GR1784D9058
Probanza. Manuel Espadas contra Juan María Mayorgas, vecinos ambos de Loja, sobre palabras denigrativas contra la hija de Manuel Espada
Fecha | 1784 |
Localidad | España, Granada, Loja |
Proyecto | HISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833 |
Financiación | MINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021 |
Archivo | Archivo de la Real Chancillería de Granada |
ID del manuscrito | ARCHGR 10723/10 |
View options
Text: - Show: - Tags:
Javascript seems to be turned off, or there was a communication error. Turn on Javascript for more display options.
Por las preguntas siguientes serán examinados los testigos que se
presentaren por Manuel de la Espada, vecino de la ciudad de Loja, como
padre de María Trinidad Espada, de estado honesto. En los autos que se
siguen en esta corte con don Juan María Mayorgas, vecino también de
dicha ciudad, y preso en ella, y sus arrabales: sobre injurias
proferidas contra la referida María Trinidad Espada y demás en dicho
pleito contenido.
1. Primeramente, serán preguntados por el conocimiento de las partes que
litigan, noticia que tengan del pleito, generales de la ley y
demás que supieren, etcétera.
2. Si saben que María Trinidad Espada, siempre, y en la
estimación de todos los del pueblo de Loja, ha merecido la primera
estimación, y que es correspondiente a su buena vida y
costumbres, recato y recogimiento, sin haber dado por todo el tiempo
de su vida, desde que tiene uso de razón, que decir cosa que
ofenda su buena reputación, y igualmente merece el mismo
concepto su hermana Antonia de Espada, de forma que
ambas en sus costumbres publican la conducta más arreglada
y cristiana, señalándola en una particular honestidad
que puede apetecerse en personas de su sexo y edad, digan etcétera.
3. Si saben que, por todo el tiempo que se mantuvieron las
dos referidas hermanas acompañando a su padre en la
casería de don Juan María Mayorgas, donde estaba destinado
de casero, se versaron con el honor cristiano que va
referido en la pregunta antecedente, ocupadas en las
haciendas correspondientes a su clase y retiradas
absolutamente del trato más ligero con toda especie de hombres; y
dando ejemplo con su honestidad y modo casto de
vivir. Digan, etcétera.
4 Si saben que don Juan María Mayorgas es un
hombre de conducta reprensible, vicioso y de la más
mala nota que puede darse, particularmente en
torpezas y amores prohibidos; acostumbrado a insultar
a las mujeres más opuestas a estos desórdenes y de
mejor opinión en aquella ciudad. Y, por no haber
conseguido sus fines, las ha disfamado,
lastimándolas gravemente en su buena reputación. Digan, etcétera.
5 Si saben que en el año pasado de setecientos setenta
y ocho se siguió causa contra don Juan María
Mayorgas por las amenazas que hacía a Francisco
Jiménez y Manuel García, que se hallaban trabajando en
la obra de la torre de la iglesia de la ciudad de
Loja, por pensar le servía de estorbo en la
entrada y salida de las casas de Pajarico, con cuya
mujer tenía amistad don Juan María Mayorgas.
Y por lo mismo, y porque dicho su marido
trataba de impedir la entrada, lo amenazaba
diciéndole que lo había de poner en presidio. Y
además ha tenido dicho Mayorgas varias
amistades escandalosas y torpes, que una de ellas fue con
María de Aguilar, hija de Jerónimo de Aguilar
e Isabel Calvillo. Digan, etcétera.
6 Si saben que dicho don Juan María Mayorgas,
correspondiendo a su mala conducta, dio motivo
a ser procesado, a instancia de su padre, por
haber proferido que se había de matar y
muchas blasfemias, haciendo demostraciones de echarse manos a
la garganta para ahorcarse y tomando una escopeta, y
ejecutando otras acciones de un hombre perdido y el más
escandaloso. Digan, etcétera.
7 Si saben que, consiguiente a la mala conducta que se
demuestra en la pregunta antecedente, el referido don
Juan María Mayorgas en distintas ocasiones insultó
a las dos referidas hermanas, pretendiendo atropellarlas,
persuadiéndolas a este fin en ocasiones separadas y
ofreciéndolas dinero, y aun enseñándolo en el mismo
bolsillo que lo guardaba. Digan, etcétera.
