HU1704I0319

Recibo de dote. Bienes que Joaquín Alonso recibe como dote por su matrimonio con Catalina de Rojas

Fecha1704
LocalidadEspaña, Huelva, Huelva
ProyectoALEA XVIII: Atlas lingüístico y etnográfico de Andalucía, siglo XVIII. Patrimonio documental y Humanidades Digitales
FinanciaciónJunta de Andalucía/FEDER: P18-FR-695, 2020-2022
ArchivoArchivo Histórico Provincial de Huelva
ID del manuscritoAHPH 4214

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Recibo de dote a favor de Catalina de Rojas

En el nombre de Dios Nuestro Señor, amén. Sepan cuantos esta carta vieren como yo, Joaquín Alonso, vecino que soy de esta villa de Huelva, hijo legítimo de Fernando Alonso y de doña María Bernarda de Olivares, digo que por cuanto al tiempo y cuando yo me traté de casar con Catalina de Rojas, mi legítima mujer, hija legítima de Sebastián de Rojas y de Sebastiana Ortiz, ya difunta, el dicho mi suegro me prometió en dote y casamiento algunos bienes muebles y dineros y otras prendas y ahora me los quieren entregar y me pide que de ellos le otorgue recibo a favor de la dicha mi mujer, y viendo ser justo lo tengo por bien, y poniéndolo en efecto, otorgo y conozco por esta carta que recibo de la dicha mi mujer los bienes apreciados en la forma siguiente, prendas y dineros:

Primeramente, una cama de nogal bronceada nueva que costó doscientos reales de vellón. Ítem dos colchones llenos de lana que costaron doscientos y dieciocho reales de vellón. Ítem dos sábanas de bretaña y dos de crea cordelera y dos de platilla, todas en ciento y treinta reales de vellón. Ítem cuatro almohadas, las dos de bretaña y dos de morlés, en veinte y cuatro reales. Ítem una sobrecama y rodapiés de sempiterna encarnada en setenta reales de vellón.

Ítem una manta de lanería en veinte reales de vellón. Ítem una caja de cedro de Indias en cien reales vellón. Ítem dos sillones y dos taburetes de vaqueta colorada en ciento y treinta y cinco reales vellón. Ítem un bufete grande y otro pequeño con su carpeta de adamascado en veinte y cuatro reales de vellón. Ítem siete cuadros, el uno de la Encarnación; otro san Martín y otro la Soledad; y otro de Santa Rita y otro de san Francisco; y otro de señor san José y otro del eccehomo, todos en sesenta reales de vellón. Ítem un espejo de marco negro en quince reales. Ítem dos toallas, una de holanda con puntas y otra de bretaña llana en treinta reales. Ítem una saya de pelo, camello doble y un manto de tafetán en ciento y noventa reales. Ítem una basquiña y gabacha de tafetán doble, negra, en treinta reales. Ítem un guardapiés de camelote azul con franjas de milán en noventa reales. Ítem una almilla de tripe y una mantilla de anascote en ochenta reales. Ítem una basquiña de lamparilla en treinta reales. Ítem dos anillos de oro con piedras blancas y verdes y una cajeta de plata de una joya de pecho de plata sobredorada, todo en ochenta y nueve reales. Ítem sesenta y siete escudos y medio de plata que hacen mil y doce reales y medio de vellón. Ítem seis servilletas y unos manteles de crea en veinte reales. Ítem una caldera y un perolillo y una sartén, trébedes y parrillas, todo en cincuenta y seis reales. Ítem dos esteras de esparto, una de junco y once varas de corredor, todo en cuarenta e un reales. Ítem seis platos de peltre y un almirez con su mano y un velón, todo en sesenta y nueve reales. Ítem un lebrillo verde y cuatro sillas, dos de costilla y dos de paja, todo en veinte y un reales.

Todos los cuales dichos bienes, prendas y maravedís importan dos mil setecientos y cincuenta y cuatro reales y medio de vellón y de todo ello me doy por entregado y contento a mi voluntad sobre que renuncio las leyes del entrego como en ellas se contiene y me obligo de tener dichos bienes por dote y caudal de la dicha mi mujer, sobre lo mejor y más bien parado de mis bienes y de no los disipar ni malbaratar ni obligarlos a mis deudas, crímenes ni excesos y cada vez y cuando que el matrimonio que es entre


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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