VA1815C4008 Declaración del médico Félix Martínez y del boticario Tiburcio Luis de Luis por unas recetas en las que la medicación se excedía según las prescripciones de la Farmacopea Española
Fecha 1815
Localidad España, Valladolid, Valladolid
Proyecto HISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833
Financiación MINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021
Archivo Archivo de la Real Chancillería de Valladolid
ID del manuscrito ARCHV PCR 1422/0001
Transcripción Antonio Martín Rubio
Revisión Miguel Calderón Campos
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Declaracion de dn Felix
Martinez , medico y dn Tibur
cio Luis de Luis , boticario
En la ciudad de Valladolid a
diez de febrero de mil ochocientos
diez y seis , ante S S , comparecie
ron el Dr Dn Felix Marnz , médico en esta ciudad
y D Tiburcio Luis de Luis , boticario en ella de
quienes por ante mi el esno , recibio juramento
que hicieron segun dro , baxo del qual prome
tieron decir verdad segun su respectivo saber
y entender : Dixeron que en obedecimiento del
auto de la sala por el que se nos manda recono
cer las recetas a D Juan de Santa Maria y Ceferi
no Angulo , médico y cirujano respectivamte
de S Vicente de la Sonsierra , despues de haberla
revisado una por una , para examinar si estan
bien arregladas o si exceden de las dosis prescrip
tas por la Farmacopea Española , mandada ob
servar en todo el reyno de orden de S M a fin de
evitar los perjuicios que en la salud ppca pue
den causar la equibocacion o ignorancia de
los profesores del arte de curar , debemos decir
que las quince recetas del medico Santa Maria
insertas en los autos estan por la mayor pte
escritas contra todas las reglas de la facultad
con dosis tan exorbitantes en algunas que si
se hubiesen despachado por el boticario del
modo que se pidieron , hubieran producido
funestas consequencias en los infelices pacien
tes que hubiesen tenido la desgracia de tomar
las . Sirva de ejemplo la del numero seis en
la qual se advierte que para cinco onzas de emul
sion comun u orchata que es lo mismo , hecha
dos onzas de jarabe de meconio que contienen qua
tro granos de opio . Esta dosis es temeraria si la toma
ra el enfermo de una vez como es de presumir , ¿ pues
que menos se le habia dar que cinco onzas de orcha
ta ? Y aunque se diga que se añadian dos onzas de jara
be de altea y dos del meconio , compone el todo nuebe
onzas poco mas de medio quartillo qe regularmente
se toma de una vez , si el citado medico replicase qe fue
para mas veces o para uno qe estaba habituado
a tomar opio , ¿ por que no lo espresa segun debe en la
receta para quitar el recelo bien fundado del farma
ceptico ? Pero todavia es mas temeraria y escesiva
la formula de la receta nro quatro . Aqui para seis on
zas de agua de melisa o torongil en cada tres onzas de
jarabe de meconio , esto es seis granos de estracto de
opio , se puede congeturar que seria pa dos veces aun
que no lo señala como debia en la receta al cabo
eran tres granos de opio para cada dosis qe ninguno lo
puede soportar impugnemte . En la receta No ocho hay
dos libras de agua de canela qe quando mas se puede dar
de una drachma hasta media onza . La libra medicinal
tiene doce onzas por consiguiente las dos con veinte y qua
tro , la dosis es una dracma y aunque sean dos hya para
noventa y seis dosis vastantes no solo pa el pueblo de S
Vicente sino para todos los lugares de la comarca . Es
de notar que aunque se llama agua impropiamte es un
verdadero espiritu de canela y por eso se da en corta
dosis que su precio segun tarifa es de treinta rs por
cada libra y no recentandose por mas por libras , el agua
o espiritu de canela se conoce qe el intento era de empobre
cer o sonrrojar al boticario que si no despachaba toda la
cantida de la receta ( lo qe era imposible si daba el medi
co en pedirla a libras ) diria despues que estaba mal
surtida la botica no habiendo en ella lo que se pedia : se
puede asegurar que en Valld apenas habra boticario qe
pa el despacho de su oficina tenga en todo el año mas de
dos o tres libras de agua de canela . La dracma de acido sul
furico o aceyte de vitriolo qe Sta Ma manda añadir a las
dos libras de agua de canela es escesiva y jamas se dispone
asi . En la receta no doce : para seis onzas de agua
de anis manda mezclar una onza de alcohol o es
piritu de succino con otra de jarabe de yerbabue
na : Es enorme la dosis de la onza de espiritu
succino . La farmacopea citada la limita
de doce gotas hta treinta y seis , esto es de medio
escruprulo ( ds ) a media dracma , la onza tiene ocho dracmas .
