GR1700C9001 Declaración del sangrador Juan Silvestre sobre la muerte dada a Pedro Muñoz, alguacil mayor, y Luis de Morales y el reconocimiento de las heridas a otros vecinos de la villa de Salar
Fecha 1700
Localidad España, Granada, Salar
Proyecto HISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833
Financiación MINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021
Archivo Archivo de la Real Chancillería de Granada
ID del manuscrito ARCHGR 10336/13
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Sumaria e información hecha en la villa del Salar ,
de pedimento del señor don Tomás de Melgarejo y Gamboa , del consejo de
su majestad , y su fiscal del crimen en la Real Chancillería de Granada , sobre la
muerte de don Pedro Muñoz de Lerín , alguacil mayor que fue de dicha villa , y
Luis de Morales ; contra Manuel del Arca y otros consortes vecinos de
la villa de Loja , es la siguiente :
1 Testigo :
Juan Silvestre ,
cirujano . En la villa del Salar , en diez y nueve días del mes de
enero del año de mil y setecientos , ante mí , Salvador
Tercero de Rozas , receptor del rey nuestro señor en la su corte
y Chancillería que está y reside en la ciudad de Granada ,
pareció Ignacio Pérez Noguera , vecino de esta villa y promotor
fiscal en ella , parte en este negocio , por el señor don Tomás
de Melgarejo y Gamboa , del consejo de su majestad y su
fiscal del crimen en dicha Real Chancillería . Y en virtud de su
poder , que tiene aceptado para esta sumaria
e información que se manda hacer en virtud de
Real provisión de su majestad y señores presidente
y alcaldes del crimen de ella , sobre los arcabuzazos
y muertes que resultaron de don Pedro Muñoz de
Lerín , alguacil mayor que fue de esta villa , y Luis de
Morales, vecino de la ciudad de Loja , contra Manuel del
Arca, Francisco de Jaimes y don Jerónimo de Mena ; y que se ha
examinado por la querella inserta en dicha
Real provisión de mi comisión ; presentó por testigo
a un hombre que se dijo llamar Juan Silvestre Montiel ,
y ser vecino de esta dicha villa , y
sangrador aprobado por su majestad , del cual recibí
juramento a Dios y a una cruz en forma de derecho .
Lo hizo y ofreció decir verdad . Y , siendo
preguntado por el tenor de dicha Real provisión , dijo
que lo que pasa y sabe en dicha razón es que , por
uno de los días del mes de septiembre del año
pasado de mil y seiscientos y noventa y ocho ,
por la justicia de esta villa , siendo como a hora de las
oraciones , se le llamó a el testigo como tal barbero
aprobado , por no haber otro cirujano en esta
villa , para que fuese a las casas del dueño de esta
jurisdicción a reconocer unos heridos . Y con efecto ,
habiendo ido halló en dichas casas a don
Fernando de Quero , adalid alcalde mayor de esta villa ,
acompañado de Juan Martínez Suárez , escribano
de esta villa , y de otras personas que no se acuerda
con individualidad quiénes fueron . Y ,
habiendo entrado en cuarto bajo de dichas
casas , vio un hombre tendido en el suelo , el
cual le dijeron estaba muerto , como
habiéndose llegado a él así lo reconoció , y que era don
Pedro Muñoz de Lerín , alguacil mayor de esta villa , a el
cual le mandaron al testigo lo registrase
y reconociese de qué había procedido su muerte ;
como lo hizo desnudando todo el cuerpo ,
donde se le halló una herida en el pecho
por medio de él , por encima de la boca del estómago
y partida la ternilla , dada al parecer con
instrumento de fuego como de escopeta y de bala . Y que
a dicha herida le circundaban otras , al parecer
de perdigones , y la que causó dicha bala salió
por la espalda correspondiendo con la del pecho ,
haciendo su salida mayor rotura que la del
pecho . Y , habiendo hecho el dicho reconocimiento
con asistencia de dicha justicia y escribano y dichas personas ,
pasó a la cárcel pública de esta villa en donde , de la
reja dentro , había otro hombre que decían
estaba herido . Y le mandaron le reconociese sus
heridas , el cual habiendo llegado a él lo halló
vivo y quejándose y , habiéndolo desnudado en
una almadraqueja donde estaba acostado ,
vio tenía en el brazo y costado derecho una
herida de forma que tenía pasado el brazo por el
molledo , y correspondiente a esta entraba en
el costado , dadas a el parecer con instrumento
de fuego y de bala redonda y de escopeta , que le
penetraba el costado a el soslayo . Y junto a la
dicha herida del costado tenía otra dos heridas ,
dadas al parecer con el mismo instrumento ,
redondas como de postas redondas pequeñas
penetrantes adentro , como la dicha bala que le causó
las heridas antecedentes , cuyas municiones
no se pudieron manifestar . Y todas parecieron
ser ejecutadas de un tiro , y a este segundo
hombre no lo conoció el testigo , aunque le oyó
en dicha ocasión nombrar Luis de Morales . Y ,
habiendo ejecutado el mandato de dicha justicia , hizo
su declaración de la esencia de dichas heridas
ante dicho escribano , como todas eran mortales ,
como con efecto de ellas murió muy breve
el dicho Luis de Morales , y la que tuvo dicho
alguacil mayor le causó su fallecimiento ; y en que
declaró según su esencia , y porque quiere
que esta y la que hizo , a que se remite , sea
y se entienda ser una misma cosa sin
contravenirse en manera alguna . Y lo que
más sabe y puede decir por haberlo oído
públicamente en aquella ocasión que ,
habiendo pasado dicho don Pedro Muñoz ,
alguacil mayor , con dicho don Jerónimo de
Mena, criado del dueño de esta jurisdicción , a
recorrer el término en el sitio de la venta
que llaman de Pulgar , que está en el
camino Real que de Granada va a Loja , a el
anochecer los susodichos habían encontrado
al dicho Luis de Morales , a Manuel del Arca
y Francisco de Jaimes , vecino de Loja , los quisieron
prender dicho alguacil mayor por decir habían
estado cazando en la jurisdicción de esta villa , que
está vedado , y se le habían resistido y
arcabuceado, de que habían resultado las dichas muertes
en la forma que deja dicho , y asimismo
herido el dicho don Jerónimo de Mena en una
pierna , como de un postazo . Y de esto le constó
a el testigo porque después de pasados
algunos días del suceso referido le vio en la
iglesia de esta villa , quien le mostró a el testigo
su herida , y por estar de ella convaleciente
no le curó , y decía haberse curado en Alhama ,
en el convento de Nuestra Señora de la Cabeza , y sin
embargo pasó a dar cuenta el testigo a la justicia
de lo que había pasado con dicho don Jerónimo ,
quien parece se fue luego de su retraimiento
sin haberlo vuelto a ver más , ni tampoco ha visto
a los demás reos ni sabido dónde puedan
estar, ni que tengan bienes algunos por ser
mozos solteros . Y que esto es lo que sabe y puede
decir en razón de dicha Real provisión , que es la
verdad so cargo de su juramento . Leyósele este
dicho , ratificose en él , encargósele el
secreto y lo prometió , y que es de edad de
cuarenta años . Y lo firmó , e yo el presente receptor que de
ello doy fe .
Juan Silvestre
Montiel ante mí ,
Salvador Tercero
de Rozas , receptor .
Leyenda:
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