Testamto Maria de la Consepon
En el nombre de Dios Nro Señor, amen. Sepan
quantos esta cartta de mi testamto y vltima voluntad
vieren, como yo, Maria de la Consepon
Primeramte, mando y encomiendo mi alma a Dios
Nro Señor q la crio y redimio por su presioza sangre
y la lleue a descansar a su corte zelestial para a don
de fue criada y el cuerpo a la tierra de q fue
formado; y quando muriere, mi cuerpo quiero sea
sepultado en la yglesia parrochial de Nra
Señora de la Consepon con el hauito de Nro
Padre san Franco, q para ganar las grasias desde
luego lo pido. Y me acompañen a
mi entierro los señores clerigos de dha yglezia
y mi cuerpo a la uoluntad de mis
albaseas.
Yten mando q el dia de mi entierro, si fuere ora,
y si no el siguientte, se digan por mi alma al
cuerpo presete dos misas cantadas, una del ofizio de
Nra Señora y otra de requien con su bixilia.
Yten mando se me diga la miza de animas y
tres de l agonia en la dha yglesia de Nra Señora
de la Consepon por los señores clerigos de ella.
Yten mando se me digan por mi alma e in
tension y deuosiones cumplimto a quarentta
misas rezadas, y baxada la quartta pte de la
iglessia las demas se digan pr mitad entre los dos combentos
de Nro Padre san Franco y Nra Señora de la Victoria
pr sus relixiosos, prque assi es mi volunttad.
Yten declaro me deue Juana Bapta, mi suegra, tres fane
gas de trigo, las dos q le preste el año pasado de se
tesstos y ocho, a presio de sinquenta rs fanega,
y la otra q pagó de mi caudal Barme Barrera, mi
marido, difunto, por la dha su madre q estaua
deuiendo a Franco Neto; y assimismo sesenta y tres rs
q pagué por la suzodha de veinte y vna peonada en sus
biñas; y assimismo vna quartilla de habas y seis rs.
Y assimismo sesenta y seis rs, los treinta y seis de seis
@ de uino y los treinta de asste. Y dañado y veinte y dos
rs de los hornales q pagué por la susodha en recoxer
el trigo q la suzodha tenia el dho año pazado,
y nuebe rs de vn capotte de saial q el dho mi marido
le entrego a Pedro Barrera, su hijo, de la dha
mi suegra; y dies y siette rs q pagué por la suzo
dha en el cambio del jumto q hizo con los gita
nos; mando se cobre de la susodha las dhas parti
das porq assi es mi voluntad.
Yten declaro me deue Xptoual Prietto, cordo
nero, siento y quarenta y sinco rs y mo q le presté y por qta
me a dado veinte y quatro rs de vn barril de sardina y tres
libras de thosino; mando se le cobre lo demas.
Yten declaro me deue Jun Mursiano, vo d esta ua, sinco
excudos de plata q le presté; mando se le cobren.
Yten declaro me deue Frano de Morales, maestro de es
grima, siete pesos escudos q le di para en qta de trigo; mando se le
cobren.
Yten declaro me deue Frano Ranxel dies y siete rs de vino
q le uendi; mando se le cobren.
Yten declaro me deue Po Ximz Montilla veinte y ocho rs del ualor
de vna fana de albexon; mando se cobren.
Yten declaro me deue Jun Franco sinqta y tres quartillos de asste a o
cho quartos; mando se le cobren.
Yten declaro tengo por mis vienes los siguientes:
Primeramte, las cazas de mi morada en la ce de la Consepon.
Yten dos millares de majuelo al sitio del poso dulse.
Yten vn rosario engalsado en plata con tres medallas de platta
y vna de xolla de pecho de plata; y otras seis medallas de plata
y vn anillo de platta; y vna cuchara de platta y vna caxa
de platta q pesara vn escudo; y dos bueies y de resto estoy
deuiendo a Lasaro Ortis siete ducados; y vna ca
rreta con sus peltrechos; y onse vasixas grandes y peqñas
con alcos de fierro y las dos maiores y vna botta estan llenos
de uino; una cama de campo de nogal; tres colchones de
lienzo; sinco sauanas bastas y delgadas; seis almohadas;
tres pares de enaguas de color y vnas blancas; manto y bas
quiña de anascotte; quatro bufetes; sinco taburetes de cas
taño; veinte quadros grandes y pequeños de diferen
tes pinturas; siete tinaxas medianas vasias; vna ca
xa grande y otra peqña; y vna manta de la sierra
y vna sobrecama y rodapies de sempiterna encarnada; vna
cortina de lamparilla berde listada; un belon de alsouar; y
dos calderas, una medina y otra pequeña; y los demas
bienes q padeseran por mi fin y muertte.
Yten declaro q yo e comprado diferentes piesas de gerra
mientas del ofisio de espadero en q abre gastado
Y para cumplir y pagar este mi testamto y lo e
n el contenido, dexo y nombro pr mis albaseas
y executores testamentarios a Diego Moreno y a
Diego de Frias, vesinos d esta uilla, doles poder cum
plido y a cada vno in solidum para q de mis
bienes vendan la parte que gaste y cumplan y paguen
este mi testamento y lo en el contenido que
para ello les encargo la consiensia.