Xpbl Manl Bustos, en nombre de Franco Joseph Martin, vez de
la Va de Competa, jurisdiccion de la ciud de Velez como mas aia lugar
en diro me querello del corregr de dha ciud de Dn Juan Polo, alguacil
mr de dha ciud. Y digo q siendo mi parte Mro de cirujano y de sangra
dor examinado y aprobado pr los del Vro Protomedicato y Protobarberato
y auiendosele despachado sus titulos para el vso y exercizio de dhos ofi
cios, concediendole licencia pr el de sangrador para q sin preceder orden
ni receta de medico aprovado, no auiendolo en el pueblo donde exercie
se el dho su oficio, puede sangrar en las enfermedades de dolor de costa
do, erisipela, mal de garganta y caida como consta del dho titulo de q
hago demostracion en debida forma y hallandose mi pte en la dha va de
Competa usando y exerciendo los dhos oficios de cirujano y sangrador
cumpliendo exactamte con la obligazion de ellos con genl aprovacion
assi de los vezos de dha va como de los lugares immediatos q con buen cre
dito, opinion y fama entre todos ellos y acaesido el q Ju Pedro de
Oña, vez q fue de dha va huviese caido enfermo y despues de algunos dias
de estarlo, llamadosele a mi parte para q como tal cirujano lo visitase
y hechos de informe de la dha enfermedad y de las causas de ella pr
la qual y pr las señales q imparte vio en dho enfermo hecho juicio de la
enfermedad q padecia era de dolor pleuritico o de costado y infor
madosele tambien auersele reconocido dha enfermedad desde luego
q vino de la ciud de Malaga donde auia hecho cierto viaje y parecidole
a mi parte caso de nueva gravedad les dijo a dho enfermo y a su muger
hiciesen traer medico pa q lo viese y recetase los medicamentos q huviese
convenientes, respecto de q en dha va no ai medico y auiendo respon
dido los susodhos no se hallaban con medios pa poder costear el q viniera
medico para q al menos pr el informe q se le hiciese pudiera dho
medico recetar lo q tuviese pr coveniente, le hizo mi pte consulta en
rason de dha enfermedad q estado y teniendo formado juicio de ser
conveniente la sangria, vsando de la facultad q pr el dho titulo se le
concede, sangro al dho enfermo del brazo antes de q huviese re
sultas de la dha consulta pr hallarse dho enfermo mas agrauado del
dho dolor y pr ser la medicina correspondiente para la curacion
de dha enfermedad lo q receto y ordeno el dho medico en vista de
la dha consulta fue el q sin dilacion se le hiciese sangria del
brazo y q si a las diez horas no huviese aliuio conocido se repitiese
segunda sangria y assimismo ordenó ciertas unturas y jarave q
embiole q se le aplicaran como consta de este papel escrito a mi pte
pr Dn Pedro Martin, medico y vez de la Va de Torrox con fha
del dia seis de junio q paso de este año en la va de Frigiliana
donde auia pasado a cierta curacion q presento con el juramento
necesario y auiendo mi parte en execucion de lo mandado pr dho me
dico, dado segunda sangria al dho enfermo de la pte afecta y bena
del arca pr no auerse experimentado mejoria con la primera y no
reconocido tampoco con la segunda, voluio mi pte a consultar
a dho medico en el mismo dia quien ordenó tercera sangria di
do la tenia pr presisa en caso de no auer sudor u otra novedad y tam
bien ordenó otras cosas como consta de este otro papel de dho me
dico con fha del mismo dia seis de junio escrito tambien a mi pte
desde la referida va de Frigiliana y con la misma solemni
dad presento, cuia execucion suspendio mi pte pr auer reconocido
en dho enfermo la novedad de sudor q le aplicaron otros me
dicamentos q ordeno dho medico sin auer mi pte pr ni ordenado
ni recetado alguno y auiendose ido agrauando la enfermedad
del dho Ju Pedro y fallecido de ella a mui pocos dias, ahora
a influjo del dho alguacil mr segun mi pte presume pr tenerle mal
voluntad a causa de no auerle querido regalar vna cabra negra
q le pidio de q ha hecho expresiones de sentimiento, se ha manda
do pr dho corregr proceder contra mi pte atribuiendole auerse exce
dido de las facultades de su oficio en la curacion del dho
enfermo y de ello auerse seguido la muerte del susodho y cometi
do las diligs para la justificacion al dho algl mr quien paso
a dha va de Cómpeta, asistidio de SSno y ministros y manifes
tando su pasion y encono contra mi pte en el modo de practicar
sus diligs, influiendo y queriendo presisar con sus instancias a la
viuda del dho Ju Pedro a q dice se querella contra mi pte
lo q no pudo conseguir pr estar la susodha enterada de q mi pte
no se auia excedido en cosa alguna y al mismo tiempo ha dicho y
publicado el referido algl mr q mi pte ha muerto al dho Juan
Pedro de Oña, lastimandole con ello gravemente en su buen
credito, fama y opinion, auiendose pasado el dho algl mr con el
pretesto de dhos autos a embargar a mi pte sus bienes, siendole
preciso a este auerse ausentado de dha va pr no experimentar q
en su persona le haga otras molestias dejandose la dha va sin
cirujano alguno, pr no auer en ella mas q mi parte, en grave per
juicio de la salud publica y sin auer mi parte dado causa para tales
procedimientos. y pr q segun la pasión del dho algl mr q malos in
flujos q pr ella justamente tome mi pte haga el dho corregr , no espera
el q este le administre justa en dha causa. A V A supco q rete
niendola desde luego y su conocimiento en esta corte, se sirua man
dar su despacho V R P pa q J Jph Garcia, ssno del num de
dha ciud y pr ante quien pasan los dhos autos, los remita orixs a esta
Corte y para que el dho corregr en caso necesario le apremie a ello, im
poniendoles a uno y otro pa q assi lo cumplan, una grave multa pa
la vra Camara q traidos q sean los dhos autos protesto querellarme
mas en forma y pedir lo demas q convenga a la Juasta de mi parte la
qual pido costas. Y juro.