Text view
Bienes contenidos en el codicilo de Patricio José Gálvez Borgoñoz, vecino de Lorca
| Fecha | 1760 | 
| Localidad | España, Murcia, Lorca | 
| Proyecto | VIVE. Vita Verborum. Los peritajes de las Chancillerías castellanas en la historia del español (1650 - 1833) | 
| Financiación | Ministerio de Ciencia e Innovación. Proyectos de Generación de Conocimiento 2022. PID2022-136256NB-I00 | 
| Subcorpus | Madrid y otros | 
| Archivo | Archivo Histórico Municipal de Lorca | 
			View options
			Text:     - Show:           
			
 
			
			Javascript seems to be turned off, or there was a communication error. Turn on Javascript for more display options.
			
			
			
		
		
		
		
      
         
         
         
         
         
  del tercio y rema
niente del quinto de sus vienes, que se compone 
 de vnas casas (que de presente hauito), digo, de 
 hauitacion, en la poblacion de esta ciudad, parroqa 
 de San Mattheo y calle de la Corredera. 
         De un al
bar de treinta fanegas de tierra en el partido de 
 Uexar con mitad de una boquera que llaman del 
 Uinculo.
         De ottro albar en dho partido que lla
man del Acibuchico, con ottra boquera que goza por 
 entero, y ambos albares lindan por la cabezada 
 con el camino del Puertto de Lumbreras.
         
 De cinco 
 tahullas de tierra plantadas de moreras en el parti
do de Alcala que tienen tres tahullas de agua pro
pia con tanda de veinte y tres a veinte y tres dias, 
 en las que ay fabricadas casas de hauitacion y ba
rraca, y de las que se ha llevado el rio la maior 
 partte, las quales lindan con el brazal prinzipal 
 de dho partido, pared de la teneria, y el rio, y 
 por la partte de abaxo con mas tierras libres de  
 mi perttenencia planttadas de moreras que se ha
llan amojonadas muchos años haze para su distin
cion.
         De vn bancal en la Palma, heredamien
to de Tercia, con algunas moreras y higueras, y se 
 halla en el fabricada una barraca, el qual linda 
 por la cauezada con el brazal principal, por un lado 
 con herederos de dn Pedro Sizilia, por el ottro con dn 
 Juan Gregorio Alburquerque, y por la hondonada con 
 da Ysauel de Tudela.
         Y de quatro uancales de tierra 
 blanca en los Tarquinales, los tres juntos, que los dibide 
 el camino de las ocho moreras, y lindan con la ram
bla, herederos de dn Juan Pedro Menchiron y otros, y 
 el uancal restante que estta separado de los tes 
 anttecedentes linda con dha rambla, herederos 
 del jurado Porlan y otros. Recae por mi fallecimto 
 en dn Pedro Galbez Borgoñoz Colaro y da Ana Ruiz 
 de Castro, que se halla ausente de estta ciudad de mu
cho tiempo a estta partte. Y no pareciendo estte o fa
lleciendo sin subzesion, recahera dho uinculo en dn 
 Gines Soler Galbez Borgoñoz, cuia declaracion hago 
 para los efectos que conduzca en fauor de los referidos.
         
 Yttem declaro estoy poseyendo unos bancales de tierra 
 blanca en el partido de la Palma, heredamiento de Ter
cia, huertta y riego de estta ciudad, que lindan por 
 levante con herederos de Juan Garzia Alcaraz, es
cribano que fue de ella, por el norte con dn Juan  
 Gregorio Alburquerque, por poniente con camino Real que ba por la espalda del comvento de 
 San Diego, y por lebeche con dn Esteban Orenes.
         
