Gaspar de Carabaca, ynscre
zion de vienes
Estando en el sitio del Salado, ter
mino y jurison de las villas de Cara y
la yxuela y cortijo que labra Gaspar de Carabaca, vezino
que dijo ser de dha villa de la yxuela, a quien doi fee conozco, y dijo
hauer muerto Agustina Ybañez, su segunda muger, en la
qual a tenido dos hijas, la vna d ellas murio despues de
su madre y tambien se halla con otros dos hijos del primero
matrimonio, y por estar dentro del termino conzedido por lei
y es d estos reinos y no dagnificar a ninguno de sus hijos, hizo
ynscrepzion de sus vienes como se sigue:
Lo primero, un buei pelo negro, en su aprezio de
ziento y zinquenta y ocho rs.
Otro buei llamado Dorado en dozientos y ochen
ta reales.
Una baca parida en diez y nuebe ds que valen
dozientos y nuebe reales.
Otro buey llamado Cordero en dozientos y trein
ta y vn reales.
Otro buey llamado Cordobillo en ziento y qua
renta y tres reales.
Una baca de carne en ziento y veinte y vn rs.
Otra baca nueba en catorze ducados q valen zien
to y zinquenta y quatro reales.
Otro heral en ziento y quarenta y tres rs.
Una burra pelo castaña bieja en ziento y trein
ta y dos reales.
Otra burra que llaman Tronpetera en ziento y
quarenta y tres reales.
Otra burra parida en dozientos y veinte rs.
Una pollina en ziento y treinta y dos rs.
Un pollino en ochenta y ocho rs.
Una yegua parida en treszientos y setenta rs.
Una potra en treszientos y treinta reales.
Dos añojos en doszientos y treinta reales.
Quarenta y zinco zerdos de la cria d este año
en quatrozientos y zinquenta reales.
Treinta y tres lechones primales a treinta y tres
reales cada vno y todos en mil trezientos be
inte reales.
Una sarten grande en vte y quatro rs.
Otras dos sartenes en diez y seis rs.
Otra pequeña en quatro reales.
Una espetera en onze reales.
Una caldera en zinquenta rs.
Unas trebedes en ocho reales.
Tres candiles en seis reales.
Seis arados aperados a tres ducados cada uno
en ziento y nobenta y ocho reales.
Dos azadas en quarenta reales.
Una hacha en diez y ocho reales
Un ozino en quatro rs.
Dos collares con canpanillas en treinta rs.
Una artesa, barandillas y zedazas en veinte y
quatro rs.
Un tablero en vn real.
Una media herrada y vn zelemin de palo
en veinte y seis rs.
Otra artesa pequeña en ocho rs.
Una arca con zerradura y llaue en treinta rs.
Otra arca en treinta reales.
Una cantarera de palo en seis rs.
Dos cuezos en diez y seis rs.
Quatro orzas grandes en doze rs.
Zinco orzas pequeñas en zinco rs.
Quatro orones en diez y ocho rs.
Una cuchara de yerro en dos rs.
Una cama grande en ute y quatro rs.
Otra media cama en diez rs.
Quatro colchones grandes a treinta y tres
reales cada vno y todos en ziento y treinta y
dos reales.
Otro pequeño en veinte y dos rs.
Siete sabanas de cañamo en ziento y
treinta reales.
Siete almohadas de lino en veinte y vn rs.
Siete seruilletas labradas en treinta rs.
Siete aturilladas en catorze rs.
Ocho camisas de muger en ziento y treinta y seis rs.
Dos camisones de lino en treinta y dos rs.
Dos de cañamo en ute y quatro rs.
Dos jubones de cañamo en diez y ocho rs.
Zinco pares de calzetas de lino en treinta rs.
Un par de calzetas de lino en diez rs.
Un guardabajos de lanparilla, azul a medio traer
en veinte y zinco diez rs.
Una casaca de pelo de camello en ute rs.
Un guardapies de calimaco en sesenta rs.
Una casaca de christal en quarenta y qo rs.
Una casaca de nobleza vieja en doze rs.
Otra de lo mismo en ochenta reales.
Una pollera de lanparilla mediada en veinte
y zinco reales.
Un corpiño de lila encarnado en en diez y seis rs.
Un manto de anascote en treinta rs.
Un manto de seda a medio traer en ute y zinco rs.
Calzones y jubon de ante en nobenta rs.
Unas medias de seda en ute reales.
Un capote de paño fino en ute y zinco reales.
Una montera de paño fino en ocho rs.
Una capa de paño pardo en treinta rs.
Una carreta aperada en dozientos y veinte rs.
Ochenta y seis fanegas de barbecho alzado y
binado a doze reales cada vna, ynportan
mill y treinta y dos reales.
Una escopeta con su frasco en ziento y
diez reales.
De jamones y tozino ziento y setenta y
dos reales.
Unos pendientes de oro, vna abuja de plata
y diferentes dijes, todo en setenta rs.
Un pellejo de vn añojo en veinte y qua
tro reales.
Un cuero curtido en setenta y siete rs.
Un cargador de yerro en treinta rs.
De ramales y melenas diez y ocho rs.
Quatro sillas de eneas ocho reales.
Un bufete pequeño de pino en ocho rs.
Una mesica de gonzes en ocho rs.
De palos, orcas y garbillos veinte y qua
tro reales.
Una colcha de colores nueva en quarenta
quarentata y quatro reales.
Otra colcha de colores mediada en vein
te y dos rs.
Una tela hilada de cañamo, la media co
zida en madejas y la otra mitad sin co
zer en ziento y zinquenta rs.
Ynportan los vienes de sta yns
crepzion en vna suma ocho
mil quinientos y ochenta y
un reales.
Ynptan los vienes d esta ins
crepzion.
Los quales dhos vienes el dho Gaspar de Carauaca de
claro ser suios propios y d ellos haze ynscrepzion por
la fin y muerte de Agustina Ybañez, su segun
da muger, y si otros ubiere de que no haze menzion
protesta declararlos como lo ejecutara de
que le quedasen libres de la cosecha presente, vaja
dos los gastos de su recolecçion, la que esta haziendo
segando y trillando sus mieses, y hasta tanto
que se aya fenezido su rrecolecçion. Y juro a Dios,
Nuestro Señor, y a vna señal de cruz que juro con
su mano derecha que los puestos y sentados son zier
tos y berdaderos y valen los prezios en que ban ta
sados y procurara su manuntenzion para que sus hi
jos tengan derecho a ellos. Y asi lo dijo, otorgo y no firmo
firmo, que dijo no sauer, firmo a su ruego, un testigo, que lo
fueron presentes, Joan Lorenzo de Saavedra y Sirio Mu
ñoz y Joan Castellanos, vezinos de la villa de Cazorla en este
dho sitio, en ocho dias del mes de julio de mill setezien
tos y quarenta y seis años de lo qual, yo el essno, doy fee.
Paso ante mi,
de Saavedra