MA1627D2515 Declaración de Andrés Cardeña de la Guerra, procurador y vecino de Málaga, testigo presentado por el solicitador del fiscal en el pleito entre Luis Muñoz y Juan Pérez
Fecha 1627
Localidad España, Málaga, Málaga
Proyecto CORDEREGRA: Corpus diacrónico del español del reino de Granada. 1492-1833
Financiación Junta de Andalucía/FEDER: P09-HUM 4466, 2009-2014
Archivo Archivo de la Real Chancillería de Granada
ID del manuscrito ARCHGR 9684/19
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3 testigo Málaga
El dicho Andrés de Cardona de la Guerra , que así se dijo llamar
y nombrar , procurador de esta dicha ciudad , que vive en la
calle Nueva de San Francisco , testigo presentado por el
solicitador diligenciero del fiscal de su majestad para
que sea examinado por la primera , cuarta y quinta
y sexta y última preguntas del
interrogatorio, del cual yo , el dicho escribano receptor de su majestad ,
recibí juramento en forma de derecho , y siendo
preguntado, dijo lo siguiente :
1 A la primera pregunta dijo que de oídas
conoce al fiscal de su majestad y conoce a Juan Pérez ,
preso en la cárcel pública de esta dicha ciudad ,
y asimismo a Luis Muñoz de Robles , vecinos de esta
dicha ciudad , y tiene noticia de este pleito : y
esto responde .
Generales A las generales de la ley , dijo que es de edad de
más de cuarenta años y no le tocan ninguna de
las generales que le fueron hechas , y desea
venza este pleito la parte que tuviere
justicia: y esto responde .
4 A la cuarta pregunta dijo que lo que de ella sabe
es que , estando este testigo en las carnicerías de esta dicha ciudad
un día que a lo que se quiere acordar era sábado por uno de los
meses de de noviembre diciembre del año
pasado de mil y seiscientos y veinte y seis ,
llegó a este testigo a hablarle un clérigo de misa que se llama
don Francisco Durango Salazar , que es amigo de este testigo ,
y entre otras cosas que le dijo por caso
lastimoso le contó uno sucedido la noche antes y le dijo
que estando en las casas de su morada que son en la
calleja de Siete Revueltas , donde se entra por la
que llaman de los Toros , después de anochecido
buen rato , estando con otro hermano suyo
presbítero habían oído voces en la dicha calle , cerca de su
casa , y se habían asomado a la ventana y vieron
en la dicha calle dos hombres , y el uno de ellos
decía al otro : puto bujarrón , ¿ tú quieres hacer eso
conmigo? Voto a Dios que te he de matar
. Y desde la
dicha ventana le había dicho el dicho clérigo : ¡ Tente, no lo mates ! ¿ Por qué quieres matarlo?
Y
a esto había respondido el dicho hombre : sí tengo
de matarlo, voto a Dios que es un puto y me
quería cabalgar
. Y que a estas razones , el
hombre contra quien decía las dichas palabras le
decía : ¡ Luis de mi vida , no me mates !
. Y que no
se acuerda bien este testigo si le dijo también que le había
visto al dicho hombre que procuraba matar al
otro una espada desnuda en las manos y si bajó
o no el dicho don Francisco Durango a la calle . Y
habiéndole dicho esto se vino este testigo a la cárcel pública
a ver un preso y halló en ella a Mateo de Vargas
escribano público del número de esta dicha ciudad , y viéndole
en cuerpo y sin herreruelo le preguntó este
testigo qué hacía allí y le dijo que estaba preso
porque la noche antes Juan Pérez , tendero , vecino de esta
dicha ciudad , había llamado con engaños a
Luis de Robles , su cuñado y lo había querido
cabalgar , y que el dicho su cuñado había sacado
la espada para defenderse y le había
herido, y que habiéndole dado noticia de esto al
dicho Mateo de Vargas , escribano público que estaba en las
casas de su morada , había salido de ellas y venido
a buscar al dicho Juan Pérez a su casa y que no
hallándole en ella había dicho con enojo
algunas palabras y por esto le había preso
la justicia de esta dicha ciudad y puesto en
la cárcel al dicho Mateo de Vargas , al cual este
testigo le refirió lo que le había dicho en las
carnicerías poco antes el señor don Francisco Durango . Y
conforme a lo que pasararon en los dos tiempos
echó de ver este testigo que era un mismo caso . Y esto
sabe de la pregunta y no otra cosa y esto
responde.
5 A la quinta pregunta dijo que este testigo ha visto de
algún tiempo a esta parte que en casa del dicho
Juan Pérez que ha tenido tienda abierta , donde
ha vendido fruta , aceite y vinagre y leña por
menudo, y no sabe otra cosa , y esto responde .
6 A la sexta pregunta dijo que no sabe este testigo lo que
el dicho Juan Pérez gastó en curarse de las heridas que
tuvo , pero le parece sería poca la cantidad
porque duró poco la cura ; y que no sabe que
quedase manco ni con lesión y siempre
vio este testigo que tuvo abierta la dicha su tienda
vendiendo en ella las mercaderías referidas como
de antes . Y esto responde .
7 La sétima pregunta dijo que lo que ha dicho es
público para este testigo y la verdad , so cargo del
juramento que hecho tiene . Leyósele su dicho ,
ratificose en él , encargósele el secreto hasta la publicación
y lo prometió y lo firmó de su nombre , de
todo lo cual doy fe . Tachado y no .
Andrés de Cardeña de la Guerra Juan de Lareña Ante mí , Pedro Ladrón de Guevara , escribano receptor
Legenda:
Expansión • Conjetura • Tachado • Adición • Restitución • Sic
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