GR1784D9058
Probanza. Manuel Espadas contra Juan María Mayorgas, vecinos ambos de Loja, sobre palabras denigrativas contra la hija de Manuel Espada
Fecha | 1784 |
Localidad | España, Granada, Loja |
Proyecto | HISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833 |
Financiación | MINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021 |
Archivo | Archivo de la Real Chancillería de Granada |
ID del manuscrito | ARCHGR 10723/10 |
Transcripción | Diego Reinaldos Miñarro |
Revisión | Miguel Calderón Campos |
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Por las preguntas siguientes seran examinados los testigos que se pre
sentaren por Manl de la Espada, vecino de la ciudad de Loxa, como
padre de Maria Trinidad Espada, de estado honesto. En los autos que se
siguen en esta corte con dn Juan Maria Mayorgas, vno tamvien de
dicha ciudad, y preso en ella, y sus arravales: sovre injurias profe
ridas contra la referida Maria Trinidad Espada y demas en dicho plei
to contenido.
1. Primeramte, seran preguntados por el conocimto de las partes qe
litigan, noticia que tengan del pleito, grales de la ley y de
mas que supieren, ea.
2. Si saven que Maria Trinidad Espada, siempre, y en la esti
macion de todos los del pueblo de Loxa, a merecido la primra
estimacion, y que es correspondiente a su buena vida y cos
tumvres, recato y recojimto, sin haver dado por todo el tpo
de su vida, desde que tiene uso de razon, que decir cosa que ofen
da su buena reputacion, E igualmte merece el mismo con
zepto su hermana Antonia de Espada, de forma que am
bas en sus costumvres publican la conducta mas arreglada
y christiana, señalandola en una particular honestidad
que puede apetezerse en personas de su sexo y edad, digan ea.
3. Si saven que, por todo el tiempo que se mantuvieron las
dos referidas hermanas acompañando a su padre en la
caseria de dn Juan Maria Mayorgas, donde estaba destinado
de casero, se versaron con el honor christiano que va
referido en la pregunta antezedente, ocupadas en las ha
ciendas correspondientes a su clase y retiradas absolu
tamte del trato mas lijero con toda especie de hombres; y
dando exemplo con su honestidad y modo casto de vi
bir. Digan, ea.
4 Si saven que d Juan Maria Mayorgas es un hom
bre de conducta reprehensible, vicioso y de la mas ma
la nota que puede darse, particularmte en torpe
zas y amores prohividos; acostumvrado a insultar
a las muxeres mas opuestas a estos desordenes y de
mejor opinion en aquella ciudad. Y, por no haver
conseguido sus fines, las a disfamado, lastimando
las gravemte en su buena reputacion. Digan, ea.
5 Si saven que en el año pasado de setecientos setenta
y ocho se siguio causa contra d Juan Maria Ma
yorgas por las amenazas que hacia a Franco Xime
nez y Manl Garcia, que se hallaban travajando en
la obra de la torre de la yglesia de la ciudad de Lo
xa, por pensar le servia de estorvo en la entra
da y salida de las casas de Pagarico, con cuia mu
xer tenia amistad dn Juan Maria Mayorgas.
Y por lo mismo, y porque dicho su marido tra
tava de impedir la entrada, lo amenazaba di
ciendole que lo havia de poner en presidio. Y ade
mas a tenido dicho Mayorgas varias amista
des escandalosas y torpes, que una de ellas fue con
Maria de Aguilar, hija de Geronimo de Aguilar
e Ysavel Calvillo. Digan, ea.
6 Si saven que dicho dn Juan Maria Mayorgas, co
rrespondiendo a su mala conducta, dio motivo
a ser procesado, a instancia de su padre, por
haver proferido que se havia de matar y mu
chas blasfemias, haciendo demostraciones de hecharse manos a
la garganta para ahorcarse y tomando una escopeta, y exe
cutando otras acciones de un hombre perdido y el mas escan
daloso. Digan, ea.
7 Si saven que, consiguiente a la mala conducta que se
demuestra en la pregunta antezedente, el referido D
Juan Maria Mayorgas en distintas ocasiones insulto
a las dos referidas hermanas, pretendiendo atropellarlas,
persuadiendolas a este fin en ocasiones separadas y ofre
ciendolas dinero, y aun enseñandolo en el mismo bol
zillo que lo guardava. Digan, ea.