8 Si saben que, habiendo las referidas María y Antonia
Espada dado cuenta a su padre de que don Juan María
Mayorgas las perseguía con acciones y palabras
deshonestas, dispuso aquel retirarse de la casería con sus hijas
por evitar el daño grave que podía resultarles en su
honor y estimación. Y, con efecto, se fueron a vivir
a la ciudad de Loja, y en casas de Victoria Terme,
abuela de dichas dos hermanas, en donde lo pasaban con
el mayor recogimiento y sin causar nota la más leve.
Digan, etcétera.
9 Si saben que, habiendo pasado como un mes de vivir en
las casas de su abuela, fue a ellas Francisco Cabrera, de
estado viudo, y de su propia voluntad declaró el
ánimo de casarse con la citada María Trinidad Espada.
En cuya ocasión, aunque no se formalizaron los
esponsales, tuvieron efecto después. Y luego, que dicho
pretendiente le manifestó su modo de pensar a Manuel de
la Espada, padre de aquella. Digan, etcétera.
10 Si saben que, bajo de la expresada palabra de casamiento,
y hallándose todos con mucho gusto de que se
celebrara, dispusieron llevar mandamiento del
tribunal eclesiástico de esta ciudad, y, a fuerza de las diligencias
que se practicaron a instancia del novio, un
yerno suyo llevó el enunciado despacho
matrimonial. Digan, etcétera.
11 Si saben que, ya muy inmediato el tiempo de la
boda y celebridad del matrimonio, don Juan María
Mayorgas, se fue a las casas de Francisco Cabrera y lo
persuadió a que se apartara del intento por el
medio reprobado de difamar a María Trinidad Espada,
imputándole que era una mujer pública que había
tenido un hijo, de que podría ser testigo el mismo don
Juan María Mayorgas; por cuya única causa se
suspendió el matrimonio. Digan, etcétera.
12 Si saben que don Juan María Mayorgas es hombre
inclinado y acostumbrado, a cometer excesos de la
naturaleza del que va manifestado en la pregunta
antecedente, y por ello es notorio que, habiendo tenido en su
casa en clase de criada a Ana Josefa Mateos,
moza soltera, y despedídose de ella por no pagarle el
salario y hallarse sin ropa, se fue a servir a la de
don Juan Jiménez Palomas, jurado que fue en aquel
ayuntamiento. Y, enfadado de ello Mayorgas, siempre
que salía dicha Ana Josefa Mateos la perseguía tocando
un pito, diciéndole varias injurias de puta y otras. Y
estando un día en la plaza la asió de la mantilla y a el
volver la cara la escupió. Y una noche se entró en la
casa de Palomas y la embistió diciéndola: Mira pícara,
que te mato
; expresándole esto a la otra criada, que
abrió la puerta pensando que era la dicha Ana Josefa,
con otras injurias. Y, habiendo contraído
matrimonio, encontró a su marido en la calle llamada
Sin Casas dicho don Juan María Mayorgas, y le dijo: ¿Es
cierto que usted se ha casado con Ana Mateos? pues
tiéntele usted el vientre, y verá como está desfondado de
parir muchachos
. Digan, etcétera.
13 Ítem de público y notorio, pública voz y fama. Digan, etcétera.
Licenciado don José Jiménez Serna
8ª A la octava, dijo: que de lo que articula esta pregunta
solo puede decir que, después de haber sabido que el
Manuel Espada y sus hijas estaban en la casería de
el don Juan Mayorgas, lo encontró en esta ciudad y
le preguntó el testigo a dicho Espada: ¿No está usted en la
casería?
. A que le respondió que no, porque lo había
despedido su compadre Mayorgas. Y después de esto lo vio el testigo
en la citada casería al Espada solo, y a poco se vino a
esta ciudad, y responde.
9ª A la novena, dijo: que a poco de haber venido el
Manuel de Espada y sus hijas a esta ciudad en casas de
la abuela de las susodichas, oyó decir el testigo a las
referidas, y después a otras personas, que Francisco
Cabrera había llegado a que le hicieran un par de
calcetas, y con este motivo se declaró al Manuel
Espada cómo quería casarse con la María de
la Trinidad. Y que, habiéndole reconvenido al
Cabrera por el Espada que se informase de su hija, y
que era una pobre, había respondido dicho
Cabrera estaba gustoso en que fuese así, por lo que
condescendió el Espada, y responde.
