Declaron del pe ziru
jano mr de sn
Juan de Dios
E luego yncontinenti el dho ayudantte maior en cumpto de su conm
y asistido del preste escriuo con noticia q tubo de q en el convto de nro
pe sr Sn
Juan de Dios d esta ziud se auian curado la noche del dia an
tezde diferenttes heridos q eran los mismos q auian resultado del
disgustto y pendencia q auia tenido Vizte de Flores Tambor de vna
de las companias de dho su rexto de milicias se paso a el y haudo
presedido el recado de urband al reudo pe prior de dho
conuto y consedidora pr el susodho la lisa conute para practicar
las dilixas corresptes a la justifican de esta causa y siendo informado
de q el pe Fr Jun de Torres, zirujano mor de dho hospittal,
les auia curado pr dho ayudantte mor se le pregun
tto al ttenor de la caueza de prozesso y que hombres abia
curado dho dia que abian ttraido eridos a este hos
pittal y entterado de ttodo dijo que el ssanado tres del co
rrientte siendo como las ocho de la noche trajeron
a estte hospittal dos hombres heridos a los quales cu
ro el uno vna herida en la caueza con fracttura
de craneo en el hueso pariettal la qual fue echa
con ysttrumentto corttante como espada ancha
cuchillo grande v ottro semejantte la que al presen
tte no es de graue peligro solo ssi dho herido comette
algun exzesso pueden redundarle aczidenttes de quales
questte la vida. Y el ottro de dos heridas, vna en el hueso
coronal con peligro de muertte por ttener la fracttura
muy profunda y es facttible se trascuelen las
matterias y le quesste la vida y la otra en el brazo
disquierdo la qual le dezisso el huesso que es el anttorio
y no es del mor peligro que con los aczidenttes q pueden
sobrebenir es de peligro de muertte lo qual es la ver
dad y lo que puede declarar en razon de lo que le a sido
pregunttado y lo firmo y dho ayudantte. Soy fee.
Declarazion de
esencia
En el dicho lugr de Pinos, en el dho dia quatro
de febrero de setezs y treinta y nueue años ante
su merzed Juan de Lara, alcalde y el presete essno
parezio Dn Luis Ferrete a quien doy fe, conozco
y ser vezino de el lugr de Melexis d este par
tido y maestro de zirujano aprouado el qual
con juramto que para ello hizo pr Dios y a una
cruz en forma de derecho. Dijo qu el dia
de la fha de siendo como a las ocho del dia
a visto y curado pr mandado de su merzed
Juan de Lara, alcalde, a Francco de Alma
zan vezino d este lugar de vna herida que
tiene en su cabeza sobre el gueso coronal
y parietal que tiene rroto cuero, gordura
menbrana carnosa, pericranio con
perdimto de sustanzia y una sintoma
en el pecho, lado ysquierdo con algunos
escupidos de sangre y asi pr la magnitud
de la herida y ser parte principal y te
ner la sintoma dha esta mui peligroso
de muerte y esta es la berdad so cargo del
juramto que fecho tiene y a su leal saver
y entender y que es de hedad de sesenta
y un años y lo firmo dho alcalde
e yo el presste essno que de ello doi fe.
Declarazon
del cadauer
En el lugr de Pinos del Valle, en siete dias del
mes de febrero de mil settezos y treinta y nueue as
en virtud del auto y despacho que prezede A
gustin Duran, sarjento menzionado en dho
y para lo que en el se prebiene hizo parezer
ante si y el preste essno a dn Luis Ferrete, maestro
de zirujano y vezino de el lugr de Melejis d este
valle, de el qual reziuio juramto pr Ds y a una
cruz segun derecho y le ordeno que bajo del
dho juramto bea el cadauer de Franco de Al
mazan, contenido en estos autos y lo rreconoz
ca si su muerte fue causada de la herida que
en la caueza tiene de que dho maestro tiene
eha declarazon de esenzia en estos autos o si rre
conoze auer sido causada de algun ex
zeso que auya echo dho defunto y abiendo
pasado dho zirujano bisto y rreconozido
dho cadauer y bajo de dho juramento
dixo que lo que tiene visto y rreconozido en
dho cuerpo es que el dia quatro que paso d este
preste mes en que lo curo la primitiba bez, conozio
que demas de la herida rreferida padezia un do
lor pleuritico con las zinco señales que dho dolor
trae para ser dolor de costado el qual aczidente
segun su sauer fue causa para quitarle la vida
en mas parte que la herida y en quanto a exzeso
ni desorden dize no saue que lo aya tenido y q
esto es la berdad y lo que saue so cargo de su juramto
y que es de la hedad referida y lo firmo y no fir
mo dho sarjento pr dijo no sauer, firmelo yo el
essno que de ello doy fe.