8 Si saven que, haviendo las referidas Maria y Antonia
Espada dado quenta a su padre de que d Juan Maria
Mayorgas las perseguia con acciones y palavras deshones
tas, dispuso aquel retirarse de la caseria con sus hijas
por evitar el daño grave que podia resultarles en su
honor y estimacion. Y, con efecto, se fueron a vivir
a la ciudad de Loxa, y en casas de Victoria Terme,
abuela de dichas dos hermanas, en donde lo pasaban con
el mayor recojimto y sin causar nota la mas leve. Di
gan, ea.
9 Si saven que, haviendo pasado como un mes de vivir en
las casas de su abuela, fue a ellas Franco Cavrera, de
estado viudo, y de su propia voluntad declaro el ani
mo de casarse con la citada Maria Trinidad Espada.
En cuia ocasion, aunque no se formalizaron los espon
sales, tuvieron efecto despues. Y luego, que dicho preten
diente le manifesto su modo de pensar a Manl de
la Espada, padre de aquella. Digan, ea.
10 Si saven que, vajo de la expresada palavra de casamto,
y hallandose todos con mucho gusto de que se ze
levrara, dispusieron llevar mandamto del trivu
nal ecco de esta ciudad, y, a fuerza de las dilixs
que se practicaron a instancia del novio, un
yerno suyo llevo el enunciado despacho matrimoni
al. Digan, ea.
11 Si saven que, ya mui inmediato el tiempo de la bo
da y zelevridad del matrimonio, d Juan Maria
Mayorgas, se fue a las casas de Franco Cavrera y lo
persuadio a que se apartara del intento por el me
dio reprovado de disfamar a Maria Trinidad Espada,
imputandole que era una muxer publica que havia
tenido un hijo, de que podria ser testigo el mismo d
Juan Maria Mayorgas; por cuia unica causa se sus
pendio el matrimonio. Digan, ea.
12 Si saven que dn Juan Maria Mayorgas es hombre in
clinado y acostumvrado, a cometer excesos de la natu
raleza del que va manifestado en la pregunta anteze
dente, y por ello es notorio que, haviendo tenido en su
casa en clase de criada a Ana Josefa Matheos, mo
za soltera, y despedidose de ella por no pagarle el sa
lario y hallarse sin ropa, se fue a servir a la de
d Juan Ximenez Palomas, jurado que fue en aquel
ayuntamto. Y, enfadado de ello Mayorgas, siempre
que salia dicha Ana Josefa Matheos la perseguia tocando
un pito, diciendole varias injurias de puta y otras. Y estan
do un dia en la plaza la azio de la mantilla y a el
volver la cara la escupio. Y una noche se entro en la
casa de Palomas y la emvistio diciendola: Mira picara,
que te mato
; expresandole esto a la otra criada, que
abrio la puerta pensando que era la dicha Ana Josefa,
con otras injurias. Y, haviendo contrahido matri
monio, encontró a su marido en la calle llamada
Sin Casas dicho dn Juan Maria Mayorgas, y le digo: ¿Es
cierto que V se a casado con Ana Matheos? Pues tien
tele V el vientre, y vera como esta defondocado de
parir muchachos
. Digan, ea.
13 Ytem de publico y notorio, publica voz y fama. Digan, etca.
Licdo D Josef Ximenez Serna
8ª A la octava, dijo: que de lo qe articula esta pregta
solo puede decir que, despues de haver savido qe el
Manl Espada y sus hijas estavan en la caseria de
el d Juan Mayorgas, lo encontro en esta ciud y
le pregunto el tgo a dho Espada: ¿No esta usted en la
caseria?
. A qe le respondio qe no, prqe lo havia despedi
do su compe Mayorgas. Y despues de esto lo vio el tgo
en la citada caseria al Espada solo, y a poco se vino a
esta ciud, y respde.
9ª A la nona, dijo: que a poco de haver benido el
Manl de Espada y sus hijas a esta ciud en casas de
la abuela de las susodhas, oyo decir el tgo a las
refdas, y despues a otras personas, qe Franco Ca
brera havia llegado a qe le hicieran un par de
calzetas, y con este motivo se declaro al Manl
Espada como queria casarse con la Maria de
la Trinidad. Y q, haviendole recombenido al Cabre
ra pr el Espada qe se ynformase de su hija, y
que era una pobre, havia respondido dho Cabre
ra estava gustoso en qe fuese assi, pr lo qe conde
cendio el Espada, y respde.
