JA1796I7189

Carta de dote y arras de Salvador Fernández y Torres para María Basilia Barrero

Fecha1796
LocalidadEspaña, Jaén, Baeza
ProyectoALEA XIX: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XIX. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónProyectos de Investigación Aplicada del Plan Propio de Investigación y Transferencia de la Universidad de Granada, 2023, financiados por el Progama operativo FEDER Andalucía 2021-2027. C-HUM-038-UGR23
ArchivoArchivo Histórico Municipal de Baeza
ID del manuscritoAHMB sala 3/estante 12/nº362
TranscripciónIman Habiby

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Dote y arras dn Salbador Fernandez y Torres vecino d esta ciudad en fabor de da Maria Basilia Barrero su muger En la ciudad de Baeza a ocho dias del mes de octubre de mil setecientos nobenta y seis años. Ante mi, el esno publico de su numo y testigos que se expresarian, parecio dn Salbador Antonio Fernandez y Torres, vecino de ella, hijo de dn Felipe Santiago Fernandez, defunto, natural de la villa de Cazorla, y de da Ysabel de Torres, que lo es de la ciudad de Ubeda y vecina de esta, y dijo que para servir a Dios, nro sr, esta casado y velado in fazie eclesie con da Maria Basilia Barrero, hija de dn Juan Esteban Barrero, natural de dha cuidad de Vbeda, y de da Geronima de Vera qe lo es de esta ciudad y vecina de ella; y que hauiendo conferido al matrimonio dha su esposa diferentes vienes, ropas y alajas le ha pedido otorgue a su fabor la correspondte esra de dote, lo que ha tenido a vien y en su execuzn en aquella mejor via y forma qe puede y ha lugar de dro, sauidor del que en este caso le compete, otorga que recibe por vienes, dote y caudal de la nominada da Maria Basilia Barrero, su esposa, los siguientes: Vn olibar de nobenta y nuebe matas en el sitio de la fuente Rui Sanchez termo d esta ciudad, que linda a lebante y norte con olibas de la caseria de aquel

sitio que posee el marques de la Garantia, vecino de Ezija, a poniente con otras de Pedro de Salas y al sur, con otras de los herederos de dn Lucas Monsalbe, vecino d esta ciudad, el qual dho olibar vendieron a la dha da Maria Basilia Cathalina Rodriguez, uiuda de Vicente Padilla, y los hijos y herederos de este por esra que otorgaron en ella ante dn Antonio Mesia de la Puerta, esno q fue de su numero, a veinte de dize del año de mil setecienttos nobenta y tres, valen seis mil y cien rs, de los que rebajados un mil y ciento, capital de un zenso que sobre si tiene a fabor de dn Franco Requena, presvitero d esta ciudad, quedan liquidos de su ualor cinco mil rsreales. Una sartilla de perlas en seiscienttos y cinquenta reales. Otra de aljofar en ciento y vente rrs. Vna cruz de boton de esmeraldas en cien rs. Vnos pendientes de lazo en cientto y veintte rs. Otros de dos piezas en cien reales. Vn anillo de damantes en ciento y treina reales. Otro de esmeraldas en cientto y quarenta rs. Otro de esmeraldas en ochenta rrs|rreales. Otro de lo mismo en quarenta rrs. Vna cadena de plata sobredorada con una joyita de oro en doscientos rs. Vna sobrecama de damasco en trescientos rs. Otra de boton en trescientos reales. Dos sabanas de true en cientto y ochenta rs.

Siette almoadas de true con guarniciones de musolina en ciento y veinte rs. Dos sabanas de coruña en doscientos rs. Tres almoadas de coruña en cinquenta rs. Dos sabanas en cien reales. Veinte y siete varas de lienzo para colchones, a ocho reales vara, doscienttos diez y seis reales. Vna cama de madera en cien rrs. Vn cobertor en setenta reales. La lana de los colchones y almoadas en doscientos reales. Tres baules en ciento y sesenta rs. Vna mas pequeña en ueinte rs. Vna almirez en sesenta rrs. Un belon mediano en quarenta rs. Otro mas pequeño en treinta rrs. Seis camisas en doscientos rrs. Tres pares de enaguas blancas en nobenta rs. Tres pares de guardapieses con jugones, blancos, en cientto y ochenta rs. Vn bestido de raso de color de leche en doscientos reales. Otro de lo mismo de color rosado en doscientos reales. Vna basquiña de paño de seda en trescientos rrs. Otra de busumana en cien reales. Otra de tafetan en sesenta rs. Una mantilla de franela en sesenta rs. Otra de seda con blonda en cien reales.

Otra musolina con arandela de lo mismo en cien reales. Otra de puntas en sesenta rrs. Vn guardapies de yndiana en quarentta y cinco reales. Vn jubon de terciopelo en sesenta rs. En dinero tres mil y quinientos rs. En ropa de mesa trescientos rrs vn. Los quales dhos vienes a vna suma importan catorce mil trescientos ochenta y un reales vellon, y los recibe el otorgantte real y efectibamentte los muebles, ropa, alajas y dinero en este acto ha uistta y en presencia de mi, el escribano, y testigos d esta escriptura, de que doy fe y a maior se da y otorga por contentto y realmente entregado a su uoluntad de todos los referidos vienes; y formaliza de ellos el recibo y resguardo que mas eficaz se rrequiera por derecho, a fabor de la precitada su esposa, declarando como declara an sido justipreciados y ualorados por personas inteligentes de la satisfaczion y confianza

del otorgantte, en ciua tasazion no ha hauido lesion, ni engaño y, en el caso de que haya y pueda haber hauido algun exceso, en poca o mucha cantidad de la que fuere, hace a fabor de la nominada da Maria Basilia Barrero, su muger, gracia y donacion, buena, pura perfecta e irrebocale que el derecho llama intervibos con insinuazion bastante y demas formalidades competentes y que se requieran por derecho, para su estabilidad y firmeza, sobre que renunzia la ley quarta, titulo siete, libro quintto del ordenamiento real establecido en las cortes celebradas en Alcala de Henares, que trata de lesiones, con los quatro años que lo define para la ressision de los contratos que las contienen, cuio termino da por parado como si realmente lo estubiera, y a maior abundamiento haprueba y ractifica la expresada tasazion y se obliga a no reclamarla en tiempo alguno, y si lo hiciere o intenttare ha de ser visto por el mismo echo, haberla aprobado y revalidado de nueuo, añadiendo fuerza a fuerza y contrato


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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