GR1753D9039 Pleito incoado de oficio por la justicia de Cúllar Vega sobre enfrentamiento entre Manuel Rodríguez y Salvador Miranda, vecinos de dicha villa, de que resultó herido Salvador Miranda
Fecha 1753
Localidad España, Granada, Cúllar Vega
Proyecto HISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833
Financiación MINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021
Archivo Archivo de la Real Chancillería de Granada
ID del manuscrito ARCHGR 5233/022
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Declaración de
Salvador Miranda . En dicho lugar , en dicho día veinte y cinco de dicho mes y año ,
su merced dicho alcalde , en prosecución de estas diligencias , habiendo
precedido la licencia de el caballero cura de este lugar , con
mi asistencia pasó a la iglesia parroquial de este dicho lugar ;
y estando en ella se halló en la sacristía de ella a un
hombre, de el cual su merced dicho alcalde , por ante mí el escribano ,
recibió juramento por Dios y una cruz conforme a derecho ,
quien habiéndolo hecho ofreció decir verdad . Y ,
habiendo sido preguntado cómo se llama , qué estado tiene ,
de dónde es vecino y qué ejercicio tiene y cuál es
motivo de hallarse donde se halla , y a el tenor de la cabeza
de proceso , dijo se llama Salvador Miranda , de
estado mancebo , y vecino de este dicho lugar , y hijo de Antonio
Miranda , vecino de este dicho lugar , y que es de ejercicio de la
sastrería . Y que el motivo de hallarse en el sitio en que se
halla fue que hoy , día de la fecha , siendo como a horas de las ocho
de este dicho día , estando el declarante en la plaza
pública de este dicho lugar y arrimado a las casas de la morada de
doña Inés de Arroyo , viuda y vecina de este lugar , tomando
el sol , llegó a el declarante Juan Donaire , vecino de este dicho
lugar , y le dijo a el declarante : ¿ Adónde vas , Moleso ?
. A que
le respondió el declarante que qué necesidad tenía de
llamarlo por ese nombre cuando el declarante no lo
tenía por nombre ni por apellido , que si se lo decía
o lo llamaba por ese nombre porque a doña Ana
María Molesa , de estado doncella , y vecina de este dicho
lugar , se dice es novia de el declarante , que la
deje quieta en su casa y que no la trajese en lenguas
cuando no había motivo para ello . Con lo cual el
dicho Juan Donaire calló , y incontinenti llegó
donde estaba el declarante y le dijo Manuel
Rodríguez, vecino de este dicho lugar : Quítate de aquí , Moleso ,
anda con la Molesa
. A que le respondió a el dicho
Manuel que no fuese bufón , que si había visto y
oído lo que había pasado con el otro que a qué venía él
con lo mismo . A lo que el dicho Manuel le dijo a el
declarante se quitase de el sitio donde estaba tomando
el sol , que quería él ponerse; a que le dijo el declarante
se pusiese más abajo o más arriba de donde el
declarante estaba . A cuyo tiempo el dicho Manuel
Rodríguez sacó de debajo del capote una vara , y le dio
con ella a el declarante en la cara con ella , y le dijo :
Anda , vete con la Molesa
. A cuyo tiempo , y cuando el
dicho Manuel dio a el declarante con la vara en la
cara, acudió el declarante a taparse los ojos con las
manos , y el dicho Manuel volvió a dar con dicha vara
a el declarante en los pies . Y , habiéndose el declarante
tapado los pies con la capa que tenía puesta , volvió
tercera vez el dicho Manuel a darle a el declarante con
dicha vara en la cara . Y , viendo el declarante lo pertinaz
que estaba el dicho Manuel en darle golpes con la vara ,
y por razones que le decía persuadiéndolo a que se
estuviese quieto no lo podía conseguir , sacó una
navaja el declarante . Y , habiéndola abierto , le tiró con
ella a el dicho Manuel , y le dio un golpe con ella , con lo
que quedaron los dos suspensos , y diciendo el Manuel
que el declarante le había tirado con un cuchillo ,
venía hacia donde estaban el declarante y el dicho
Manuel Juan Rodríguez , vecino de este dicho lugar . Y ,
viniendo ya cerca el dicho Juan de donde estaban el
declarante y dicho Manuel , este se puso y dijo a el
declarante: Hombre , pues si por una chanza me has
dado una puñalada
. A lo que el dicho Juan preguntó : ¿ qué
es eso ?
