JA1759I2607

Capital que Domingo Antonio Rodríguez, vecino de Orcera, entregó a Josefa Rodríguez, su hija, para su matrimonio con don Vicente Segura, vecino de la villa de Segura

Fecha1759
LocalidadEspaña, Jaén, Orcera
ProyectoCORDEREGRA: Corpus diacrónico del español del reino de Granada. 1492-1833
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P09-HUM 4466, 2009-2014
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Jaén
ID del manuscritoAHPJ 22383

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En el lugar de Orcera, a primero de abril de mil setecientos cincuenta y nueve años, ante , el escribano público y testigos de que se hará mención, pareció Domingo Antonio Rodríguez, vecino de este lugar, y don Vicente Segura, su yerno, vecino de la villa de Segura, como marido y conjunta persona de Josefa Rodríguez, los cuales están casados y velados según orden de nuestra Madre Iglesia. Y para poder mantener las cargas que consigo trae dicho matrimonio, el dicho Domingo Rodríguez les quiere entregar el capital que le tocó y perteneció a la dicha su hija, otorgándole el recibo correspondiente dicho don Vicente, el cual, estando presente, lo ha tenido a bien. Y poniéndolo en ejecución, confiesa haber recibido del dicho Domingo Rodríguez, su señor, las cantidades de que se hará mención, así de maravedís como de otros haberes, en los precios y manera siguientes: Primeramente, una caldera grande en precio de doscientos reales de vellón. Ítem. un caldero de cobre en cincuenta y cinco reales. Ítem. un almirez que pesó ocho libras, que a siete reales vale cincuenta y seis reales. Ítem. un cazo grande en veinte y dos reales. Ítem. por otro pequeño cinco reales. Ítem. una sartén grande en diez y seis reales. Ítem. un asador en dos reales. Ítem. unas trébedes que pesaron siete libras catorce reales. Ítem. dos colchas, una blanca de lino y otra de colores, a cuatro pies cada una, nuevas, en ciento y veinte reales. Ítem. un cobertor de Valencia en cuarenta reales. Ítem. dos colchones, el uno de cáñamo y el otro de estopa, el primero a cinco reales la vara y el segundo a tres, que valen setenta y ocho reales. Ítem. seis arrobas de lana negra, a precio de veinte y ocho reales la arroba, importan ciento y sesenta y ocho reales. Ítem. seis sábanas de lino, a siete varas cada una, importan a cinco reales y medio la vara, doscientos treinta y un reales y medio. Ítem. seis almohadas de lino sin poblar que tuvieron seis varas, que dicho precio importan treinta y tres reales. Ítem. una delantera de cama en veinte reales. Ítem. una basquiña de damasco de once varas, nueva, a veinte y cuatro reales la vara, y cinco varas del forro, en veinte y cinco reales, que uno y otro importa doscientos ochenta y nueve reales. Ítem. un guardapiés de damasco floreado de once varas, a precio de veinte y cinco reales, importan doscientos setenta y cinco, y veinte y cinco reales del forro, componen trescientos reales. Ítem. un guardapiés de lana de diez varas, a diez reales la vara, importan cien reales. Ítem. un dengue bordado de grana en precio de ciento y ochenta reales. Ítem. una sartilla de aljófar en ciento y veinte reales. Ítem. un anillo de oro en sesenta reales. Ítem. una casaca de terciopelo en ciento y cincuenta reales. Ítem. un jubón de griseta en cincuenta reales. Ítem. un pañuelo de muselina en veinte reales. Ítem. tres almohadas de asiento en diez y ocho reales. Ítem. una sartén pequeña en ocho reales. Ítem. seis servilletas, tres finas labradas doce reales, y las otras tres en ocho, que todo son veinte. Ítem. cuatro varas y media de lino en tres tablas de manteles, a cinco reales y medio, importan veinte y cinco. Ítem. por unas maseras y un tendido, diez y siete reales y medio. Ítem. un guardapiés de sempiterna verde cosido de nuevo en ochenta reales. Ítem. una arca nueva con su cerradura de moda en cuarenta y cinco reales. Ítem. una cama de pino nueva con su cuerda en veinte y dos reales. Ítem. cuatro cántaras de barro de Andújar, seis reales. Ítem. dos docenas de platos de barro, ocho reales. Ítem. seis varas de tafetán doblete negro, a ocho reales, cuarenta y ocho reales. Ítem. noventa y un machos de cabrío de cinco años, a sesenta y seis reales cada uno importan seis mil y seis reales de vellón. Ítem. en especie de dinero y diferentes once mil ochocientos setenta reales y diez y siete maravedís. Ítem. un mil ciento veinte y cinco reales de vellón que le tocaron de deudas al caudal de su madre, María Muñoz, por su fallecimiento, de débito que tenía contra el dicho caudal don Juan Pablo Muñoz, vecino que fue de la dicha villa de Segura, como consta de la cuenta que dicho don Juan Pablo firmó en el libro de caja del expresado Domingo.

Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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