Ruo de dotte a fauor de Cathalina de Roxas
En el nombre de Dios Nro Sr, amen. Sepan qtos esta
carta vieren como yo, Juachin Alonso, vesino qq soy de
esta uilla de Hua, hijo lexmo de Fernando Alonso
y de doña Maria Bernarda de Oliuares, digo qq por
quanto al tiempo y quando yo me trate de casar
con Cathalina de Roxas, mi lexma muger, hija
lexma de Sebastian de Roxas y de Sebastiana Ortiz,
ya difunta, el dho mi suegro me prometio
en dote y casamto algunos vienes muebles y dineros
y otras prendas y agora me los quieren entregar y me
pide qq de ellos le otorgue resiuo a fauor de la dha
mi muger, y viendo ser justo lo tengo por vien,
y poniendolo en efesto, otorgo y conosco por esta
carta q resivo de la dha mi muger los vienes apre
siados en la forma siguiente, prendas y dineros:
Primeramte, una cama de nogal bronseada nueua
que costto dosienttos reales de uellon.
Ytten dos colchones llenos de lana que costaron
dosienttos y diesiocho rs de uellon.
Ytten dos sauanas de bretaña y dos de crea
cordelera y dos de plattilla, todas en
sientto y treintta reales de uellon.
Ytten quattro almoadas, las dos de bretaña
y dos de morles, en veinte y quatro rs.
Ytten una sobrecama y rodapies
de sempiterna encarnada en settentta rs de vellon.
Ytten una manta de laneria en
veintte reales de vellon.
Ytten una caja de sedro de Yndias
en sien reales vellon.
Ytten dos sillones y dos taburettes de
baquetta colorada en siento y treintta
y sinco rs vellon.
Ytten un bufette grande y otro pequeño
con su carpetta de adamascado en
veintte y quattro reales de vellon.
Ytten siette quadros, el uno de la En
carnasion; otro san Marttin y otro
la Soledad; y otro de Santta Ritta y otro
de san Franco; y otro de señor san Joseph
y otro del exseomo, ttodos en sesentta
reales de vellon.
Ytten un espejo de marco negro en quinse rs.
Ytten dos toallas, una de olan con punttas
y otra de bretaña llana en treintta rs.
Ytten una saya de pelo, camello doble
y un mantto de tafettan en sientto
y nobentta rs.
Ytten una basquiña y gauacha de
tafettan doble, negra, en treintta rs.
Ytten un guardapies de chamelote
asul con franjas de milan en
noventta reales.
Ytten una almilla de tripe y una manttilla
de anascote en ochentta reales.
Ytten una basquiña de lamparilla en treinta rs.
Ytten dos anillos de oro con piedras blancas y berdes
y una cajetta de platta de una joya de pecho
de platta sobredorada, todo en ochentta y nueue rs.
Ytten sesentta y siette escudos y mo de platta
que hasen mill y dose reales y mo de vellon.
Ytten seis seruilletas y unos manteles de crea
en veintte reales.
Ytten una caldera y un perolillo y una sartten,
treuedes y esparillas, todo en sinquentta y seis rs.
Ytten dos esteras de espartto, una de junco y onse
baras de corredor, todo en quarenta e un reales.
Yten seis plattos de peltre y un almires con
su mano y un belon, todo en sessentta y nueue rs.
Ytten un lebrillo berde y quatro sillas, dos de costilla
y dos de paja, ttodo en veintte y un rs.
Todos los quales dhos vienes, pren
das y mrs ynportan dos mill setesienttos y sinqta y
quatro rs y mo de vellon y de todo ello me
doy por entregado y contento a mi voluntad
sobre qe renunsio las leyes del entrego
como en ellas se contiene y me obligo
de tener dhos vienes por dote y caudal de la
dha mi muger, sobre lo mexor y mas
vien parado de mis vienes y de
no los disipar ni malbaratar ni ovli
garlos a mis deudas, crimines ni esesos y cada
ves y quando qe el matrimonio qe es entre mi