Por las preguntas siguientes se examinaran los tgos
qe se presenten pr parte de dn Juan Maria Maiorgas, vno y
labrador en la ciudad de Loxa, en la causa que contra
este y pr querella sigue en la Real Chanza de la ciud de Gra
nada Manuel de la Espada como padre de Maria Trini
dad, de estado honesto, vnos ygualmte de ella, sre atribu
irle haver proferido expresiones que agrabian el honor
de la referida y han impedido el que con ella haya contrai
do matrimonio Franco Cabrera, de la misma vezindad; y
demas en dha causa contenido. Eta
1ª Primeramte, seran interrogados pr el conoci
miento de las partes, noticia que tengan de
esta criminalidad y si les comprehenden o no
las generales de la ley.
2ª Como es cierto que el fomento de todo y arrepenti
miento que se le ha conocido a Franco Cabrera,
maior de edad, de casarse con la Maria Tri
nidad de Espada procede sin duda de los impul
sos de sus hixos que tiene de primero matrimo
nio, que se disgustan, hablan, y sienten mal
del segundo que se contrae, y pr lo mismo lo
resisten; hay disgustos entre los de las familias,
proiectando expecies y produciendo exprecio
nes que lo impidan. Por lo qual, y habiendo
reflexado el Franco Cabrera tener la Maria
Trinidad tres hermanas y su padre anciano,
pobres y desbalidos, se ha arrepentido de con
traer matrimonio que parece tenian tra
tado y adelantado. Sobre cuios particulares
digan los tgos quanto les conste, eta.
3ª Si es cierto y se persuaden que, pr lo expuesto
en la anterior pregunta y pr cubrirse el Franco
Cabrera, se persuaden los tgos y tienen por
cierto haverse proiectado la calunnia de
suponer haverle dicho dn Juan Maria Ma
iorgas expreciones contra el honor de la
Maria Trinidad. Digan, eta.
4ª Expresen la buena conducta, cristiandad y
arreglo de costumbre con que siempre se
ha versado en la ciud de Loxa dn Juan Ma
ria Maiorgas, qe no ha causado nota ni es
candalo, ni ha injuriado en honor ni persona
a suxeto alguno. Pr lo qual, y ser de las prin
cipales familias y mejor enlaze del pueblo,
creen los tgos y tienen por cierto es falso qu
anto se le atribuie en esta causa pr calun
nia y fines particulares.
5ª Si tambien es cierto que Juana Cabrera, muger
de Josef Romero, pr julio de este año estaba
bibiendo en casa distinta y separada de con
su padre Franco Cabrera.
6ª Como es cierto que, aunque estubo Manuel
de la Espada con sus quatro hixas de casero
en la caseria de Nuño Daza, que labra dn
Juan Maria Maiorgas, este solamente
iba a ella en las ocasiones precisas y de necesi
dad a el trafico de su lavor, sin frequencia
continuada ni estada permanente. Y el haber
les despedido a el Espada y su familia e idose
estos fue pr no acomodar en aquel destino y
ocupacion el Espada, y pr motivos de los que ocur
ren entre dueños de haciendas y sus caseros;
que diran los tgos lo que sepan sobre ello.
7ª Si tambien es cierto que el dn Juan Maria Maiorgas,
quando iba a la expresada caseria, se bersava
mui bien, sin notarse aficion ni palabra
descompuesta o accion con Maria Trinidad y
Antonia de la Espada, hixas del Manuel, y
asi creen los tgos ser falso y calunnioso el qe
estas digan las ha solicitado, manuseado
y ofrecidoles dinero el dn Juan pr gozarlas;
porque si lo han depuesto asi sera pr fines particu
lares. Y si les consta a los tgos alguna defectuo
sa versacion sobre lo propuesto o desarreglo
que las referidas haian tenido. Digan y den
razon, eta.
8ª Como asimismo es cierto que dn Juan Maria Maior
gas ha tenido de muchos años a esta parte algu
nos enemigos y emulos qe han deseado destruirle.
E igualmte su padre, dn Juan Fuster Maiorgas,
le profesava desafecto a dho su hixo por no
haver querido condescender, como primoxenito
e inmediato a la vinculacion que poseia, en la
enaxenacion de una de sus mejores fincas,
o subrrogacion; y para obligarlo a que
consintiese lo extrecho pr quantos medios
le fue posible, promobiendole persecuciones,
lo que es bien savido en el pueblo. Digan, ea.