Por las preguntas siguientes se examinarán los testigos
que se presenten por parte de don Juan María Mayorgas, vecino y
labrador en la ciudad de Loja, en la causa que contra
este y por querella sigue en la Real Chancillería de la ciudad de
Granada Manuel de la Espada como padre de María
Trinidad, de estado honesto, vecinos igualmente de ella, sobre
atribuirle haber proferido expresiones que agravian el honor
de la referida y han impedido el que con ella haya
contraído matrimonio Francisco Cabrera, de la misma vecindad; y
demás en dicha causa contenido. Etcétera
1ª Primeramente, serán interrogados por el
conocimiento de las partes, noticia que tengan de
esta criminalidad y si les comprenden o no
las generales de la ley.
2ª Como es cierto que el fomento de todo y
arrepentimiento que se le ha conocido a Francisco Cabrera,
mayor de edad, de casarse con la María
Trinidad de Espada procede sin duda de los
impulsos de sus hijos que tiene de primero
matrimonio, que se disgustan, hablan, y sienten mal
del segundo que se contrae, y por lo mismo lo
resisten; hay disgustos entre los de las familias,
proyectando especies y produciendo
expresiones que lo impidan. Por lo cual, y habiendo
reflejado el Francisco Cabrera tener la María
Trinidad tres hermanas y su padre anciano,
pobres y desvalidos, se ha arrepentido de
contraer matrimonio que parece tenían
tratado y adelantado. Sobre cuyos particulares
digan los testigos cuanto les conste, etcétera.
3ª Si es cierto y se persuaden que, por lo expuesto
en la anterior pregunta y por cubrirse el Francisco
Cabrera, se persuaden los testigos y tienen por
cierto haberse proyectado la calumnia de
suponer haberle dicho don Juan María
Mayorgas expresiones contra el honor de la
María Trinidad. Digan, etcétera.
4ª Expresen la buena conducta, cristiandad y
arreglo de costumbre con que siempre se
ha versado en la ciudad de Loja don Juan
María Mayorgas, que no ha causado nota ni
escándalo, ni ha injuriado en honor ni persona
a sujeto alguno. Por lo cual, y ser de las
principales familias y mejor enlace del pueblo,
creen los testigos y tienen por cierto es falso
cuanto se le atribuye en esta causa por
calumnia y fines particulares.
5ª Si también es cierto que Juana Cabrera, mujer
de José Romero, por julio de este año estaba
viviendo en casa distinta y separada de con
su padre Francisco Cabrera.
6ª Como es cierto que, aunque estuvo Manuel
de la Espada con sus cuatro hijas de casero
en la casería de Nuño Daza, que labra don
Juan María Mayorgas, este solamente
iba a ella en las ocasiones precisas y de
necesidad a el tráfico de su labor, sin frecuencia
continuada ni estada permanente. Y el
haberles despedido a el Espada y su familia e ídose
estos fue por no acomodar en aquel destino y
ocupación el Espada, y por motivos de los que
ocurren entre dueños de haciendas y sus caseros;
que dirán los testigos lo que sepan sobre ello.
7ª Si también es cierto que el don Juan María Mayorgas,
cuando iba a la expresada casería, se versaba
muy bien, sin notarse afición ni palabra
descompuesta o acción con María Trinidad y
Antonia de la Espada, hijas del Manuel, y
así creen los testigos ser falso y calumnioso el que
estas digan las ha solicitado, manuseado
y ofrecídoles dinero el don Juan por gozarlas;
porque si lo han depuesto así será por fines
particulares. Y si les consta a los testigos alguna
defectuosa versación sobre lo propuesto o desarreglo
que las referidas hayan tenido. Digan y den
razón, etcétera.
8ª Como asimismo es cierto que don Juan María
Mayorgas ha tenido de muchos años a esta parte
algunos enemigos y émulos que han deseado destruirle.
E igualmente su padre, don Juan Fuster Mayorgas,
le profesaba desafecto a dicho su hijo por no
haber querido condescender, como primogénito
e inmediato a la vinculación que poseía, en la
enajenación de una de sus mejores fincas,
o subrogación; y para obligarlo a que
consintiese lo estrechó por cuantos medios
le fue posible, promoviéndole persecuciones,
lo que es bien sabido en el pueblo. Digan, etcétera.