La dracma tres escrupulos con que dando la dosis
regular la onza de alkol de succino bastaba pa qua
renta y ocho dosis . ¿ En quantas veces mandaria aql
medico dar las seis onzas de agua de anis qe con el es
piritu y el jarabe componian ocho onzas ? ¿ Es creible fue
se para tomar en quarenta y ocho veces ? Repetimos
que no espresandolo en la receta , el boticario hizo
muy bien en no despacharla como se pedia sino una
dracma en lugar de la onza . El agua carmelitana qe
como la de canela tambien es espirituosa , la pide el
medico mencionado a libras segun se ve en la del
No primo , esta agua cuesta treinta rs libra y se
da en menos dosis que la de canela pues es de un escru
pulo a una dracma y por ende se conoce que se dis
puso
con el mismo intento qe hemos indicado . Vltimte
en la del no quince se hecha de ver qe el medico tenia
gana de mofarse del pobre boticario pues en ella
pone el absurdo siguiente : De agua lo qe quieras
de jarabe de olmo lo bastante para la evillera . Esta
es una forma desatinada o burlesca por todos esti
los , dejando a eleccion del boticario la cantidad de
agua podia despachar treinta o quarenta cantaras
hasta agotar el pozo . El jarabe de olmo ( igte pu
do decir de chopo , de ciruelo , de salce , de alamo )
no tiene uso en la medicina y quedando al arbitro
del farmacopola ¿ Quien le estorbaba hacer veinte
o treinta arrobas de jarabe con dos o tres fardos
de azucar para darle consistencia ? Esto no es pro
ceder de buena fee ni con la circumpeccion y pru
dencia qe exije una facultad tan interesante
y delicada como en la medicina . Es ridiculo y age
no de toda razon que los dos facultativos recomveni
dos por el boticario sre el exceso de las dosis qe re
cetaban contra lo qe acerca de su arreglo previene
la farmacopea , respondiesen que este libro era bue
no para principtes , miserable efugio pa cubrir su ig
norancia o su malicia pues los medicos y ciruja
nos no tienen otro codigo medicinal pa la recta ad
ministraon de los medicamentos en dosis combenien
tes , vamos ahora a censurar las recetas del ciruja
no Ceferino Angulo qe estan mas disparatadas pr
ser como es regular mas ignorante qe el medico
y tambn mas atrebido . Por fin el medico no salio
de la esfera de su facultad pero el cirujano receta
a troche y moche en medicina o pa el uso interno
los medicamtos mas arriesgados traspasando los li
mites de su profesion y contravindo abiertamte a lo
dispuesto pr mas sabias leyes que prohiven riguro
samte a todo cirujano mezclarse en los casos de medi
cina ni aun en los de cirujia , siendo romancista
para los quales si es menester recetar pa lo interior debe
llamar medico acompañado . Permitasenos con este mo
tivo hacer una ligera digresion sre este asunto en qe es
ta comprometida la salud publica cuya suprema ley
llama la atencion del magistrado para contener y cor
tar de raiz los perjudiciales abusos que puedan ofender
la . El prurito pr desgracia harto comun de meterse
a medicos los cirujanos de las aldeas y aun de la ciudades
acarrean daños irreparables a la humanidad . En los lu
gares cortos donde no hay medicos se puede tolerar
que el cirujano trate los enfermos de medicinas
aunque mejor seria dejar obrar a la naturaleza pr
si sola que trastornar o impedir sus saludables movi
mientos por la impericia y oficiosidad de un ignoran
te cirujano que no es más qe un curandero en los males
que no entiende ni es capaz de conocer . Si en los pueblos
donde hay medico se contubieran y se limitasen so
lo a la curacion de las enfermedades esternas no ha
rian tanto daño a los pacientes y se ahorrarian
muchos ptos por disputarse sus facultades unos a
otros . En Valld en que hay sobra de medicos curan
mas casos de medicina los cirujanos que aquellos , con
las funestas resultas que se dejan conocer , los reme
dios y aun los venenos mas activos que al recetar
los tiemblan los medicos mas habiles , los disponen
los cirujanos como si fueran los mas sencillos . Se
ha visto recetar una dracma de sublimado corrosivo
soliman para una libra de tisana , quarenta
y ocho gramos de una vez de tartaro emeti
co para un vomitivo y otras a este tenor . Con
las quales no decimos a uno sino a quince o
mas hombres habria bastante pa hecharles a
la otra vida . Es necesaria , pues , una policia me
dica , una puntual observancia de las leyes ya
sre esto establecidas y por ultimo que cada pro
fesion se ciña a las facultades que su titulo
le prescribe si se quiere desterrar de una vez
tan funestos abusos a la doliente humanidad .
En prueba de esta asercion haremos una critica
juiciosa e imparcial de las recetas del ciruja
no Angulo . Ademas de recetar , este como el me
dico , el agua carmelitana y de canela a libras
se ve en la del Numo tercero que para una li
bra de agua de torongil y carmelitana , media
dura de tintura de canela y de sucino añade
veinte granos de opio con una una onza oximiel
simple . Los mismos veinte granos de opio em
toca en la del no diez sin decir pa quantas
dosis , ni si era para persona habituada por
largo tiempo a tomar opio . En la de No quin
to receta quatro onzas de jarabe diacodion
o de meconio que contienen ocho granos de
opio sin espresar para quantas veces . La dosis
del estracto de opio es de un grano o dos y en
pasando de ahi ya es peligrosa la vida del enfermo
que con ocho granos de opio tenia lo suficiente
para despertar en el otro mundo . Pero la que mas
escandaliza es la del No diez y ocho en la qual con
quatro onzas de agua ( no se sabe de qe pr estar tan mal
escrita qe no puede entenderse ) , mezcla otras quatro on
zas de tintura anodina ( paregorica o de opio qe es lo mismo ) , la
que en cada escrupulo o veinte y quatro gotas , contiene dos
granos de opio correspondiendo a las quatro onzas
de dha tintura la cantidad de noventa y seis granos
de opio , suficientes para matar a diez y ocho hombres
por lo menos . Concluimos con decir que de las ochen
ta y quatro recetas del cirujano , las quarenta y dos
son para uso interno todas disparatadas , todas per
judicialisimas si el boticario las hubiera despacha
do segun se pidieron , que es qto pueden decir y la
verdad bajo el juramto hecho en que y esta su decla
racion leida que les fue se afirmaron y ratifica
ron , espresaron ser mayores de treinta años , lo fir
maron con S S y en fee de ello yo el essno .
Legenda:
Expansión • Conjetura • Tachado • Adición • Restitución • Sic
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