BA1601I7035

Carta de pago de dote de Beatriz de Mesas

Fecha1601
LocalidadEspaña, Badajoz, Badajoz
ProyectoCORTENEX: Corpus de textos notariales extremeños (siglos XVI y XVII)
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Badajoz
ID del manuscritoAHPB PN/39

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Sepan quantos esta carta de pago y dote vieren como nos, Manuel Xuarez, escriuano del numo d esta çiudad de Badajoz, y Beatris de Mesas, mi mugr, vos d esta çiudad, con liçençia y facultad y espreso consentimiento y yo, la dha Beatris de Meza, pido y demando a uos, el dh mi marido, para otorgar esta carta y la jurar con liçençia y facultad y yo, el dh Manuel Xuares, conçedo a uos, la dh mi mugr, quan bastante de dro se requiere; y d ella vsando dezimos que por quanto Jorxe de Meza, nro yerno, y Alo Lopez y Leonor de Meza, su mugr, vos d esta çiudad y estantes al presente en ella como prinçipales y Ju Diaz de Morales, voz d esta dha çiudad, como su abonador, se obligaron de dar y pagar a mi, el dh Manuel Xuarez, diez e seys mill y quinientos rreales, los treze mill d ellos en dinero de contado en tres pagas y los çinco mill rreales d ellos por dia de San Ju de junio y otros çinco mill rreales por Santa Maria de agosto y los tres mill rreales rrestantes por dia de San Miguel de setienbre todo del año proximo, pasado de de mill y seysçientos, y tres mill y quinientos rreales en rropa, alfayas y preseas, que en todo monta los dhos diez y seys mill y quinientos rreales, ls quales se obligaron de me pagar y prometieron en dote y casamiento con la dha Beatris de Meza, como pareçera por la escriptura de promesa de dote y obligaçion que paso ante Marcos de Herrera, escriuano pco del numero d esta dha çiudad, a veynte diaz del mes de hebrero del dh año de mill y seysçientos, la qual dha dote nos quiere pagar y paga el dh Jorxe de Meza, por tanto, otorgamos y conoçemos que

reçibimos del dh Jorxe de Meza los dhs diez y seys mill y quinientos rreales en la manera siguiente: Vna cama de paño verde con una faxa de terçiopelo verde, con sus fruecos y alamares, en quatroçientos y setenta y çinco rreales. Vna colcha de rrazo aforrada en tafetan amarillo, con su frocadura de seda de colores, en quatroçientos rreales. Vn alfonbra de la Yndia con su frocadura de seda carmesi en otros quatroçientos reales. Dos cofres encorados barreteados en çiento y setenta y çinco rreales. Vn arca grande de madera de la Yndia en çien rreales. Vna cama de canpo de madera entera asul y dorada en çiento y vte y çinco reales. Quatro colchones de lienço lleno de lana nueuos tasados en duçientos y quarenta rreales. Otro colchon de lienço lleno de lana mas pequeño en çinquenta rreales. Doze sauanas de lienço fino a treynta y seys rreales cada vna que montan ellas quatroçientos y treynta dos rreales. Vn cobertor de paño asul nueuo, con una faxa de terçiopelo labrado de asul y amarillo, en çien y treynta rreales. Otro cobertor de paño verde con vna faxa de terçiopelo

verde y otra de tafetan verde, tasado en çiento y çinquenta y quatro rreales. Dos tapetes, vno chico y otro grande, labrados de colores, tasados en çinquenta rreales. Vn cobertor blanco de lana en treynta rreales. Dos mesas de manteles enteras romaniscas en çinquenta rreales, adamascadas, tasados en quarenta rreales. Otras dos mesas de manteles enteras romaniscas en çinquenta rreales. Otra mesa de manteles de lienço en veynte y ocho rreales. Tres mesas de manteles de lienço en sesenta rreales. Otra mesa de manteles mas pequeña, en doze rs. Vn almohada morisca con sus bellotas de seda veynte rreales. Vn caso de cobre grande en treynta rreales. Vna pieça de lienço de sesenta y dos uaras en çiento y setenta rreales. Diez y seys pieças de porsolana de la Yndia en çinquenta rreales. Veynte pieças de porsolana de Talauera de la Reyna en veynte rreales.

Una caxa de cuchillos dorada tasada en treynta y vn rreales. Çinco asaderos tasados en çinco rreales. Vn plato y dos salseras de estano en syete rreales. Vna tasa y un salero de plata, que peso entr anbas pieças duçientos y veynte y seys rreales. Treze mill rreales en dinero de contado. Que en todos los dhs bis, dinero, alfayas y preseas, suma y monta los dhs diez y seys mill y quinientos rreales, los quales en las dhas pieças, alfayas y preseas y dinero rreçibimos en presençia del escriuano y tos d esta carta, de la qual paga y entrega yo, el pste escriuano, doy fe que se hizo en mi presençia y de los tos d esta carta en la forma en ella contenida, sin que en ello uno dolo, fraude ni engano, y nos otorgamos por contentos y pagados de la dha dote a toda nra voluntad y confesamos que los dhos bs estan tasados en sus justos e moderados preçios porque se tasaron por personas nonbradas por las dhas partes, que lo sabian y entendian e yo, el dh Manuel Xuarez, rreçibo los dhos diez y seys mill y quinientos rreales en la dha dote con la dha Beatris de Meza, a los quales me obligo de tener en lo mexor y mas bien parado de todos mis bs y acudire con ellos a la dha Beatris Meza e a sus herederos e a quien por ellos los vuiere de auer como bs propios de la dha Beatris de Meza, cada y quando que por muerte o por otra causa los uiere

auer y, para lo cunplir, obligo mi persona y bs auidos y por auer y doy poder a las justiçias de su magd para que a ello me conpelan como por sas pasada en cosa jusgada y reno las leyes de mi fauor y la que dize que general rrenunçiaçion del leyes fecha non uala y quiero ser jusgado por la ley del hordenamiento rreal que comiença pareçiendo que alguno se quiso obligar a otro sto, de lo qual otorgamos esta carta ante el escriuo y tos yuso escriptos, que esta otorgada dha çiudad de Badajoz en las casas de nra morada a quinze de mayo del año de mill seiso y vno. Manuel Xuarez Breatis de Mesas


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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