9ª Que también es cierto que, de resultas de los
litigios y cuentas empeñados que hubo con el
alcalde mayor don José Loarte y lo
indispuesto del pueblo, subsisten algunos
resentimientos de unos vecinos a otros todavía, y de
aquí dimana tener el don Juan María
algunas personas que le desean arruinar. Y
también el que principalmente le persigue en lo
judicial y extrajudicial es el escribano
originario Francisco Molina Dávalos, el que
también está sentido porque el don Juan
Mayorgas le puso dos denuncias de ganado cabrío
a dos primos de dicho escribano, cabreros de despacho
de leche. Y también el mismo escribano tenía
reciente procedimiento sobre exacción de costas
de la testamentaria de su padre, sobre que dirán
los testigos cuanto les conste.
10ª Como es cierto que el don Juan Mayorgas tiene
crecida familia de mujer e hijos y muy basta
labor a que atender, que todo lo sostiene
su personalidad, la que si faltase se
destruiría todo, y no le permite tiempo de distracción alguna.
11ª Ítem de público y notorio, etcétera.
Licenciado don Miguel Álvarez
de Loaysa
2 A la segunda, dijo: que sabe y le consta al testigo
que el Francisco Cabrera, mayor de edad, se
habrá arrepentido de contraer el
matrimonio con la María de la Trinidad
Espada a impulsos de su hija Juana
Cabrera, que lo es del primer matrimonio, por
cuanto, cuando se empezó a rugir en esta
ciudad que se casaba el Francisco Cabrera,
estando el testigo una noche parado immediato
a las casas del referido, oyó voces como de
quimera en dichas casas; y, llevado de la
curiosidad, se aproximó a ellas y oyó que
que la dicha Juana, desazonada, le estaba
diciendo a su padre que para qué quería
casarse con la María de la Trinidad Espada,
que era muy moza e iba a cargar de
hijos de ella, que si no vivía todavía dicha Juana
en el mundo para cuidar a su padre y
hacerle lo que había de menester, a que
el Francisco Cabrera la satisfacía
diciéndole que puede que no tuviese hijos en la referida,
a que le respondía la Juana que aunque no
los tuviese sabía que el Manuel de la Espada
era un pobre (como con efecto lo es), y con
tres o cuatro muchachas, y se iba a cargar
con todos porque, aunque él no le diera nada,
la María de la Trinidad había de darle a
su padre y hermanas lo que pudiera a
escondidas, e iba a destrozar el caudal. Y como
al testigo no le incumbía se retiró, y el padre
y la hija se quedaron razoneando sobre
el particular, a que se agrega que el Francisco
Cabrera suele tomarse del vino, y
cuando está con él se alentaba y quería
casarse con cualquiera, y se alentaba, y
luego que se refrescaba mudaba de parecer.
Y por lo mismo y demás se persuade el
testigo que lo mismo sucedería con la María
de la Trinidad, que reportado y acalorado
de las reconvenciones de la hija mudaría
sin duda de sistema, por todo lo que también
se persuade el testigo sin ninguna duda que
el Francisco Cabrera y Juana su hija, para
poderse desviar de la obligación que habían
contraído con la María de la Trinidad, se
han valido de las expresiones de que don
Juan María Mayorgas le había dicho que
la María de la Trinidad había parido un
muchacho y demás que expone, pues no puede
creer el testigo hubiese el don Juan María
proferido semejantes palabras, y responde.
6ª A la sexta, dijo: que con motivo de ser
el testigo en el año pasado de ochenta y
tres alcalde del agua, y nacer esta dentro
de la huerta de la casería de Nuño
Daza, propia del don Juan María
Mayorgas, y tener que repartir dicha agua a los
labradores de aquel término, le precisaba
el estar continuamente en dicha casería. Y
por lo mismo sabe, y le consta por haberlo
visto, que el referido don Juan no iba a la citada
casería sino de tarde en tarde, como de quince
a quince días, a dar una vuelta a sus labores,
pero no hacía más que llegar con la calesa
o birlocho, apearse en la huerta, echar un
cigarro y decir: Hola, adiós, caballeros
. Y se
volvía incontinenti sin entrar en la casa.