         
         
         
         
         
 Yttem declaro que por otra de las clausulas de 
 dho mi testtamento en que fundo el referido uincu
lo con el titulo de señor Sn Joseph, que han de po
seer mis parientes por linea materna despues 
 de los poseedores que dejo nombrados pongo diferen
tes propiedades para su consistencia, entre las qua
les lo es vna de cinco tahullas de tierra en la 
 ribera de Alcala, con vna de las tres primacias de 
 agua que tiene dho partido, en cuia clausula pa
deci equibocacion, pues ademas de dha primacia 
 de agua tiene tres jarros de agua que actualmte 
 poseo, vsando de ellos para las riegas de la referida 
 hacienda en todas sus tandas sin contradicion 
 alguna; y en lo subzesibo tendra mas, la que resulta
se por la determinacion del pleitto pendiente 
 con da Constanza Piñero.
         
 Yttem quiero que todos los libros que tengo los 
 aya y lleue la casa beaterio del titulo del San
tisimo Sacramto, Orden de Nuestra Señora de las 
 Mercedes de estta ciudad, a la parroquial de señor 
 Sn Christoval, despues de mi fallecimiento, con la  
 condicion que durante la uida de da Agueda Gas
ton Leones, mi sobrina, a de tener estta el uso de ellos 
 para leerlos, dexando reziuo en dho beaterio del 
 que se le entregase para dho efectto; y en bolbiendo el 
 que asi tenga, se le entregará el que pidiese en la 
 misma forma, lo que se obseruara en todos. 
         
 Yttem es mi voluntad que si al tiempo de mi fa
llecimiento permaneciese en las casas de mi haui
tacion da Maria Ros Muñoz, se le den por una bez 
 de mis uienes por bia de legado ueinte ducados de 
 uellon y se le pague el viaje a la uilla de Cuebas, su 
 natural.
         
 Yttem mando que, luego que yo sea fallecido, aian 
 y tomen mis albazeas por bia de legado que les 
 hago, el dor dn Domingo Martinez Yllescas una ban
dexa de platta y un anillo con un diamante pagizo, 
 y seis chispas blancas que tengo, un escritorio con 
 bufette por pie en el que ay una gabetta, y el cajon 
 y pie que me sirbe de orattorio, sin los hornamen
tos para celebrar y demas hornato de el, por ser to
do lo referido propio del comvento de Reberendos  
 Padres Carmelitas Descalzos de estta ciudad; dn Thomas Almela Muñoz, un jarro de plata 
 y seis cucharas con seis tenedores tambien 
 de platta que asi mismo tengo, y el bufete grande 
 de nogal con pies torneados y en ellos golpes de 
 talla. Y la dha da Agueda mi sobrina una sal
billa y quatro basos de plata que tambien son mios, para que de todo ello cada vno vien y dis
pongan a su uoluntad porque asi es la mia.
         
 Yttem quiero y es mi voluntad que todo el tri
go y cevada que produzcan los simenteros qe 
 tengo hechos de mi cuenta a medias, v otro parti
do en mis tierras propias. Y lo que por esta ra
zon me perttenezca de las vinculadas en este pre
sente año, ganado lanar y cabrio maior y me
nor, machos y hembras, mular, bestiar y re
ses de bacuno que se hallaren ser mios, barri
lla, dinero y deuitos a mi fauor, que estos cons
taran de mis declaraciones en mi libro de cuen
ta y razon, y papeles que paran en mi poder 
         
          
         
         
         
         
 Yttem declaro poseo por mi propio vn albar de 
 tierra blanca secano con su boquera de diez y 
 seis fanegas de medida de cuerda, situado en el 
 parttido que nombran de los Cabalgadores, campo 
 y termino de estta ciudad, que linda por ponien
te con da Juana Muñoz de dn Pedro, viuda de Ma
theo Joseph de Miras, por el nortte y mediodia 
 con dos ramblas, y por la hondonada con el camino 
 que ba al aljibe de la Plata, el qual compré de dn 
 Francisco Antonio de Bera y Faxardo, vecino de 
 estta misma ciudad 
         
         
         
         
         
         
      
   
		
		
		
		
		
		
			| Legenda: | Expansión • Conjetura • Tachado • Adición • Restitución • Sic  | 
Download XML • Download text
		 • Wordcloud • Facsimile view • Pageflow view