9ª Que tambien es cierto que, de resultas de los liti
gios y quentas empeñados que hubo con el
alcalde maior dn Josef Loarte y lo indis
puesto del pueblo, subsisten algunos resenti
mientos de unos vnos a otros todabia, y de
aqui dimana tener el dn Juan Maria algu
nas personas qe le desean arruinar. Y tam
bien el que principalmte le persigue en lo
judicial y extrajudicial es el essno origi
nario Franco Molina Davalos, el que tam
bien esta sentido prque el dn Juan Maior
gas le puso dos denuncias de ganado cabrio
a dos primos de dho essno, cabreros de despacho
de leche. Y tambien el mismo essno tenia
reciente procedimto sre exsaccion de costas
de la testamria de su padre, sobre que diran
los tgos quanto les conste.
10ª Como es cierto qe el dn Juan Maiorgas tiene
crecida familia de muger e hixos y mui basta
lavor a que atender, que todo lo sostiene
su personalidad, la que si faltase se destrui
ria todo, y no le permite tpo de distraccion alga.
11ª Yt de pco y notorio, eta.
Ldo d Miguel Albarez
de Loaysa
2ª A la segda, dijo: que save y le consta al tgo
que el Franco Cabrera, maor de edad, se
abra arepentido de contraer el matri
monio con la Maria de la Trinidad Es
pada a impulsos de su hixa Juana Ca
brera, qe lo es del primer matrimonio, pr
quanto, quando se empezo a rujir en esta
ciud qe se casava el Franco Cabrera, estan
do el tgo una noche parado immediato
a las casas del refdo, oyo vozes como de
quimera en dhas casas; y, llevado de la
curiosidad, se aproximo a ellas y oyo qe
qe la dha Juana, desazonada, le estava
diciendo a su padre qe pa qe queria casar
se con la Maria de la Trinidad Espada,
que era mui moza e iba a cargar de hi
jos de ella, que si no vivia todavia dha Juana
en el mundo para cuidar a su padre y
hacerle lo qe havia de menester, a que
el Franco Cabrera la satisfacia diciendo
le qe puede qe no tubiese hixos en la refda,
a qe le respondia la Juana qe aunque no
los tubiese savia q el Manl de la Espada
era un pobre (como con efecto lo es), y con
tres o quatro muchachas, y se iba a cargar
con todos prqe, aunqe el no le diera nada,
la Maria de la Trinidad havia de darle a
su padre y hermanas lo qe pudiera a escon
didas, e iba a destrozar el caudal. Y como
al tgo no le incumbia se retiro, y el padre
y la hixa se quedaron razoneando sre
el particular, a que se agrega qe el Franco
Cabrera suele tomarse del vino, y quan
do esta con el se alentava y queria casar
se con qualquiera, y se alentava, y lue
go qe se refrescava mudava de parecer.
Y por lo mismo y demas se persuade el
tgo qe lo mismo sucederia con la Maria
de la Trinidad, qe reportado y acalorado
de las recombenciones de la hixa mudaria
sin duda de sistema, pr todo lo que tambien
se persuade el tgo sin ninguna duda que
el Franco Cabrera y Juana su hija, pa poder
se desviar de la obligacion que havian
contraido con la Maria de la Trinidad, se
han valido de las expresiones de qe dn
Juan Maria Mayorgas le havia dho que
la Maria de la Trinidad havia parido un
muchacho y demas qe expone, pues no puede
creer el tgo hubiese el dn Juan Maria
proferido semejantes palabras, y respde.
6ª A la sexta, dijo: que con motivo de ser
el tgo en el año pasado de ochenta y
tres alce del agua, y nacer esta dentro
de la huerta de la caseria de Niño Da
za, propria del dn Juan Maria Mayor
gas, y tener qe repartir dha agua a los la
bradores de aquel termino, le precisava
el estar continuamte en dha caseria. Y
pr lo mismo save, y le consta pr haverlo vis
to, qe el refdo dn Juan no iba a la citada ca
seria sino de tarde en tarde, como de quince
a quince dias, a dar una buelta a sus labores,
pero no hacia mas qe llegar con la calesa
o virloche, apearse en la guerta, echar un
cigarro y decir: Ola, adios, cavalleros
. Y se
bolvia incontinenti sin entrar en la casa.
