
Escritura de recibo de dote y
oferta de arras, Francisco
Paredes, natural de Jaén
en favor de
Juana María Salido,
natural y vecina de esta villa
En el nombre de Dios, Nuestro Señor
todopoderoso, amén. Sépase
por esta pública escritura de recibo
de dote y oferta de arras
como yo, Francisco Paredes,
natural y vecino de la ciudad de Jaén, hijo legítimo de
Bartolomé de Paredes y de Juana Pancorvo ,
su mujer, vecinos que fueron de dicha ciudad, de estado mozo
soltero. Digo que por cuanto para el servicio
de Dios, Nuestro Señor, y con su bendición y gracia estoy
tratado de me casar y velar según orden de
la santa madre Iglesia con Juana María
Salido, natural y vecina de esta villa de Linares,
de estado moza doncella, hija legítima de Antonio
Salido de Jódar y de Juana García, su mujer,
ya difunta, vecinos y naturales de esta referida
villa. Y atento a que, a el tiempo y cuando se
trató este casamiento, se me ofrecieron ciertos
bienes por el dicho Antonio Salido para que los
llevase la dicha su hija por dote para ayuda a las
cargas del matrimonio, y que está próximo
a efectuarse hoy día de la fecha se me han
entregado dichos bienes por el referido Antonio.

otorgo por
la presente que recibo por dote y caudal
de la dicha mi futura esposa los bienes y
en los precios siguientes:
Lo primero, un morillo de hierro
en catorce reales de vellón.
Una trébedes en diez y seis reales.
Unas llares de hierro en doce reales.
Un peso, un rallo, una cuchara, una
rasera, unas tenazas y espetera en once reales.
Siete libras en hierro en catorce reales.
Un badil de hierro en nueve reales.
Una cuchara de hierro con agujeros
en tres reales.
Cuatro asadores de hierro en nueve reales.
Un caldero de nueve libras de
cobre en treinta y seis reales.
Más otro caldero de seis libras de cobre
en veinte y cuatro reales.
Dos candiles en ocho reales.
Dos cazos de cobre en quince reales.
Dos sartenes en diez y ocho reales.
Una almirez de seis libras en veinte y cuatro reales.
Una cama de madera con su barandilla
en cincuenta y cinco reales.
Tres sillones negros de en cincuenta y cuatro reales.
Un escaño de madera nuevo en veinte
y dos reales.
Una mesa de cajón en trece reales.
Una mesa más pequeña en cinco reales.
Una tarima de pino en diez y ocho reales.
Una cantarera de tres cántaros en
doce reales.
Un celemín y medio de pino en siete reales.
Un velador nuevo en nueve reales.
Cuatro sillas de anca en diez reales.
Una artesa y unas cedazas y
barandilla en veinte reales.
Una moldura con un lienzo de Nuestra
Señora de Belén en treinta reales.
Otro lienzo de Nuestra Señora de la capilla
en veinte reales.
Más otros dos lienzos con molduras
doradas, el uno de Señor José y, el otro,
de Santa Bárbara en veinte reales.
Más otros tres países pequeños con
marcos dorados en quince reales.
Una cuerda para la cama en ocho reales.
Más un colchón de quince varas de
cáñamo en sesenta reales.
Más dos mullidores de cáñamo azules
y blancos en sesenta reales.
Más de la lana de los dos mullidores
cuatro arrobas, ochenta reales.
Más dos sábanas de lino, diez y ocho
varas en noventa y ocho reales.
Cuatro almohadas de morlés
con sus encajes treinta y ocho reales.
Otras cuatro almohadas de lino a
veinte y ocho reales.
Dos sábanas de cáñamo en
ochenta y cuatro reales.
Una sábana de medianillo en
cincuenta y ocho reales.
Una vestidura de hombre de lino en
treinta y cinco reales.
Unas enaguas blancas de lino
en cincuenta reales.
Otras de morlés en diez reales.
Una camisa de morlés con encajes en
treinta y seis reales.
Otra camisa de morlés sin encajes en
treinta reales.
Más otra camisa de morlés en veinte
y cinco reales.
Más un peinador de morlés en diez
y seis reales.
Un paño de manos en diez y siete reales.
Cuatro servilletas de lino diez y ocho reales.
Una tabla de manteles de lino
en ocho reales.
Tres servilletas de estopa de lino
en cinco reales.
Otra tabla de manteles en cinco reales.
Una falsera de red de lino en treinta reales.
Una colcha de estambre en ochenta reales.
Más el rodapiés encarnado en
veinte y dos reales.
Una basquiña de pelo camello en
ciento y veinte reales.
Un jubón de nobleza negra en
cincuenta y dos reales.
Unos justillos de persiana en treinta.
Un guardapiés de sempiterna
verde en cincuenta y dos reales.
Un manto de anascote en veinte y
cuatro reales vellón.
Más una mantellina de bayeta
de Flandes en quince reales.
Unos chorros de oro en setenta y
cinco reales.
Una caja de plata en cuarenta y cinco.
Un agnus de plata en diez y siete reales.
Una canasta de loza y un
cernadero en treinta y dos reales.
Un tabaque de corchera y sus trastes veinte reales.
Tres cojines en quince reales.
Más un rosario con una cruz de plata
de filigrana veinte y dos reales.
Cuyos bienes suman y montan dos
mil y ochenta y siete reales de vellón, los cuales
han sido apreciados por personas peritas,
nombradas por ambas partes sin agravio alguno
y en el caso de que lo haya contra mí, en cual

de las que el derecho llama yntter
necesarias para
su firmeza, sobre que renuncio las leyes del
ordenamiento real y demás que con ellas concuerdan, y de los
referidos bienes desde luego me doy por contento
y satisfecho a mi voluntad por haberlos
recibido de mano del dicho Antonio Salido, mi
suegro, por cuenta de las legítimas de la dicha mi futura
esposa, y porque su entrega no parece de presente,
renuncio las leyes de ella y prueba de su recibo
y de más del caso como en ella se contiene, y
atendiendo a la honra y virginidad la dicha mi futura
esposa y otras razones dignas de atención, le mando
en arras protternunzias donación irrevocable
seiscientos y sesenta reales de vellón, que
juntos con el importe de los de la dote componen
dos mil setecientos y cuarenta y siete reales vellón.
Y los seiscientos y sesenta que le llevo mandados
en arras a la dicha mi próxima esposa confieso
caben en la décima parte de mis bienes y, si
no cupieren, se los sitúo y señalo en los que
en adelante ganare y adquiriere . Y los
expresados dos mil setecientos cuarenta y siete reales de la dote y
arras me obligo de tener y sostener en lo mejor
y más bien parado de mis bienes y de no los