, y se llegó donde estaba el declarante y el
testigo . A cuyo tiempo el declarante se desembozó
de la capa , y el dicho Manuel se retiró de el sitio
donde estaba y asió una piedra . Y el
declarante se fue a acercar donde estaba el dicho
Manuel, y llegó el Juan y asió a el declarante y lo
tuvo asido por la espalda , y entonces llegó el dicho
Manuel y le dio a el declarante con ella en la
cabeza, con el cual golpe hirió a el declarante
en la cabeza . Y después , manteniéndose el dicho
Juan asido de el declarante , volvió el dicho
Manuel y dio segunda vez otro golpe en las
espaldas con otra piedra que tomó de el suelo , más
pequeña que con la que le había dado en la cabeza .
A cuyo tiempo concurrieron a el expresado sitio
diferentes personas , las que por ser muchas y
hallarse herido en la cabeza no las conoció si no es a Francisco
Paredes y Juan Martín , vecinos de este dicho lugar . Y ,
preguntado si vio que algunos de los expresados
sacaron armas , dijo no vio otras algunas más de
las que tiene expresadas , y aunque se le hicieron
otras preguntas y repreguntas dijo no tiene más
que decir que lo que lleva dicho , que es la verdad
so cargo de dicho su juramento , y que es de edad de
veinte y seis años . Y lo firma , y su merced dicho
alcalde mandó dejar esta declaración en este
estado para proseguirla cada que convenga .
Y lo firmó , de que doy fe . Enmendado Ana María M o
el de o nz y eu
Salvador Donaire
Muñoz Salvador Miranda ante mí
Florentín Bravo
Ronquillo
Declaración de Manuel
Rodríguez . Y luego incontinenti , su merced dicho alcalde , en prosecución de
estas diligencias , con mi asistencia pasó a las casas de
la morada de Juan Alonso , vecino de este dicho lugar , en las que
como consta de estos autos se hallaba preso el dicho
Manuel Rodríguez . Y estando en ellas se halló a un
hombre en ellas preso , de el cual su merced dicho alcalde , por ante
mí el escribano , recibió juramento por Dios y una cruz
conforme a derecho , quien habiéndolo hecho ofreció decir
verdad. Y , habiendo sido preguntado cómo se llama ,
qué estado tiene , y qué ejercicio , y dónde es vecino ,
y cuál es el motivo de su prisión y quién lo
prendió , dijo se llama Manuel Rodríguez , de
estado mancebo , y de ejercicio labrador , y vecino de este
dicho lugar de Cúllar ; y que el motivo de hallarse
preso en dichas casas fue que hoy , día de la fecha , siendo
como a horas de las ocho de este dicho día , habiendo
pasado el declarante a la plaza pública de este dicho
lugar , halló en ellas a Salvador Miranda , vecino de
este dicho lugar , arrimado a una tapia de las casas de
Inés Arroyo que caen y están en dicha plaza . Y el
declarante llegó a el sitio donde estaba el dicho
Salvador Miranda con Juan Donaire , Francisco Sánchez y
Manuel Sánchez , vecinos de este dicho lugar , y dijo a el dicho
Salvador Miranda : hazte más allá , Morlés , y me
pondré yo también a el sol
. A cuyo tiempo le dijo el
Salvador Miranda a el declarante no fuese
desvergonzado; y , sacando un cuchillo , le tiró a el
declarante un golpe con él , y lo hirió en un molledo ,
que fue el de el brazo izquierdo , con lo cual el
declarante y el dicho Salvador se suspendieron .