Otras vezes desatava el mulo y a poco lo volvia
atar, y se benia en terminos que no hacia
parada, todo lo qe hacia estando en la case
ria el Manl Espada y sus hijas. Y despues,
sin saver cosa alguna, vio en esta ciud al Es
pada en esta ciud, y le pregunto el tgo si no es
tava en dha caseria, y respondio qe no, pero
a poco tpo lo volvio a ver en la refda caseria
y un dia tambien en ella; y, a presencia del
tgo, el dn Juan Mayorgas le dijo al Manl
Espada y a sus hijas les dijo que no los que
ria en su hazda, qe se vinieran immediata
mente, qe no tardaran una ora ni un dia, qe
no le tenia cuenta; con lo qe se vinieron, y
respde.
2ª A la segda, dijo: que sre lo qe en esta pregta expre
sa solo save que un yerno de Franco Cabre
ra Romero, qe no se acuerda de su nombre,
le dijo al tgo que su suegro iba a hacer un
disparate en casarse con Maria de la
Trinidad Espada, hija de Manl, a cargar
de hijos, y el caudal se perderia. Y tambien,
estando el tgo un dia de la feria, qe se ce
lebra en esta ciud el dia vte y quatro de
agto, immediato al Franco Cabrera observo
estava mui triste. Y, haviendole pregdo:
Tio Cabrera, ¿que es eso que tiene usted?
,
le respondio: ¿que se yo?
, y no le respondio
cosa alguna mas. Y respde.
6ª A la sexta, dijo: que con motivo de estar
viviendo el tgo en la calle por donde esta
la salida de esta ciud al camino de la
caseria de Niño Daza, propria de dn Juan
Mayorgas, siempre qe este iba a ella pa
sa pr su casa. Y assi save y le consta quan
do iba, qe era de tarde en tarde, y qe no ha
cia mas qe pasar pa ella y a mui poco tpo
volvia, qe parecia imposible hubiese llegado.
Y el motivo qe tubo pa despedir al Manl
de Espada de casero, y a sus hijas, fue pr
las muchas quejas qe el dn Juan tubo de los
mozos, qe algunas presencio el tgo de qe
la comida no la tenian a tpo regular
ni condimentada como correspondia, y qe
el citado dn Juan imbio unas aves para
qe las cuidasen y se morian prqe no les da
van de comer, pr cuyas razones supo qe los
despidio, y respde.
7ª A la septima, dijo: que es falso y contra
verdad el qe el dn Juan Maria Mayor
gas, quando iba a su caseria, hablava
palabras y hacia acciones irregulares
como el qe solicitase pa gozar a la Ma
ria de la Trinidad y Antonia Espada,
manoseandolas y ofreciendoles dineros,
porqe lo primero qe algun afecto se le
havia de haver conocido, palabra o accion
de nota o sospecha; qe nada vio, oyo ni
advirtio el deponente no obstante de
ir todos los dias como iba a dha caseria;
y lo segundo qe el dn Juan mui en tarde
en tarde iba a la casa, no hacia mas que
mandar se hiciese esta cosa o la otra y
no se detenia nada, fuera de qe nunca
pudo ver a las susodhas prqe las aborre
cia conqe assi es supuesto y falso quan
to se dice y exponen en esta razon
y calumnia qe le quieren fomenttar.
Y en quanto a la conducta de las refdas,
lo que el tgo puede exponer por haverlo
visto y presenciado es que muchas vezes
a la Maria de la Trinidad Espada la echo
su padre a la calle estando en dha ca
seria, y un dia, como cerca del comedio de
el, entro el testigo en dha caseria y la
encontro a la refda Maria de la Trinidad
sola, sentada en un poyo, y junto a ella a
un hombre qe nombran Paula Faxardo,
de esta vezd, qe vive en la calle de Bodego
nes en esta ciud. Y, haviendole pregdo el
tgo que era lo que buscaba alli, prqe lo estra
ño, le respondio iba ha ver una poca de tierra
pa tender un poco lino. Y en dos o tres ocasiones
qe el Manl Espada le dijo al tgo se la traje
se a dha Maria a esta ciud, luego qe entra
va en ella se le desparecia sin saver por
donde se havia ido, y a otros a quien les ha
cia su padre igual encargo le dijeron al de
ponente havia hecho lo mismo, y no parecia
a su casa hta las animas o despues. Y en otra
ocasion qe el Manl Espada hecho a la refda
a la calle, no parecio en tres o quatro meses, y
no se supo donde havia estado, y desde entonces,
y luego qe supo esto el dn Juan Maria, dijo qe
no la queria en su caseria, y respde.
Legenda: | Expansión • Conjetura • Tachado • Adición • Restitución • Sic |
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