Otras veces desataba el mulo y a poco lo volvía
atar, y se venía en términos que no hacía
parada, todo lo que hacía estando en la
casería el Manuel Espada y sus hijas. Y después,
sin saber cosa alguna, vio en esta ciudad al
Espada en esta ciudad, y le preguntó el testigo si no
estaba en dicha casería, y respondió que no, pero
a poco tiempo lo volvió a ver en la referida casería
y un día también en ella; y, a presencia del
testigo, el don Juan Mayorgas le dijo al Manuel
Espada y a sus hijas les dijo que no los
quería en su hacienda, que se vinieran
immediatamente, que no tardaran una hora ni un día, que
no le tenía cuenta; con lo que se vinieron, y
responde.
2ª A la segunda, dijo: que sobre lo que en esta pregunta
expresa solo sabe que un yerno de Francisco
Cabrera Romero, que no se acuerda de su nombre,
le dijo al testigo que su suegro iba a hacer un
disparate en casarse con María de la
Trinidad Espada, hija de Manuel, a cargar
de hijos, y el caudal se perdería. Y también,
estando el testigo un día de la feria, que se
celebra en esta ciudad el día veinte y cuatro de
agosto, immediato al Francisco Cabrera observó
estaba muy triste. Y, habiéndole preguntado:
Tío Cabrera, ¿qué es eso que tiene usted?
,
le respondió: ¿qué sé yo?
, y no le respondió
cosa alguna más. Y responde.
6ª A la sexta, dijo: que con motivo de estar
viviendo el testigo en la calle por donde está
la salida de esta ciudad al camino de la
casería de Nuño Daza, propia de don Juan
Mayorgas, siempre que este iba a ella
pasa por su casa. Y así sabe y le consta
cuando iba, que era de tarde en tarde, y que no
hacía más que pasar para ella y a muy poco tiempo
volvía, que parecía imposible hubiese llegado.
Y el motivo que tuvo para despedir al Manuel
de Espada de casero, y a sus hijas, fue por
las muchas quejas que el don Juan tuvo de los
mozos, que algunas presenció el testigo de que
la comida no la tenían a tiempo regular
ni condimentada como correspondía, y que
el citado don Juan envió unas aves para
que las cuidasen y se morían porque no les
daban de comer, por cuyas razones supo que los
despidió, y responde.
7ª A la séptima, dijo: que es falso y contra
verdad el que el don Juan María
Mayorgas, cuando iba a su casería, hablaba
palabras y hacía acciones irregulares
como el que solicitase para gozar a la
María de la Trinidad y Antonia Espada,
manoseándolas y ofreciéndoles dineros,
porque lo primero que algún afecto se le
había de haber conocido, palabra o acción
de nota o sospecha; que nada vio, oyó ni
advirtió el deponente no obstante de
ir todos los días como iba a dicha casería;
y lo segundo que el don Juan muy en tarde
en tarde iba a la casa, no hacía más que
mandar se hiciese esta cosa o la otra y
no se detenía nada, fuera de que nunca
pudo ver a las susodichas porque las
aborrecía conque así es supuesto y falso
cuanto se dice y exponen en esta razón
y calumnia que le quieren fomentar.
Y en cuanto a la conducta de las referidas,
lo que el testigo puede exponer por haberlo
visto y presenciado es que muchas veces
a la María de la Trinidad Espada la echó
su padre a la calle estando en dicha
casería, y un día, como cerca del comedio de
él, entró el testigo en dicha casería y la
encontró a la referida María de la Trinidad
sola, sentada en un poyo, y junto a ella a
un hombre que nombran Paula Fajardo,
de esta vecindad, que vive en la calle de
Bodegones en esta ciudad. Y, habiéndole preguntado el
testigo qué era lo que buscaba allí, porque lo
extrañó, le respondió iba a ver una poca de tierra
para tender un poco lino. Y en dos o tres ocasiones
que el Manuel Espada le dijo al testigo se la
trajese a dicha María a esta ciudad, luego que
entraba en ella se le desaparecía sin saber por
dónde se había ido, y a otros a quien les
hacía su padre igual encargo le dijeron al
deponente había hecho lo mismo, y no parecía
a su casa hasta las ánimas o después. Y en otra
ocasión que el Manuel Espada echó a la referida
a la calle, no pareció en tres o cuatro meses, y
no se supo dónde había estado, y desde entonces,
y luego que supo esto el don Juan María, dijo que
no la quería en su casería, y responde.
Legenda: | Expansión • Conjetura • Tachado • Adición • Restitución • Sic |
Download XML • Download text
• Wordcloud • Facsimile view • Pageflow view