JA1747I7175

Bienes de Gaspar de Caravaca

Fecha1747
LocalidadEspaña, Jaén, Cazorla
ProyectoALEA XVIII: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XVIII. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P18-FR-695, 2020-2022
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Jaén
ID del manuscritoAHPJ 14737
TranscripciónInmaculada González Sopeña

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Gaspar de Carabaca, ynscrezion de vienes Estando en el sitio del Salado, termino y jurison de las villas de Cara y la yxuela y cortijo que labra Gaspar de Carabaca, vezino que dijo ser de dha villa de la yxuela, a quien doi fee conozco, y dijo hauer muerto Agustina Ybañez, su segunda muger, en la qual a tenido dos hijas, la vna d ellas murio despues de su madre y tambien se halla con otros dos hijos del primero matrimonio, y por estar dentro del termino conzedido por lei y es d estos reinos y no dagnificar a ninguno de sus hijos, hizo ynscrepzion de sus vienes como se sigue: Lo primero, un buei pelo negro, en su aprezio de ziento y zinquenta y ocho rs. Otro buei llamado Dorado en dozientos y ochenta reales. Una baca parida en diez y nuebe ds que valen dozientos y nuebe reales. Otro buey llamado Cordero en dozientos y treinta y vn reales. Otro buey llamado Cordobillo en ziento y quarenta y tres reales. Una baca de carne en ziento y veinte y vn rs. Otra baca nueba en catorze ducados q valen ziento y zinquenta y quatro reales.

Otro heral en ziento y quarenta y tres rs. Una burra pelo castaña bieja en ziento y treinta y dos reales. Otra burra que llaman Tronpetera en ziento y quarenta y tres reales. Otra burra parida en dozientos y veinte rs. Una pollina en ziento y treinta y dos rs. Un pollino en ochenta y ocho rs. Una yegua parida en treszientos y setenta rs. Una potra en treszientos y treinta reales. Dos añojos en doszientos y treinta reales. Quarenta y zinco zerdos de la cria d este año en quatrozientos y zinquenta reales. Treinta y tres lechones primales a treinta y tres reales cada vno y todos en mil trezientos beinte reales. Una sarten grande en vte y quatro rs. Otras dos sartenes en diez y seis rs. Otra pequeña en quatro reales. Una espetera en onze reales. Una caldera en zinquenta rs. Unas trebedes en ocho reales. Tres candiles en seis reales. Seis arados aperados a tres ducados cada uno en ziento y nobenta y ocho reales. Dos azadas en quarenta reales. Una hacha en diez y ocho reales Un ozino en quatro rs.

Dos collares con canpanillas en treinta rs. Una artesa, barandillas y zedazas en veinte y quatro rs. Un tablero en vn real. Una media herrada y vn zelemin de palo en veinte y seis rs. Otra artesa pequeña en ocho rs. Una arca con zerradura y llaue en treinta rs. Otra arca en treinta reales. Una cantarera de palo en seis rs. Dos cuezos en diez y seis rs. Quatro orzas grandes en doze rs. Zinco orzas pequeñas en zinco rs. Quatro orones en diez y ocho rs. Una cuchara de yerro en dos rs. Una cama grande en ute y quatro rs. Otra media cama en diez rs. Quatro colchones grandes a treinta y tres reales cada vno y todos en ziento y treinta y dos reales. Otro pequeño en veinte y dos rs. Siete sabanas de cañamo en ziento y treinta reales. Siete almohadas de lino en veinte y vn rs. Siete seruilletas labradas en treinta rs. Siete aturilladas en catorze rs.

Ocho camisas de muger en ziento y treinta y seis rs. Dos camisones de lino en treinta y dos rs. Dos de cañamo en ute y quatro rs. Dos jubones de cañamo en diez y ocho rs. Zinco pares de calzetas de lino en treinta rs. Un par de calzetas de lino en diez rs. Un guardabajos de lanparilla, azul a medio traer en veinte y zinco diez rs. Una casaca de pelo de camello en ute rs. Un guardapies de calimaco en sesenta rs. Una casaca de christal en quarenta y qo rs. Una casaca de nobleza vieja en doze rs. Otra de lo mismo en ochenta reales. Una pollera de lanparilla mediada en veinte y zinco reales. Un corpiño de lila encarnado en en diez y seis rs. Un manto de anascote en treinta rs. Un manto de seda a medio traer en ute y zinco rs. Calzones y jubon de ante en nobenta rs. Unas medias de seda en ute reales. Un capote de paño fino en ute y zinco reales. Una montera de paño fino en ocho rs.

Una capa de paño pardo en treinta rs. Una carreta aperada en dozientos y veinte rs. Ochenta y seis fanegas de barbecho alzado y binado a doze reales cada vna, ynportan mill y treinta y dos reales. Una escopeta con su frasco en ziento y diez reales. De jamones y tozino ziento y setenta y dos reales. Unos pendientes de oro, vna abuja de plata y diferentes dijes, todo en setenta rs. Un pellejo de vn añojo en veinte y quatro reales. Un cuero curtido en setenta y siete rs. Un cargador de yerro en treinta rs. De ramales y melenas diez y ocho rs. Quatro sillas de eneas ocho reales. Un bufete pequeño de pino en ocho rs. Una mesica de gonzes en ocho rs. De palos, orcas y garbillos veinte y quatro reales. Una colcha de colores nueva en quarenta

quarentata y quatro reales. Otra colcha de colores mediada en veinte y dos rs. Una tela hilada de cañamo, la media cozida en madejas y la otra mitad sin cozer en ziento y zinquenta rs. Ynportan los vienes de sta ynscrepzion en vna suma ocho mil quinientos y ochenta y un reales. Ynptan los vienes d esta inscrepzion. Los quales dhos vienes el dho Gaspar de Carauaca declaro ser suios propios y d ellos haze ynscrepzion por la fin y muerte de Agustina Ybañez, su segunda muger, y si otros ubiere de que no haze menzion protesta declararlos como lo ejecutara de que le quedasen libres de la cosecha presente, vajados los gastos de su recolecçion, la que esta haziendo segando y trillando sus mieses, y hasta tanto que se aya fenezido su rrecolecçion. Y juro a Dios, Nuestro Señor, y a vna señal de cruz que juro con su mano derecha que los puestos y sentados son ziertos y berdaderos y valen los prezios en que ban tasados y procurara su manuntenzion para que sus hijos tengan derecho a ellos. Y asi lo dijo, otorgo y no firmo

firmo, que dijo no sauer, firmo a su ruego, un testigo, que lo fueron presentes, Joan Lorenzo de Saavedra y Sirio Muñoz y Joan Castellanos, vezinos de la villa de Cazorla en este dho sitio, en ocho dias del mes de julio de mill setezientos y quarenta y seis años de lo qual, yo el essno, doy fee. Paso ante mi, de Saavedra


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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