GR1786C4086

Declaración y reconocimiento de los doctores Manuel Jimeno y don Juan de Medina tras visitar en la cárcel a Luis Capel quien sufría humor gotoso

Fecha1786
LocalidadEspaña, Granada, Granada
ProyectoHISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833
FinanciaciónMINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021
ArchivoArchivo de la Real Chancillería de Granada
ID del manuscritoARCHGR 2887/19

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Declaración y reconocimiento En la ciudad de Granada en veinte y uno diciembre de mil ochenta y seis, su señoría el señor don Francisco López Vadillos del Consejo de Su Majestad su alcalde del crimen en esta corte como señor semo por ante mi el receptor, recibió juramento por Dios y una cruz según derecho de don Manuel Jimeno y don Juan de Medina vecinos de esta ciudad y doctores en medicina en ella y habiéndolo hecho como corresponde y ofrecido decir verdad, preguntados por el estado en que se halla don Luis Capel preso en la cárcel de esta corte, dijeron haber reconocido al referido don Luis, el que habitualmente padece un afecto gotoso ya en pies ya en manos, el cual en el día a causa de la estación fría y húmeda le ha asaltado a las manos y rodillas como lo manifiesta la tumefacción y rubicundez de ellas y habiéndoles atacado alguna ráfaga del humor gotoso de la región lumbar y uréteres le ha producido un dolor nefrítico con represión de orina acompañándole también calentura la que puede degenerar en inflamatoria con alguna lesión en la respiración, de todo esto infieren la alteración y conmoción que hay en la masa humoral que a cualquiera parte donde se orillan los humores le ocasionan un síntoma, cuyos accidentes los tienen por de nemmo riesgo y cuidado, capaces de quitarle la vida y más permaneciendo en dicha prisión en donde ven imposibilitada su curación por la falta de ejercicio que es lo que conviene a dicha gota y por las continuas pasiones de ánimo que son la causa conserjante de todos los accidentes y para lo ejecutivo necesita sangrarse, darse baños en agua templada, leche de burra y otros temperantes, lo que no pueden en dicha prisión ejecutarse metódicamente que es lo que sobre el particular pueden decir según su pericia y la verdad en cargo del juramento que hecho tienen bajo el cual se ratificaron en ello, lo firmaron y su señoría rubricó de que doy fe.


Legenda:

Expansión • ConjeturaTachado • AdiciónRestitución • Sic


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