Petición
Juan Ignacio de Iztueta, vecino de la villa de
Zaldivia y preso en el calabozo de esta villa de
Tolosa. Digo que no puedo aguantar en el dicho
calabozo por el motivo de que me persigue el dolor
de cabeza o jaqueca frecuentemente pues
últimamente me cogieron anoche unos dolores tan
fuertes que me dejaron sin seso alguno por tanto
A VM pido y suplico se sirva mandar
para que me trasladen a otro paraje que se le
conviene a tal enfermo, pues así procede en
Justicia que pido etcétera. Juan Ignacio de Iztueta.
Declaración
del médico
En la villa de Tolosa, a diez de enero de mil
ochocientos y dos, yo el escribano hice notorio el auto
antecedente al doctor don José Antonio de Ostolaza
médico, contenido en él, el cual enterado dijo que
hace tres días que lo visita a Juan Ignacio de
Iztueta, preso contenido en dicho auto y que a la
primera que le hizo, atendida su fatal
disposición, dispuso el que del calabozo fuese
trasladado inmediatamente a la habitación del
alcaide en la que se mantiene, pero a pesar de
esta ventaja y de ser dicha habitación muy fría
y concurrida y habitada de muchas gentes
se ve el paciente con muy poco alivio y para
su total restablecimiento opina que debe ser
trasladado a una habitación abrigada en donde
pueda disfrutar de una atmósfera templada
y al mismo tiempo medicinarse y gozar de
una tranquilidad de espíritu. Lo cual declaró
ser verdad y según entiende y le dicta su
conciencia y firmó y en fe de ello yo el escribano José
Antonio de Ostolaza. Ante mí Agustín de
Albisu.
Otra
declaración
En la villa de Tolosa a diez y seis de enero de
mil ochocientos y dos, habiendo comparecido ante
mí el escribano el doctor don José Antonio de Ostolaza,
médico, dijo que en cumplimiento de lo que había
ofrecido y bajo de juramento que en debida forma
presta, declara que la persona de Juan Ignacio de
Iztueta se halla algo mejorado en su salud a
consecuencia de las medicinas aplicadas por el
declarante y para su restablecimiento es preciso
que a lo menos por algunos días se mantenga
en el mismo paraje en que se halla que es la
habitación del alcaide y el declarante queda
con el cuidado de dar parte al señor juez,
luego que el susodicho le contemple en estado de
aguantar su prisión en el calabozo de donde
se le sacó por su fatal estado. Lo cual declara así
por verdad y so cargo del juramento prestado y
firmó y en fe de ello yo el escribano José de Ostolaza.
Ante mí, Agustín de Albisu.
Declaración de
médico
En la villa de Tolosa a veinte y seis de
enero de mil ochocientos y dos, habiendo
comparecido ante mí el escribano, el doctor don José Antonio de
Ostolaza, médico titular de ella, bajo de
juramento que en debida forma prestó, ha declarado
que la persona de Juan Ignacio de Iztueta se
halla ya en disposición de que pueda
mantenerse en la prisión de la cárcel bajándosele
a ella de la habitación del alcaide aunque
contempla que por ahora no podrá sufrir el del
calabozo. Lo cual declaró así y firmó y en fe
de ello yo el escribano José de Ostolaza. Ante mí,
Agustín de Albisu.