GR1744C4067
Declaraciones del cirujano Francisco Molina por haber sanado las heridas de José García Sierra
Fecha | 1744 |
Localidad | España, Granada, Güejar Sierra |
Proyecto | HISPATESD: Hispanae Testium Depositiones. Las declaraciones de testigo en la historia de la lengua española. 1492-1833 |
Financiación | MINECO/AEI/FEDER/UE: FFI2017-83400-P, 2018-2021 |
Archivo | Archivo de la Real Chancillería de Granada |
ID del manuscrito | ARCHGR 5232/14 |
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Declaración del cirujano
Luego incontinenti ante dicho señor alcalde pareció Francisco Molina
maestro cirujano de este lugar a el cual por ante mí el escribano se le recibió
juramento por Dios y a una señal de cruz en forma de derecho que lo hizo y ofreció decir
verdad y siendo preguntado de el estado de la herida que consta en estos autos
haberle dado a José García Sierra, dijo, que ha visto y reconocido
una herida que el susodicho tiene en la cabeza en el hueso coronal, con cuatro
golpes contusos a el parecer dados con palo o piedra y en el hombro derecho
un golpe, y el cuerpo algo molido, que todo al parecer, de molimiento;
y que esto que a dicho es la verdad a cargo de el juramento, que lleva hecho y
que es de edad, de cuarenta y siete años y lo firmó con dicho señor alcalde y yo
el escribano al que doy fe
Declaración del cirujano
En el lugar de Güejar de la Sierra en diez días del mes de julio de
mil setecientos cuarenta y cuatro años, su merced Félix Cejudo, alcalde de este
lugar, en cumplimiento de el auto antecedente de el señor alcalde
mayor de la Real Justicia, hizo comparecer ante si a Francisco Molina
maestro cirujano de este lugar, a el cual por ante mí el escribano se le
recibió juramento por Dios y a una señal de cruz que hizo en
forma de derecho y ofreció decir verdad y preguntado a el tenor de él
dicho auto que antecede, dijo que ha visto y reconocido los
golpes contusos que constan en la declaración que tiene hecha
en estos autos en el día cinco de el corriente dados a José de
sierra, que por ellos, y haber pasado el término de siete días, y no
haber recudido accidente alguno, y respecto de el buen
régimen y gobierno asistencia y medicamenttos se halla libre
de cualquiera accidente que le pudiera recudir por esta causa
por lo que se halla libre y sin impedimento alguno según su leal
saber sin agravio de parte: y que es la verdad a cargo de su
juramento. Ut supra. Y lo firmó con dicho alcalde de que doy fe.
Legenda: | Expansión • Conjetura • Tachado • Adición • Restitución • Sic |
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