Declaracion del
facultativo
Cantalpino, hoy veinte de junio de mil ochocientos
treinta y cuatro ante el Sr juez que de esta causa com
parecio Dn Teodoro Montero, medico cirujano titular de
esta villa de quien su merced, ante mi el essno reciui juramto
segun derecho, prometio decir verdad en lo que sepa y se le
pregunte y siendolo por el anterior auto y reconocimto
que ha hecho de Antonia Alonso, enterado dijo que halla qe
la susodicha Antonia Alonso tiene dos heridas hechas con
intrumento contundente, la primera que ocupa la parte supe
rior lateral izquierda de la caueza correspondiente al
gueso parietal del mismo lado, del diametro de una
pulgada con corta diferencia con destrozo en los tegumtos co
munes, no interesando mas que estos y la segunda en la
parte lateral superior izquierda de la cara, correspondiente
a el gueso temporal del diametro de diez a doce lineas
interesando los mismos tejidos que en la anterior, dichas
heridas en razon a la parte que ocupan y el instruto
con que deuieron ser echas, reserva su pronostico hasta
mas adelante que es cuanto puede decir y declarar vajo
del juramto prestado en que se afirmo y los deposi
cion se ratifica en ella y lo firmo con el sr alcalde
y sin ser de edad de veinte y ocho años, doy fee