JA1797I7188

Carta de dote y arras de José Rua para María Muñoz

Fecha1797
LocalidadEspaña, Jaén, Baeza
ProyectoALEA XIX: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XIX. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónProyectos de Investigación Aplicada del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada, 2023, financiados por el Progama operativo FEDER Andalucía 2021-2027. C-HUM-038-UGR23
ArchivoArchivo Histórico Municipal de Baeza
ID del manuscritoAHMB sala 3/estante 12/nº 362

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Dote y arras José de Rúa. En favor de María Muñoz su futura epsosa En la ciudad de Baeza, a cinco días del mes de septiembre de mil setecientos noventa y siete años, ante , el escribano público de su número, y testigos que se expresarán, pareció José de Rúa Cabrera, vecino de ella, viudo de Catalina de Vico e hijo de Manuel de Rúa e Inés de Cabrera, y dijo que para servir a Dios, nuestro señor, está próximo a casarse y velarse con María Muñoz, hija de Diego Muñoz y de Catalina Gallego, naturales y vecino de esta dicha ciudad, la que confiere para auxilio de las cargas del matrimonio diferentes bienes, de que le ha pedido otorgue a mi favor la correspondiente escritura de dote, lo que ha tenido a bien, y en mi ejecución, en aquella mejor vía, y forma que puede y ha lugar de derecho, sabedor del que en este caso le compete, otorga que recibe por bienes, dote y caudal de la nominada María Muñoz, su futura esposa, los siguientes: Un jubón de felpa nuevo, en ochenta reales vellón. Otro de cartulina, en cuarenta. Un guardapiés de camellón de aguas

verde, en ciento y cuarenta reales. Una basquiña de camellón, en noventa reales. Un guardapiés de indiana, en cincuenta. Una mantilla de franela, en cincuenta. Otra de muselina en treinta reales. Otra de bayeta fina en diez y siete. Otra de hombros, en quince reales. Otra blanca en cuarenta Una basquiña de camellón en cuarenta reales. Una sobrecama de calamaco, en ciento y diez reales. Dos camisas en cuarenta. Dos enaguas blancas, en cuarenta. Cuatro pares de medias, en veinte. Dos pares de zapatos, en veinte. Cuatro pañuelos en cincuenta reales. Unos chorrillicos de perlas, en sesenta reales. Un par de enaguas azules y blancas en treinta reales. Un mullidor grande, en ochenta. Otro azul y blanco, en ciento y diez. Dos sábanas de cáñamo, en ciento y cuarenta.

Dos servilletas y unos manteles en diez y ocho reales. Tres mandiles en veinte. Cuatro almohadas de lino, en cuarenta reales. Otras cuatro de crea, en setenta. Una arca cazorleña, en cincuenta reales. Una cama de madera en veinte y cinco reales. Cuatro sillas en diez y seis. Una mesa en seis reales. Los cuales dichos bienes a una suma importan un mil quinientos treinta y siete reales vellón, y los recibe el otorgante real y efectivamente en este acto, a vista y en presencia de , el escribano, y testigos de esta escritura de que doy fe. Y formaliza de ellos el recibo y resguardo que más eficaz se requieren por derecho a favor de la precitada, su futura esposa, declarando como declara han sido justipreciados y valorados por personas inteligentes de la satisfacción y confianza del otorgante, en cuya tasación no ha habido lesión, ni engaño y, en el caso que haya algún exceso, en poca o mucha cantidad de la que fuere, hace a favor de la nominada María Muñoz


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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