Y después llegó a el dicho sitio el dicho Juan Donaire
donde estaba el dicho Salvador , y dijo a el
declarante que no era hombre pues no le quitaba
la cara a gaznatadas a el dicho Salvador y lo
echaba de este dicho lugar . Con lo cual el dicho Juan se asió
con el Salvador , y el declarante y los dichos Francisco y
Manuel Sánchez se metieron de por medio y los
pusieron en paz . Y después de pasado lo referido
concurrió a dicho sitio Joaquín Zamora , regidor y vecino
de este dicho lugar , y asió a el declarante y
trajo preso a el sitio donde se halla . Y ,
preguntado qué más personas concurrieron a el dicho sitio
y que se hallaron en dicha quimera , y dijo fueron
Juan Martín , Francisco Terribas Rodríguez y Juan de el
Río , vecinos de este dicho lugar . Y aunque
concurrieron otros muchos , por la confusión que se ofreció no
los conoció más que a los que tiene expresados .
Y , preguntado si vio otras armas algunas que
sacasen los demás que tiene declarado se
hallaron en dicha quimera , dijo no vio otras armas
algunas . Y , aunque se le hicieron otras
preguntas y repreguntas , dijo no sabe más que lo que
tiene dicho , que es lo que sabe y puede decir en razón
de lo que ha sido preguntado , y la verdad so cargo de
dicho su juramento , y que es de edad de diez y ocho años .
Y lo firmó , y su merced dicho alcalde mandó
suspender esta declaración para proseguirla cada
que convenga . Y lo firmó , y yo el escribano , de que doy fe .
Enmendado l de este y dicho Manuel Rodríguez quedó en dichas casas preso según y
como se hallaba de que doy fe .
Salvador Donaire Muñoz Manuel Rodríguez
ante mí Florentín Bravo Ronquillo
Testigo : Manuel
Sánchez . Y luego incontinenti de la dicha presentación ,
el referido portero , a presencia de dicho
alcalde , y por ante mí el notario , recibió juramento
por Dios y a una cruz según derecho de
Manuel Sánchez Paredes , vecino de este lugar , el
cual lo hizo y ofreció de decir verdad .
Y , preguntado por él contestó estos autos y
cita que en ellos se le hace , que le
fue leída , dijo que la dicha cita
es cierta y como tal la confiesa ,
y que lo que puede decir es que la
mañana del día veinte y cinco de este mes , estando
el testigo tomando el sol en el sitio de
la plaza de este lugar , donde había otras
muchas personas y entre ellas Juan
Donaire, quien empezó a darle vaya y
chanzas a Salvador de Miranda , incluyendo
en ellas algunas mujeres ,
nombrándolas por sus nombres y apellidos ; por lo
que el dicho Miranda le dijo se
dejase de semejantes chanzas y
que dejase a las señoras mujeres
y no las nombrase en semejantes
conversaciones . A cuyo tiempo llegó
Manuel Rodríguez , quien a
instancias de Juan Donaire le dijo al dicho
Salvador de Miranda nombrándole
Moleso , a que el dicho Miranda le replicó
a los dos referidos : Ustedes me digan
cuanto quieran , y a las mujeres
dejarlas
. Y , prosiguiendo en darle dichas
chanzas , por ello se asieron a
golpes el dicho Manuel Rodríguez y
Salvador Miranda , por lo que el
testigo llegó y los apartó , y no le vio
a uno y otro armas algunas . Y
después vio al dicho Miranda
herido en la cabeza , y después supo
lo estaba también el dicho Manuel
Rodríguez . Que es la verdad bajo
de su juramento y que es de edad de
veinte y cinco años . Y lo firmó con dicho alcalde
y ministro . Doy fe . Manuel Sánchez
Paredes
Salvador
Muñoz
Juan de Ortega ante mí ,
Marcelino López
Maldonado
Legenda:
Expansión • Conjetura • Tachado • Adición • Restitución • Sic
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