Léxico de las Hablas Andaluzas. y vn çarando de sempiterna verde, todo en çien rs.
Vna arca de pino con çerradura y llaue en vein
te y siete reales.
Vn tablero de pino con su caxon y llaue
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